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CIRCULAR 108 DE 2013

(septiembre 5)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Bogotá D.C.,

PARA:SECRETARIO GENERAL, DIRECTORES DE ÁREA Y JEFES DE OFICINA DE LA DIRECCIÓN GENERAL, DIRECTORES REGIONALES Y SUBDIRECTORES DE CENTRO.
Asunto:Precisión numeral 2 de la Circular 3-2013- 000019 del 9 de Abril de 2013 - Austeridad Fiscal y Ahorro de Recursos

Mediante la Circular 3-2013-000019 del 9 de abril de 2013, se recordaron las disposiciones expedidas por el Legislador y el Gobierno Nacional para la austeridad y protección del gasto público, así como para la sostenibilidad financiera de las entidades públicas y del Estado en general, y se indicó en su numeral 2 que las actividades o contratos que allí se anotaron requieren autorización previa de la “Dirección de Presupuesto” para el inicio de las actuaciones respectivas.

Teniendo en cuenta las inquietudes generadas porque el nombre de la dependencia mencionada no forma parte de la estructura interna de la Entidad, precisamos que el Área que debe otorgar la autorización previa es la Dirección Administrativa y Financiera, por lo cual el numeral 2 de la Circular queda así:

“2. Autorización previa para el inicio de trámites: Las siguientes actividades o contratos requieren autorización previa de la Dirección Administrativa y Financiera para el inicio de las actuaciones respectivas, previa justificación por parte de la respectiva dependencia, Regional o Centro de Formación, en la que se establezca que es imprescindible la contratación para su adecuada gestión, y las condiciones en que ésta se desarrollará:

- Adquisición de vehículos oficiales y teléfonos celulares.

- Contratos para publicidad y publicaciones.

- Adquisición de papelería de la entidad.

- Impresión de informes, folletos o textos institucionales.

- Seminarios o actividades de capacitación que de acuerdo con las normas vigentes se deban ofrecer u organizar, y que sea necesario desarrollar con la presencia de los funcionarios que pertenecen a otras sedes. En este caso el ordenador del gasto deberá dejar constancia de dicha situación en forma previa a la autorización del gasto.”

Finalmente les recuerdo el deber de rendir oportunamente el informe trimestral solicitado en el numeral 6 de la Circular 3-2013-000019 del 9 de abril de 2013.

Cordial saludo,

GINA PARODY D´ECHEONA

Directora General

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/CIRCULAR_SENA_0108_2013.pdf>

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