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CIRCULAR 98 DE 2021

(mayo 24)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

PARA:DIRECTORES DE AREA, JEFES DE OFICINA, DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTROS DE FORMACIÓN
ASUNTO:Trámite de Vigencias Futuras

Para una ejecución presupuestal oportuna teniendo como base el principio de “planeación presupuestal” previsto en el Decreto 111 de 1996, mediante el presente documento se imparten directrices para presentar la solicitud de trámite de Vigencias Futuras para proyectos de impacto nacional.

La Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo (DPDC), se encargará de realizar los trámites respectivos ante los entes externos como el Ministerio de Trabajo, el Departamento Nacional de Planeación (DNP) y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP).

Los tipos de trámites de Vigencias Futuras que se gestionen ante esta dependencia corresponde a Contrataciones: Nuevas, de Sustitución, Prorroga y Reprogramación de Vigencias Futuras, para ello se ha dispuesto el documento DE-I-011 Instructivo de Vigencias Futuras que se encuentra en la plataforma Compromiso, en el cual se especifica los requisitos para tener en cuenta para presentar el trámite ante esta dependencia.

Es importante resaltar que; la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo (DPDC) no tramita solicitudes de Vigencias Futuras que superen el mes de Julio de 2022, a no ser que hayan sido declarados previamente de importancia estratégica por el Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES), igualmente no se autorizan trámites de Vigencias Futuras para la Contratación de Servicios Personales Indirectos para temas administrativos.

Según el tema a contratar, el área de la Dirección General que sea responsable de dicho tema de acuerdo con sus competencias, se encargará de validar y consolidar la información a nivel nacional para realizar un único trámite ante la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo (DPDC), no se dará trámite a solicitudes formuladas directamente por los Centros de Formación y Regionales y se espera que las contrataciones a realizar atiendan la normatividad vigente de Austeridad en el gasto, especialmente lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley 2063 de 2020, el Decreto 371 de 2021, Decreto 1068 de 2015, título 4, medidas de austeridad del gasto público, la Directiva Presidencial 09 de 2018 y la Circular SENA No. 3-2021- 000085 de 2021.

Es importante, que las áreas contemplen dentro de sus cronogramas que el trámite de Vigencias Futuras puede tener una duración entre uno a dos meses dada la validación de los entes externos mencionados anteriormente, por tanto, se recomienda a las áreas de la Dirección General planear y remitir con suficiente anticipación su solicitud a la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo (DPDC), así como también prever los tiempos y la posibilidad que los procesos sean declarados desiertos y que deben salir de nuevo, con el fin de garantizar la ejecución de los recursos según lo planteado. Por esta razón solicitamos que los documentos se presenten a esta Dirección lo más pronto posible para evitar traumatismo al final de la vigencia.

Para realizar el trámite de Vigencias Futuras por parte de los Entes Externos mencionados y cumplir con los plazos que estos definan, se espera que los diferentes tipos de solicitudes (Vigencias Futuras Nuevas, de Sustitución y Prorroga y Reprogramación) se formalicen ante esta Dirección, preferiblemente antes del 31 de agosto 2021.

Es importante que las áreas de la Dirección General junto con los supervisores de contratos 2021, evalúen la proyección de ejecución del contrato durante la vigencia fiscal 2021 y en el caso de identificar que exista la justificación legal y técnica para que parte de la ejecución se traslade hasta el 2022, las áreas deberán formalizar oportunamente la solicitud de trámite de sustitución o prorroga a fin garantizar su ejecución total en la próxima vigencia, con el fin de liberar los recursos que no se utilizaran en 2021.

Por otra parte, cabe resaltar que una vez aprobada la vigencia futura el plazo para utilizarse vence en la vigencia que se solicita y aprueba. Por lo tanto, el área de la Dirección General responsable de la ejecución deberá enviar mediante comunicación radicada la validación del uso de las Vigencias Futuras a su cargo en el formato DE-F-034, tan pronto como se haya efectuado el registro del compromiso de Vigencias Futuras en el aplicativo SIIF Nación.

Cordial saludo,

ELIZABETH BLANDON BERMUDEZ

Directora de Planeación y Direccionamiento Corporativo

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/C_SENA_0098_2021.pdf>

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