Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción
CIRCULAR 46 DE 2020
(marzo 10)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
Bogotá, D.C.
PARA: | DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTRO Y COORDINADORES MISIONALES REGIONALES. |
Asunto: | Habilitación certificación de competencias laborales por ámbitos y en Estructuras Funcionales de la Ocupación -EFO. |
Damos alcance a la Circular 01-3-2019-000201, del 4 de diciembre de 2019, para informarles que a partir de la fecha se encuentra habilitada la oferta y realización de proyectos de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales basados en normas sectoriales de competencia laboral con ámbito, así como en Estructuras Funcionales de la Ocupación.
Lo anterior, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1o de la Resolución 1-1932 “Por lo cual se adoptan los modelos de los Certificados que expide el SENA en el proceso de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales y se dictan otras disposiciones”, del 28 de octubre de 2019.
Para desarrollar proyectos de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales basados en Normas Sectoriales de Competencia Laboral con ámbito, se deberá tener en cuenta lo siguiente:
1. Verificar que la NSCL se encuentre vigente con su respectivo ámbito.
2. Revisar que la NSCL tenga instrumentos de evaluación disponibles y que estén cargados en el aplicativo DSNFT.
3. En el aplicativo DSNFT asociar desde el comienzo el proyecto al ámbito correspondiente de la NSCL.
En relación con la certificación de competencias laborales en Estructuras Funcionales de la Ocupación, el centro de formación deberá tener en cuenta lo siguiente:
1. La solicitud debe ser realizada por el candidato al centro de formación en donde obtuvo la última certificación de competencias laborales vigente, en la NSCL que hace parte de la EFO a certificar.
2. La persona debe estar certificada en todas las NSCL que hacen parte de la Estructura Funcional.
3. Las certificaciones de competencia laboral deben estar en nivel avanzado y vigentes.
Verificados los anteriores requisitos el Líder de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales deberá remitir un correo electrónico al Gestor correspondiente, del Grupo de Certificación de Competencias Laborales de la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo, para tramitar la expedición de este tipo de certificado.
Cualquier inquietud sobre la realización de estos proyectos podrá ser consultada directamente con el Gestor del Grupo de Certificación de Competencias Laborales de la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo, asignado a la regional o al centro de formación.
Atentamente,
WILLIAM OROZCO DAZA
Director Sistema Nacional de Formación para el Trabajo
<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/C_SENA_0046_2020.pdf>