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CIRCULAR 147 DE 2020

(agosto 20)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

PARA:DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTRO, COORDINADORES GRUPOS DE APOYO ADMINISTRATIVO Y/O COORDINADORES DE GESTIÓN DE TALENTO HUMANO, RESPONSABLES DE VIVIENDA, CONTABILIDAD, PRESUPUESTO Y TESORERÍA
ASUNTO:INFORMACION NUEVAS PÓLIZAS DE SEGURO (INCENDIO Y VIDA DEUDORES HIPOTECARIOS)

Con el fin de brindar una mayor información sobre las deducciones que se realizan a los funcionarios, por el concepto del Seguro de Incendio y Vida Grupo Deudores Hipotecarios, atentamente les informamos que el SENA adjudicó la Licitación Pública LP-DG-0006-2020, cuyo objeto fue “Contratar el programa de seguros que ampare los intereses patrimoniales, los bienes de propiedad del servicio nacional de aprendizaje SENA y aquellos que estén bajo su responsabilidad y custodia, así como sus deudores hipotecarios y accidentes personales para aprendices SENA”, en los siguientes términos:

1. SEGURO DE INCENDIO DEUDORES HIPOTECARIOS: UNION TEMPORAL SOLIDARIA-HDI VIDA por una vigencia de 386 días a partir del 20 de agosto de 2020 hasta el 9 de septiembre de 2021, con una tasa anual del 1,46 por mil, la cual se debe aplicar mensualmente y efectuar los descuentos para esta póliza sobre el valor comercial de cada vivienda.

2. SEGURO DE VIDA DEUDORES HIPOTECARIOS: UNION TEMPORAL SOLIDARIA-HDI VIDA por una vigencia de 386 días a partir del 20 de agosto de 2020 hasta el 9 de septiembre de 2021, con una tasa anual del 3,43 por mil, que se debe aplicar mensualmente, sobre el saldo insoluto de la deuda.

Con base en lo anterior, aclaramos al Grupo de Vivienda, Administración de Salarios de la Secretaría General y a los Grupos Administrativos Mixtos y/o Grupo de Gestión de Talento Humano en las Regionales, que con la suscripción de los nuevos contratos de seguros, a partir del 20 de agosto de 2020, las tasas que se deben aplicar son las descritas en los ítems anteriores.

Por otra parte, los deudores pensionados y/o desvinculados del SENA que opten por asegurarse bajo estas pólizas y los funcionarios que presenten alguna situación especial, a los cuales no se les pueda hacer el descuento mensual por nómina, podrán pagar en un único pago, el valor total de las pólizas, directamente a la ASEGURADORA SOLIDARIA DE COLOMBIA ENTIDAD COOPERATIVA, en la cuenta ahorros No. 263-85512-4 del BANCO DE OCCIDENTE

Así mismo, adjuntamos archivo en Excel, para calcular la cuota de seguros de vida e incendio al momento de realizar el crédito de vivienda, con las tasas del presente contrato, las cuales son las mismas de la vigencia anterior. De igual forma, les recordamos reportar oportunamente las novedades de inclusiones por nuevos asegurados una vez se desembolse el crédito y de exclusiones cuando los funcionarios cancelen la totalidad del crédito.

Cualquier información adicional, puede comunicarse con nuestro corredor de seguros JARGU S.A. CORREDORES DE SEGUROS - Juan Camilo Palacios Santos - correo juan.palacios@jargu.com - Celular 3202616637.

WILSON JAVIER ROJAS MORENO

Director Administrativo y Financiero

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/C_SENA_0147_2020.pdf>

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