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CIRCULAR 119 DE 2013

(septiembre 17)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Bogotá D.C.,

PARA:DIRECTORES REGIONALES Y SUBDIRECTORES DE CENTRO DE FORMACION PROFESIONAL
Asunto:Desarrollo Acciones de Capacitación Funcionarios Administrativos Vigencia 2013. Utilización Rubro Presupuestal - Capacitación no formal - C - 310 - 704 - 5 - 0 - 2042115.

De manera atenta les recuerdo que en el Plan Institucional de Capacitación - PIC para la vigencia 2013, se encuentran registradas las necesidades de capacitación de los servidores públicos que ejercen cargos administrativos en las diferentes Regionales y Centros de Formación de todo el país.

Este Plan fue elaborado con la participación de las Comisiones Regionales de Personal, teniendo en cuenta, entre otros ¡nsumos, las necesidades de capacitación reportadas en las Evaluaciones del Desempeño.

Para la ejecución de este Plan Institucional de Capacitación para los funcionarios administrativos por parte de cada Regional y Centro de Formación, se deben tener en cuenta los siguientes lineamientos:

1. Priorizar las acciones de capacitación que deben y pueden ser atendidas en la presente vigencia; para el efecto se debe proceder así:

a. Identificar cuáles acciones deben ser atendidas a través de la red de Centros de Formación de la Regional; programar y ejecutar estas acciones en coordinación con los Centros de Formación.

b. Identifique cuáles acciones deben ser atendidas a través entidades externas, con o sin convenio, y que no implican costo de inscripción; programar y ejecutar estas acciones.

c. Identifique las acciones que deben ser atendidas a través entidades externas, con o sin convenio, y que implican costo de inscripción. Cotizarías, programarlas, adelantar el respectivo proceso de contratación y ejecutarlas.

2. Cuando se requiera desarrollar acciones de capacitación que implican erogación presupuestal del valor del cupo, el Director Regional en su calidad de ordenador del gasto, vigilara et cumplimiento de las normas legales vigentes para la selección del personal que será beneficiario de la(s) acctón(es), contratación y gestión documental que aplique.

3. Son objeto de financiación con recursos del rubro de capacitación: cursos, seminarios, talleres, y diplomados cuya intensidad horaria no supere las 160 horas, que se desarrollen dentro de esta vigencia fiscal, y preferiblemente, en la misma ciudad donde labora el funcionario.

4. La información sobre los resultados de capacitación deben ser remitidos mensualmente al Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano de la Secretaria general en el formato que se anexa para tal fin.

Cordialmente.

INGRID CAROLINA SILVA RODRIGUEZ

Secretaria General

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/CIRCULAR_SENA_0119_2013.pdf>

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