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CIRCULAR 39 DE 2015

(27 febrero)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Resumen de Notas de Vigencia>

NOTAS DE VIGENCIA:

- Pérdida de fuerza ejecutoria por cumplimiento del término para el cual fue expedida.

Bogotá. D. C.

Para: Directores Regionales, Subdirectores de Centro y Coordinadores de Grupos  de Apoyo Administrativo Mixto.

Asunto: Plan de Ascenso Trabajadores Oficiales, vigencia 2015.

Teniendo en cuenta que el artículo 108 de la Convención Colectiva de Trabajo SINTRASENA-SENA vigente dispone:

"(...) La evaluación anual para la promoción en el plan de ascensos por méritos de los Trabajadores Oficiales, comprende la información de educación, capacitación y antigüedad, obtenidas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada año, (...) 11 El Trabajador Oficial deberá presentar la documentación relacionada con los factores arriba señalados, a más tardar el 31 de marzo de cada año, so pena de no ser tenido en cuenta en la evaluación anual correspondiente. 11 (...) cada Regional o Seccional valora4á los méritos alcanzados durante el período objeto de evaluación, según las tablas de ponderación ya establecidas.(...)

"Una vez surtidos los anteriores procesos, las modificaciones salariales regirán a partir del primero (1 o) de enero del año respectivo y deberán ser pagadas por el SENA durante el primer semestre del año respectivo (...)".

En virtud de lo anterior y con el objeto de dar cumplimiento al plan de ascenso de los Trabajadores Oficiales de la entidad, en la presente vigencia, la evaluación del Plan de Ascenso Anual, debe ser adelantada por los Coordinadores de los Grupos de Apoyo Administrativo Mixto de las Regionales y Centros de Formación y por la Coordinación del Grupo de Relaciones Laborales de la Dirección General, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

1. La evaluación comprende la información de educación, capacitación y antigüedad, obtenida por los Trabajadores Oficiales, entre el primero [11 de enero y el 31 de diciembre del allo 2014.

2. Todos los Trabajadores Oficiales deben presentar antes del primero [1°] de abril de 2015, ante los Coordinadores Grupo de Apoyo Administrativo Mixto en las Regionales y Centros de Formación y ante la Coordinación del Grupo de Relaciones Laborales en la Dirección General, la documentación que desean hacer valer en la e4aluación anual y que esté relacionada con los factores señalados en el Item anterior.

3. La evaluación del Plan de Ascenso de los Trabajadores Oficiales del SENA, se adelanta "de oficio", es decir, que la administración la realiza sin que medie solicitud de los servidores públicos. La evaluación debe tener como soporte la documentación allegada por los Trabajadores Oficiales antes del 1° de abril de 2015 y los certificados que hayan sido incluidos en sus historias laborales antes de dicha fecha.

4. Las modificaciones salariales derivadas de la evaluación del plan de ascenso anual rigen a partir del 1° de enero de 2015 y deben ser pagadas por el SENA durante el primer semestre del año.

Entre el 1° y el 30 de abril de 2015, los Coordinadares de Grupo de Apoyo Administrativo Mixto de las Regionales y Centros de Formación y la Coordinación del Grupo de Relaciones Laborales de la Dirección General deben:

1. Hacer el estudio del plan de ascenso de todos de los Trabajadores Oficiales.

2. Diligenciar y consolidar en archivo Excel, la información de las evaluaciones adelantadas incluyendo: nombre del Trabajador Oficial, cédula, cargo, grado actual, nuevo grado, fecha de firma de modificación del contrato, asl:

PLAN DE ASCENSO TRABAJADORES OFICIALES 2015

Regional:

NombreCédulaCargoGrado actualNuevo
grado
Fecha firma
modificación de
contrato
1 [I
2 11

__________________________________________

Firma Coordinador Grupo de Apoyo Administrativo

3. Comunicar el resultado de la evaluación, a los Trabajadores Oficiales.

4. Resolver en primera instancia las reclamaciones que se presenten y presentar ante el Comité Convencional de la Regional, las reclamaciones que en segunda instancia se instauren, con el objeto que el Comité las resuelba.

5. Proyectar y gestionar las modificaciones de contratos por ascenso.

6. Incluir la modificación del contrato en la hoja de vida del Trabajador Oficial.

7. Reportar y actualizar en el módulo biodata (hojas de vida) kactus, la información de tiempo de servicio y las adiciones de formación y capacitación efectuadas durante la vigencia evaluada a los trabajadores oficiales, con el objeto que sirva como soporte de futuras consultas.

8. Remitir a la Coordinación del Grupo de Relaciones Laborales, el consolidado excel de las evaluaciones realizadas y la copia de las modificaciones de los contratos, con el objeto que se adelante el respectivo ajuste en nómina. La fecha límite para el envío de este consolidado es el día 11 de mayo de 2015.

Cordial saludo,

MILTON NUÑEZ PAZ
Secretario General

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