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RESOLUCION 370 DE 1998
(abril 15)
Por la cual se establece el horario normal de trabajo
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA
en uso de sus facultades legales y estatutarias,
RESUELVE:
ARTICULO 1o. El horario de trabajo para todos los servidores públicos de la dirección general del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, será el siguiente:
PERIODO DE LA MAÑANA
Hora de entrada: Las ocho horas (8.00)
Hora de salida: Las doce horas (12:00)
PERIODO DE LA TARDE
Hora de entrada: Las trece horas (13:00)
Hora de salida: Las diecisiete y treinta horas (17:30)
ARTICULO 2o. La responsabilidad del cumplimiento estricto del horario establecido en la presente resolución, es principalmente del servidor público, sin embargo el control del cumplimiento de la jornada será ejercida por el superior inmediato, quien procederá de conformidad.
ARTICULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Santa Fe de Bogotá D.C., a
los 15 de abril de 1998.
RAFAEL L. RAMIREZ Z.
Director General