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RESOLUCIÓN 384 DE 2014

(enero 31)

Diario Oficial No. 49.060 de 10 de febrero de 2014

MINISTERIO DE TRABAJO

Por la cual se establece el apoyo de sostenimiento de aprendices en la fase práctica para el año 2014.

EL MINISTRO DEL TRABAJO,

en uso de sus atribuciones legales, en especial las que les confieren los numerales 5 del artículo 2o y 6o del artículo 6o del Decreto número 4108 de 2011 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 30 de la Ley 789 de 2002 establece la naturaleza y características del contrato de aprendizaje y en su inciso quinto consagra que el apoyo de sostenimiento que recibirá el aprendiz durante la fase práctica, será diferente cuando la tasa de desempleo nacional sea menor del diez por ciento (10%), caso en el cual será equivalente al cien por ciento (100%) de un salario mínimo mensual legal vigente.

Que el artículo 1o del Decreto número 451 de 2008, señala que para establecer la tasa de desempleo nacional a la que se refiere el inciso quinto del artículo 30 de la Ley 789 de 2002, se tomará la tasa nacional promedio del periodo comprendido entre el 1o de enero y el 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, certificada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), a más tardar en la segunda quincena del mes de enero de cada año.

Que el 31 de enero de 2014, el DANE expide certificación según la cual la tasa nacional promedio de desempleo del periodo comprendido entre el 1o de enero y el 31 de diciembre del año 2013, fue del 9.6%.

Que se debe dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 30 de la Ley 789 de 2002 y su Decreto Reglamentario 451 de 2008, en el sentido de establecer el valor del apoyo de sostenimiento de aprendices durante la fase práctica, para el año 2014.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. APOYO DE SOSTENIMIENTO DE APRENDICES. Fijar para el año 2014 el valor del apoyo de sostenimiento mensual de aprendices durante la fase práctica, en el ciento por ciento (100%) del salario mínimo mensual legal vigente establecido mediante Decreto número 3068 de 2013.

PARÁGRAFO. Para la fijación del apoyo de sostenimiento mensual de aprendices del año 2015, se aplicará lo dispuesto por el Decreto número 451 de 2008.

Doctrina Concordante SENA
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ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación y hasta el 31 de diciembre del año 2014.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 31 de enero de 2014.

El Ministro del Trabajo,

RAFAEL PARDO RUEDA.

La Directora General SENA,

GINA PARODY D'ECHEONA.

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Última actualización: 31 de diciembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.604 - 9 de diciembre de 2023)
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