Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

CIRCULAR 310 DE 2012

(15 agosto)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA

PARA: DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTROS, COORDINADORES GRUPOS ADMINSITRATIVOS O MIXTOS Y TESOREROS DE REGIONALES Y CENTROS DE FORMACIÓN

 Asunto: Pagos Tesorería a Beneficiario Final

De acuerdo con la Circular Externa 21, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, SIIF Nación, a partir del 27 de agosto de 2012, todos los pagos del SENA se harán a BENEFICIARIO FINAL, esto significa que no se trasladarán más recursos para pagos desde sus Tesorerías, sino que todo se pagará desde la Tesorería de la Dirección General.

Es importante aclarar que esta nueva medida beneficia a todas la Tesorerías por cuanto no se requiere hacer el registro de la ORDEN DE PAGO NO PRESUPUESTAL, contenida en la Guía como segundo paso, ya que el pago se hará directamente desde la Dirección General.

Para que este proceso funcione correctamente, las cuentas de los terceros deben estar confirmadas, de acuerdo con la gula entregada desde el mes de febrero pasado y con el apoyo que se les brindó para tal fin desde de la Dirección General; sin embargo, a diario deberán estar en permanente seguimiento para que todas aquellas cuenta nuevas sean activadas oportunamente, recuerden que este proceso demora 5 días.

No obstante lo anterior, aun existen algunos pagos que se deberán trabajar con traspaso a pagaduría:

1. Pagos de servicios públicos que no se puedan pagar por banca virtual.2. 2. 2.

2. de embargos por cuanto el Banco Agrario exige cheque de gerencia.

3. Pagos de Impuestos municipales y distritales que así lo ameriten.

4. Pago de sentencias judiciales, que deben ser atendidas desde la Regional.

5. Pagos de Nómina, hasta tanto se implemente el pago Centralizado desde la Dirección General.

6. Pago de Seguridad Social, hasta tanto se logre la Centralización de la Nómina.

7. Pagos de los apoyos de sostenimiento FIC y monitores, que se cargan en la macro de Bancolombia, de acuerdo con la Circular 3-2010- 000284 del 5/noviembre/2010.

En cuanto a los pagos no exitosos, la Tesorería de la Dirección General estarán monitoreando en forma permanente estos rechazos, los cuales una vez conocidos se cargarán al sistema SIIF y este anulará las respectivas Órdenes de Pago, las cuales quedarán listas para que se realice un nuevo registro y lanzamiento.

Cordialmente

MIGUEL ANGUEL FRANCO TORRES

Director Administrativo y Administrativo y financiero

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 31 de diciembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.604 - 9 de diciembre de 2023)
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la
compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores
jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones
similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación,
reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por
la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la
competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de
los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono
617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas
de uso de la información aquí contenida.