Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

CIRCULAR 94 DE 2020

(mayo 14)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

<NOTA DE VIGENCIA: Circular derogada por la Circular 42 de 2022>

Resumen de Notas de Vigencia

PARA: DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTRO Y COORDINADORES MISIONALES REGIONALES.

ASUNTO: orientaciones para la dinamización del proceso de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales.

Teniendo en cuenta las necesidades planteadas por varias regionales y centros de formación profesional, esta Dirección se permite dar orientaciones para la dinamización del proceso de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales, descritas a continuación, las cuales se enmarcan en la Guía para evaluar y certificar competencias laborales versión 6, vigente.

I. En la fase de planeación.

Se continuarán desarrollando las actividades de divulgación del servicio de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales como lo establece la Guía del proceso, utilizando estrategias de comunicación a través de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, con la publicación de noticias en medios de información locales y redes sociales, entre otras. Esto, a través de los canales institucionales o habilitados por el SENA para este propósito en el marco de los lineamientos institucionales.

Para la estructuración de los proyectos se tendrá en cuenta lo establecido en la Guía del proceso, que contempla la flexibilidad con respecto a la duración de estos y al número de candidatos.

II. En la fase de evaluación.

Para la sensibilización al proceso e inducción al referente de evaluación, se podrán realizar videoconferencias a los candidatos con plataformas de comunicación de fácil manejo, y con políticas de privacidad de la información como: Microsoft Teams, Skype, WhatsApp, entre otros.

En caso de no haber conectividad, el líder de evaluación y certificación de competencias laborales y/o el evaluador de competencias laborales enviará a cada uno de los candidatos un video o material de apoyo con la sensibilización e inducción al proceso, desde su correo institucional. Si el candidato tiene inquietudes, deberá remitir la solicitud de aclaración mediante correo electrónico.

En cuanto a la formalización de la inscripción, tal y como lo contempla la Guía del proceso, se debe realizar el registro de los candidatos en el Sistema de Información DSNFT, y la entrega de los documentos por parte de los candidatos se podrá realizar vía electrónica.

Sobre la toma virtual de conocimiento y la oportunidad, señalamos que una de las alternativas es la aplicación de las pruebas en línea previstas en el Sistema de Información DSNFT, para las Normas Sectoriales de Competencia Laboral -NSCL que cuentan con los instrumentos correspondientes para tal fin. Adicional a lo anterior, en el anexo No. 1 de esta Circular se describe otra alternativa para la aplicación virtual de la prueba de conocimiento y oportunidad, en caso de que haya lugar a ello.

Para la toma virtual de evidencias de desempeño indicamos que lo más importante es la “observación” por parte del evaluador, en términos de hacer juicios objetivos para emitir una valoración sobre la competencia del candidato y en correspondencia con los requisitos establecidos en la norma y de acuerdo con la metodología de evaluación de competencias; por lo tanto, el enfoque deberá estar en los juicios críticos del evaluador, más que en el medio a utilizar para la recolección de las evidencias. Para esto, nos permitimos adjuntar el anexo No. 2: “Orientaciones para la toma virtual de evidencias de desempeño y producto”.

De otra parte, se deberán atender las instrucciones dadas a través del Banco Nacional de Instrumentos de Evaluación -BNIE, en relación con los requerimientos a este, para garantizar la efectividad en la ejecución de los proyectos.

Se debe tener presente que el líder y el evaluador del proceso de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales siguen siendo responsables de la custodia y administración de los instrumentos de evaluación, con el fin de salvaguardar la confidencialidad, para la aplicación de conocimiento en forma presencial y/o virtual, según el contexto del referente de evaluación (NCL/NSCL).

En caso de detectarse manipulación de los instrumentos de evaluación por parte de terceros se deben tomar las siguientes acciones: se procede a inactivar los ítems e indicadores de la batería remitida y el centro de formación deberá construir y enviar en un tiempo no mayor de 15 días al Banco, los instrumentos afectados para subsanarlos, según el numeral 8 “Riesgos de los instrumentos de evaluación” del “INSTRUCTIVO PARA LA SOLICITUD DE REQUERIMIENTOS AL BANCO NACIONAL DE INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN”, versión 3, de la Guía del proceso, versión 6, vigente.

