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RESOLUCIÓN 722 DE 2005
(4 mayo)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – SENA
Por la cual se modifica parcialmente la Resolución No. 442 del 29 de marzo de 2005 por la cual se crearon los Grupos de Apoyo Administrativo en los Centros de Formación Profesional
El DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA
En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias especialmente la conferida en el artículo 4, numeral 23 del Decreto 00249 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución No. 00442 del 29 de marzo de 2005 se crearon los Grupos de Apoyo Administrativo en los Centros de Formación Profesional, se crearon los Grupos de Atención en subsedes de Centros, se determinaron la conformación y funciones de estos Grupos y se dictaron otras disposiciones".
Que es necesario realizar algunas modificaciones parciales en la Resolución No. 00442 del 29 de marzo de 2005
En mérito de lo anteriormente expuesto, este despacho:
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Efectuar las siguientes modificaciones parciales a la Resolución No. 000442 del 29 marzo de 2005.
a) El artículo primero, quedará así:
"Creación de los Grupos de Apoyo Administrativo: Crear en los Centros de Formación Profesional Integral del SENA, el Grupo Interno de trabajo denominado "Grupo de Apoyo Administrativo': que tendrá como objeto principal la ejecución de los procesos de: presupuesto, pagaduría, contabilidad, contratación, compras, mantenimiento, servicios generales, almacenes e inventarios, bajas de bienes muebles, talento humano, gestión de correspondencia y las funciones que adicionalmente se establecen en esta resolución."
b) El numeral 2), del parágrafo primero del artículo segundo, quedará así:
2) Cuando el Despacho de la Regional y uno o más Centros de Formación compartan un mismo espacio geográfico o están ubicados en sitios aledaños, se conformarán los siguientes grupos:....
c) <Literal modificado por el artículo 1 de la Resolución 1651 de 2012. Literal modificado por el artículo 1 de la Resolución 2762 de 2010.Literal modificado por el artículo 1 de la Resolución 193 de 2008. Literal modificado por el artículo 1 de la Resolución 611 de 2007. Ver modificaciones directamente en la Resolución 442 de 2005> El numeral 2., del parágrafo primero del artículo segundo en lo que se refiere a los Grupos de Apoyo Administrativo para las Regionales Distrito Capital, Cundinamarca y Córdoba, quedará así:
"Regional | Grupo de Apoyo Administrativo |
Distrito Capital | Mixto: Despacho Regional, Centro de Servicios Financieros. |
Intercentros: Centro de la Industria Gráfica y afines; Centro de Gestión Industrial; Centro Colombo Italiano. | |
Intercentros: Centro de Electricidad y Electrónica; Centro de Manufactura en Textiles y Cuero; Centro de Mecánica Automotriz y Transporte; Centro de Metalurgia y Centro Metalmecánico | |
Intercentros: Centro de Servicios a la Salud y Centro de Gestión Comercial y Mercadeo. | |
Intercentros: Centro de Servicios Administrativos y Centro de la Construcción e Industria de la Madera. | |
Cundinamarca | Mixto: Despacho Regional, Centro Multisectorial del Nor–Oriente de Cundinamarca (Chía) y Centro Multisectorial de Mosquera |
Córdoba | Mixto: Despacho Regional, Centro Multisectorial de Montería y Centro Agropecuario El Porvenir." |
d) El numeral 3., del aparte VII, del artículo quinto, de la 000442 del 29 marzo de 2005 quedará así:
3. "Apoyar los procesos administrativos y financieros que se requieran para los Convenios o alianzas que suscriba o participe el Centro de conformidad con el numeral 24. del artículo 27 del Decreto 249 de 2004".
e) El numeral 2., del artículo sexto de la Resolución No. 000442 del 29 marzo de 2005, quedará así:
2. "Coordinar los procesos, actividades y funciones descritas en el artículo quinto de la presente resolución, su distribución, control y cumplimiento entre los funcionarios integrantes del Grupo".
f) El Artículo Noveno en lo que se refiere a los Grupos de Atención en subsedes de centros..., para la Regional del Norte de Santander, quedará así:
"Regional | Centro de Formación | Sede Principal (Municipio) | Grupo de Atención en subsede (Municipio) |
Norte de Santander | Atención al Sector Agropecuario | Cúcuta | Pamplona |
Centro Multisectorial de Cúcuta | Cúcuta | Ocaña" |
ARTÍCULO SEGUNDO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente la Resolución No. 0044 del 29 de marzo de 2005.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá a los
DARÍO MONTOYA MEJÍA
Director General