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RESOLUCION 0381 DE 2021
(marzo 17)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 44 de la Resolución 1539 de 2021>
Por la cual se da por terminada y se asignan funciones de Coordinación
en un Grupo Interno de Trabajo
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE -
SENA
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las contenidas en el numeral 23 del artículo 4 y el artículo 32 del Decreto 249 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 115 de la Ley 489 de 1998 determina que: “El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas. (...) Con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. (.) En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento.”
Que consecuente con lo anterior, el numeral 23 del artículo 4 del Decreto 249 de 2004, determina como función del Director General del SENA: “Crear Comités, Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y funciones.”
Que el Decreto 362 del 5 de marzo de 2020, por el cual se fijan escalas de asignación básica de los empleados del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA y se dictan otras disposiciones en materia salarial, dispuso en su artículo 6o que “Los empleados públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, que tengan a su cargo la coordinación o supervisión de grupos internos de trabajo creados mediante resolución del Director General del SENA, percibirán mensualmente un veinte por ciento (20%) adicional al valor de la asignación básica mensual del empleo del cual sean titulares, durante el tiempo que ejerzan tales funciones. Dicho valor no constituye factor salarial para ningún efecto legal. Este reconocimiento se efectuará siempre y cuando el empleado no pertenezca a los niveles directivo o asesor”.
Que mediante Resolución No.1-1678 del 19 de septiembre de 2019, le fueron asignadas las funciones de coordinación del “Grupo Gestión Estratégica y Administrativa de la Formación” adscrito a la Dirección de Formación Profesional, a la funcionaria Isabel Cristina García Lemus, identificada con la cédula de ciudadanía número 52.907.758, Profesional Grado 07 de la Dirección de Formación Profesional.
Que mediante radicado 9-2021-017837 del 5 de marzo de 2021, la doctora Nidia Jeannette Gómez Pérez, Directora de la Dirección de Formación Profesional, solicita dar por terminada las funciones de coordinación del “Grupo Gestión Estratégica y Administrativa de la Formación”, a la funcionaria Isabel Cristina García Lemus, Profesional Grado 07 de la Dirección de Formación Profesional y asignar las funciones de esta coordinación a la funcionaria Adriana Peñaloza Angarita, identificada con cédula de ciudadanía número 63.335.064, Profesional Grado 04, de la Dirección de Formación Profesional.
Que existe certificado de disponibilidad presupuestal No.6321 de 2021, expedido por parte del Coordinador del Grupo de Presupuesto de la Dirección General, para el pago de reconocimiento económico por coordinación.
Por la cual se da por terminada y se asignan funciones de Coordinación
en un Grupo Interno de Trabajo En mérito de lo expuesto, este Despacho
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o.<Resolución derogada por el artículo 44 de la Resolución 1539 de 2021> Dar por terminada la asignación de funciones de Coordinación del “Grupo Gestión Estratégica y Administrativa de la Formación” adscrito a la Dirección de Formación Profesional, a la funcionaria Isabel Cristina García Lemus, identificada con la cédula de ciudadanía número 52.907.758, Profesional Grado 07 de la Dirección de Formación Profesional.
ARTÍCULO 2o.<Resolución derogada por el artículo 44 de la Resolución 1539 de 2021> Asignar las funciones de Coordinación del “Grupo Gestión Estratégica y Administrativa de la Formación” adscrito a la Dirección de Formación Profesional, a la funcionaria Adriana Peñaloza Angarita, identificada con cédula de ciudadanía número 63.335.064, Profesional Grado 04, de la Dirección de Formación Profesional.
ARTÍCULO 3o.<Resolución derogada por el artículo 44 de la Resolución 1539 de 2021> La funcionaria Adriana Peñaloza Angarita percibirá el reconocimiento económico por coordinación al que se refiere el artículo 6o del Decreto 362 de 2020, mientras ejerza las funciones de Coordinación del “Grupo Gestión Estratégica y Administrativa de la Formación” adscrito a la Dirección de Formación Profesional.
ARTÍCULO 4o.<Resolución derogada por el artículo 44 de la Resolución 1539 de 2021> La presente resolución rige a partir de su fecha de expedición y deroga las demás que sean contrarias.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá a los, 17 MAR 2021
Carlos Mario Estrada Molina
Director General