Además, es necesario que los candidatos que requieran participar en la recolección de evidencias de oportunidad lo manifiesten al evaluador de competencias laborales, teniendo en cuenta lo establecido en el numeral “3.1, Derechos de los candidatos y las personas certificadas”, del “REGLAMENTO DE ÉTICA DEL PROCESO DE GESTIÓN DE CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES”, versión 1, vigente, ya que de lo contrario no se debe generar la prueba de oportunidad.

III. En la Fase de Verificación y Auditoría.

Para los proyectos que se desarrollen de acuerdo con lo contemplado en los numerales I y II de esta circular, se tendrán en cuenta los siguientes soportes documentales en forma digital, teniendo en cuenta que todas las verificaciones se realizarán de manera virtual:

Para la fase de Planeación:

- Acuerdo de confidencialidad para el proceso de ECCL (GCC-F-045) remitido mediante correo electrónico por parte de los evaluadores.

- Declaración juramentada de ausencia de conflicto de intereses (GCC-F-055), remitida mediante correo electrónico por parte de los evaluadores.

- Para aquellos evaluadores que están realizando proyectos por primera vez, se deberá presentar acta de socialización con evidencias fotográficas.

- Acta de acuerdo de compromisos establecidos para la línea de atención por organización, remitida por correo electrónico. (Incluidos proyectos nacionales).

- Listas de asistencia debidamente diligenciadas con nombres y cédulas, sin firmas. Como soporte del Acta de acuerdo de compromisos del punto anterior.

- Solicitud y respuesta del SENA a la empresa solicitante, a través de correo electrónico.

Para la fase de Evaluación:

- Sensibilización: Lista de asistencia obtenida de manera virtual, apoyada con pantallazos de reuniones o sesiones de trabajo, remisión de correo electrónico con la presentación a los candidatos participantes o presentación remitida por WhatsApp.

- Acta de simulación de desempeño y producto entre el líder y el evaluador, cuando aplique. Ver anexo 2.

- Bitácora de administración de documentos y Bitácora de administración de documentos _Oportunidad (lista de asistencia de candidatos) GCCF-046-V01, por correo electrónico entre el líder y el evaluador, cuando aplique.

- Evidencias de producto según lo exija el referente de evaluación, por correo electrónico.

- Listas de chequeo de desempeño y producto, sin firmas del candidato, remitidas por correo electrónico.

- Foto tomada por el evaluador al candidato, indicando la aceptación de los resultados, lo que reemplazará la firma en las listas de chequeo.

- Muestra del 20% del total de candidatos.

- Realización de entrevistas a través de cualquier medio tecnológico.

- No se solicitará evidencia de notificación de resultados para prueba de oportunidad. Está se evidencia en las entrevistas.

Los demás aspectos del proceso que no han sido mencionados en la presente circular se adelantarán en la misma forma en que se venían realizando y que contempla la Guía.

Indicamos que, para el éxito de esta estrategia de dinamización con el uso de herramientas tecnológicas en el proceso de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales del SENA, desde los equipos técnicos del Grupo de Certificación de Competencias Laborales estaremos atendiendo las inquietudes a que haya lugar.

Finalmente, se reitera que lo señalado en la presente circular se enmarca en la Guía para Evaluar y Certificar las Competencias Laborales, versión 6, vigente, con sus instructivos; y se fundamenta además, en la Ley 527 de 1999, en lo relacionado con el acceso y uso de los mensajes de datos, y en el artículo 243 sobre las distintas clases de documentos, de la Ley 1564 de 2012, “por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones”.

Atentamente,

WILLIAM OROZCO DAZA

Director Ssitema Nacional de Formación para el Trabajo

CONSULTAR ANEXO EN EL ORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO PDF.

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/C_SENA_0094_2020.pdf>

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 31 de diciembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.604 - 9 de diciembre de 2023)
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la
compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores
jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones
similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación,
reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por
la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la
competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de
los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono
617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas
de uso de la información aquí contenida.