Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

CIRCULAR EXTERNA 20191200000655 DE 2019

(septiembre 6)

Diario Oficial No. 51.071 de 9 de septiembre 2019

SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA

Para: Grupos de interés
De: Fernando Martínez Bravo
Asunto: Compromiso de la Supervigilancia frente a la Lucha contra la Corrupción
Fecha: 06/09/2019

En conformidad con lo estipulado en el Estatuto Anticorrupción en Colombia Ley 1474 de 2011, y el Principio 10 del Pacto Global sobre trabajar en contra de la corrupción en todas sus formas, la Supervigilancia aúna esfuerzos con el fin de promover y fortalecer las medidas para prevenir y combatir más eficaz y eficientemente la corrupción dentro de la Entidad y en el sector de la Vigilancia y la Seguridad Privada.

Definida como “el abuso del poder encomendado para obtener beneficios privados”(1), la corrupción es un problema que ha generado cada vez más creciente interés por parte de los Gobiernos, de los organismos internacionales y del sector privado. Es por ello que actualmente existe un consenso internacional en entender que dicha problemática representa una amenaza para el Estado y para el desarrollo sostenible. Tanto así que ambos tipos de empresas, públicas como privadas, coinciden en lo nociva que puede llegar a ser la corrupción para los negocios, para la reputación de las empresas y los sectores económicos que estas representan(2).

El sector público no puede luchar solo contra la corrupción, por lo que resulta imperativa la participación del sector privado y la sociedad civil, para que hagan parte de un proceso de construcción colectiva que permita obtener resultados efectivos frente a este fenómeno. El apego a las reglas estrictas ayudará a cumplir cabalmente con las obligaciones legales de una forma más natural, efectiva y sostenida.

La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada tiene la obligación de actuar en pro del interés público, garantizando que se cumplan las funciones de manera eficiente, eficaz y con integridad, de acuerdo con la normatividad vigente. Consciente de esta responsabilidad, la Superintendencia asume públicamente el compromiso institucional de combatir la corrupción en todas y cada una de sus expresiones, tanto a nivel interno como externo.

Dicho lo anterior, se establecen las siguientes medidas y mecanismos que definen la voluntad de actuación frente a la lucha contra la corrupción, que sea convertido en un fenómeno dinámico y complejo, que adopta formas cada vez más sofisticadas y difíciles de detectar:

- La Supervigilancia formulará y aplicará estrategias coordinadas y eficaces contra la corrupción que promuevan la participación de los grupos de valor y reflejen los principios del imperio de la ley, la debida gestión de los asuntos públicos y los bienes públicos, la Integridad, la transparencia y la obligación de rendir cuentas.

- Procurará establecer y fomentar prácticas eficaces orientadas a prevenir la corrupción.

- Realizará difusión en materia de prevención de la corrupción.

- Promoverá activamente la integridad, la honestidad y la responsabilidad entre sus funcionarios públicos.

- Aplicará el Código de Integridad para el correcto, honorable y debido cumplimiento de las funciones públicas.

- Establecerá medidas y sistemas para facilitar que los funcionarios públicos denuncien todo acto de corrupción a las autoridades competentes cuando tengan conocimiento de ellos en el ejercicio de sus funciones.

- Adoptará las medidas necesarias para establecer sistemas apropiados de contratación pública, basados en la transparencia, la competencia y criterios objetivos de adopción de decisiones; sistemas que sean eficaces, entre otras cosas, para prevenir la corrupción.

- La Superintendencia se compromete a cumplir la Ley 1712 de 2014 de Transparencia y Acceso a la Información Pública y, particularmente, el principio de proactividad de la información contemplada en la misma.

- Todos aquellos que se vinculen directa o indirectamente con la Supervigilancia aceptan cumplir con los principios de comportamiento responsable en la contratación. Esto implica el compromiso de no incurrir en prácticas corruptas o antiéticas en relación con el contrato.

- Por último, la SVSP se compromete a participar en grupos de trabajo enfocados a temas de corrupción (por ejemplo, Pacto Mundial de las Naciones Unidas, Transparency International, Secretaría de Transparencia, etc.), con el objetivo de aprender de ellas e implementar efectivamente el sistema aprendido.

La presente circular rige a partir de su publicación.

El Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada,

Fernando Martínez Bravo.

NOTAS AL FINAL:

1. Transparency International.

2. Guía anticorrupción para las empresas. Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) y Cámara de Comercio de Bogotá CCB.

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 31 de diciembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.604 - 9 de diciembre de 2023)
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la
compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores
jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones
similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación,
reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por
la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la
competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de
los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono
617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas
de uso de la información aquí contenida.