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CIRCULAR 175 DE 2014

(18 septiembre)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

PARA: DIRECCION GENERAL, SECRETARIA GENERAL, DIRECTORES DE AREA, JEFES DE OFICINA, COORDINADORES DE GRUPO DIRECCION GENERAL, DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTRO Y COORDINADORES GRUPO DE APOYO ADMINISTRATIVO.

ASUNTO: Gastos de viaje contratistas

El desplazamiento de los contratistas del SENA a ciudades fuera del domicilio contractual en el desarrollo del objeto de su contrato implica el pago de Gastos de Viaje, los cuales se reconocen de acuerdo a lo previsto en la Resolución No. 01232 de 2013.

El artículo 1 de la Resolución en mención, prevé que en el evento en que el contratista no tenga que pernoctar en el sitio donde va a cumplir su objeto contractual, solo se le reconocen los gastos de transporte.

Por lo anterior, no es aplicable pagar a ningún contratista el 50% de los gastos de alojamiento y alimentación por el día final del viaje y se debe aplicar lo señalado en el artículo 1 de la Resolución No. 01232 de 2013, el cual dice que "en el evento en que el contratista no tenga que pernoctar en el sitio donde va a cumplir su objeto contractual, sólo se le reconocerán los gastos de transporte".

Para la liquidación de los gastos de viaje de los contratistas anexamos a la presente los formatos actualizados que se deben utilizar.

Igualmente anexamos el concepto jurídico al respecto emitido por la Coordinadora del Grupo de Conceptos y Producción Normativa, de la Dirección Jurídica de la Dirección General.

Cordial saludo,

PIEDAD JIMÉNEZ MONTOYA

 Directora Administrativa y Financiera

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 31 de diciembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.604 - 9 de diciembre de 2023)
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