Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCIÓN 722 DE 2005

(4 mayo)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – SENA

Por la cual se modifica parcialmente la Resolución No. 442 del 29 de marzo de 2005 por la cual se crearon los Grupos de Apoyo Administrativo en los Centros de Formación Profesional

Resumen de Notas de Vigencia

El DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA

En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias especialmente la conferida en el artículo  4, numeral 23 del Decreto 00249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución No. 00442 del 29 de marzo de 2005 se crearon los Grupos de Apoyo Administrativo en los Centros de Formación Profesional, se crearon los Grupos de Atención en subsedes de Centros, se determinaron la conformación y funciones de estos Grupos y se dictaron otras disposiciones".

Que es necesario realizar algunas modificaciones parciales en la Resolución No. 00442 del 29 de marzo de 2005

En mérito de lo anteriormente expuesto, este despacho:

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Efectuar las siguientes modificaciones parciales a la Resolución No. 000442 del 29 marzo de 2005.

a) El artículo primero, quedará así:

"Creación de los Grupos de Apoyo Administrativo: Crear en los Centros de Formación Profesional Integral del SENA, el Grupo Interno de trabajo denominado "Grupo de Apoyo Administrativo': que tendrá como objeto principal la ejecución de los procesos de: presupuesto, pagaduría, contabilidad, contratación, compras, mantenimiento, servicios generales, almacenes e inventarios, bajas de bienes muebles, talento humano, gestión de correspondencia y las funciones que adicionalmente se establecen en esta resolución."

b) El numeral 2), del parágrafo primero del artículo segundo, quedará así:

2) Cuando el Despacho de la Regional y uno o más Centros de Formación compartan un mismo espacio geográfico o están ubicados en sitios aledaños, se conformarán los siguientes grupos:....

c) <Literal modificado por el artículo 1 de la Resolución 1651 de 2012. Literal modificado por el artículo 1 de la Resolución 2762 de 2010.Literal modificado por el artículo 1 de la Resolución 193 de 2008. Literal modificado por el artículo 1 de la Resolución 611 de 2007. Ver modificaciones directamente en la Resolución 442 de 2005> El numeral 2., del parágrafo primero del artículo segundo en lo que se refiere a los Grupos de Apoyo Administrativo para las Regionales Distrito Capital, Cundinamarca y Córdoba, quedará así:

"RegionalGrupo de Apoyo Administrativo

Distrito Capital
Mixto: Despacho Regional, Centro de Servicios Financieros.

Intercentros: Centro de la Industria Gráfica y afines; Centro de Gestión Industrial; Centro Colombo Italiano.

Intercentros: Centro de Electricidad y Electrónica; Centro de Manufactura en Textiles y Cuero; Centro de Mecánica Automotriz y Transporte; Centro de Metalurgia y Centro Metalmecánico

Intercentros: Centro de Servicios a la Salud y Centro de Gestión Comercial y Mercadeo.
Intercentros: Centro de Servicios Administrativos y Centro de la Construcción e Industria de la Madera.

Cundinamarca
Mixto: Despacho Regional, Centro Multisectorial del Nor–Oriente de Cundinamarca (Chía) y Centro Multisectorial de Mosquera
CórdobaMixto: Despacho Regional, Centro Multisectorial de Montería y Centro Agropecuario El Porvenir."

d) El numeral 3., del aparte VII, del artículo quinto, de la 000442 del 29 marzo de 2005 quedará así:

3. "Apoyar los procesos administrativos y financieros que se requieran para los Convenios o alianzas que suscriba o participe el Centro de conformidad con el numeral 24. del artículo 27 del Decreto 249 de 2004".

e) El numeral 2., del artículo sexto de la Resolución No. 000442 del 29 marzo de 2005, quedará así:

2. "Coordinar los procesos, actividades y funciones descritas en el artículo quinto de la presente resolución, su distribución, control y cumplimiento entre los funcionarios integrantes del Grupo".

f) El Artículo Noveno en lo que se refiere a los Grupos de Atención en subsedes de centros..., para la Regional del Norte de Santander, quedará así:

"RegionalCentro de FormaciónSede Principal (Municipio)Grupo de Atención en subsede (Municipio)
Norte de SantanderAtención al Sector AgropecuarioCúcutaPamplona
Centro Multisectorial de CúcutaCúcutaOcaña"
Notas de Vigencia
Doctrina Concordante

ARTÍCULO SEGUNDO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente la Resolución No. 0044 del 29 de marzo de 2005.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá a los

DARÍO MONTOYA MEJÍA

Director General

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 31 de diciembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.604 - 9 de diciembre de 2023)
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la
compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores
jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones
similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación,
reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por
la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la
competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de
los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono
617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas
de uso de la información aquí contenida.