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RESOLUCIÓN 843 DE 2008

(abril 7)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

<NOTA DE VIGENCIA : Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 53 de 2012>

Por la cual se crea el Grupo Interno de Trabajo Denominado Gestión e Innovación en Gastronomía y Cocina adscrito a la Dirección General

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA,

En uso de sus facultades legales y especialmente las contempladas en los numerales 4 y 23 del artículo 4o y el artículo 32 del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, enuncia que “El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas. //Con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo.//En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento”.

Que el numeral 4o del artículo 4o del Decreto 249 de 2004, enuncia como una de las funciones de la Dirección General dictar actos administrativos con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.

Que el numeral 23 del artículo 4o del citado decreto, enuncia como facultad de la Dirección General “Crear Comités, Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y funciones”.

Que a su turno el artículo 32 de la reseñada norma, estipula que el Director General podrá crear grupos internos de trabajo permanentes o transitorios y definir su composición y I funciones.

Que el artículo 4 del Decreto 248 de 2004, establece: “Reconocimiento por coordinación. Los empleados públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, en donde no exista el empleo de Jefe de División, que tengan a su cargo la coordinación o supervisión de grupos internos de trabajo, creados mediante resolución del Director General del SENA, percibirán mensualmente un veinte por ciento (20%) adicional al valor de la asignación básica mensual del empleo del cual sean titulares, durante el tiempo en que ejerzan tales funciones. Dicho valor no constituye factor salarial para ningún efecto legal. Este reconocimiento se efectuará siempre y cuando el empleado no pertenezca a los niveles Directivo, Asesor o Ejecutivo”.

Que el Proyecto Nacional de Escuelas de Cultura Gastronómica, se constituye como una política de expansión de la cobertura de la formación profesional con calidad y el fortalecimiento de los Centros de Formación, por lo cual se hace necesario el desarrollar líneas estratégicas que permitan fomentar y operativizar la cooperación de los diferentes sectores económicos, nacionales e internacionales, con el objeto de ampliar la cobertura de los servicios, y alcanzar el máximo de competitividad de nuestros aprendices en el sector.

Que por lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. CREACIÓN.  <Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 53 de 2012> Crear el Grupo Interno de Trabajo Denominado Gestión e Innovación en Gastronomía y Cocina adscrito al Despacho de la Dirección General.

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ARTÍCULO 2o. CONFORMACIÓN.  <Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 53 de 2012> El Grupo Interno de Trabajo Denominado Gestión e Innovación en Gastronomía y Cocina, estará conformado por los siguientes funcionarios, vinculados a la planta general de la entidad.

Brenda Tatiana González Munera

Emilio Eliecer Navia Zúñiga

Evelyn Aguia Chamorro

Omar Ricardo Muñoz Cardona

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ARTÍCULO 3o. FUNCIONES.  <Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 53 de 2012> El Grupo Interno de Trabajo Denominado Gestión e Innovación en Gastronomía y Cocina, tendrá las siguientes funciones:

1. Fortalecer y ampliar la red de escuelas gastronómicas y cocinas en todo el país, mediante la creación de una infraestructura acorde con las necesidades de cada una de las regiones.

2. Diseñar, siguiendo todas las normas de calidad, funcionalidad y estética, un modelo estándar de ambientes de formación.

3. Propender por la actualización de los diferentes programas en gastronomía y cocina para que respondan a las demandas del mercado actual, nacional e internacional.

4. Elevar los estándares de calidad de los programas gastronómicos con el objeto de posicionar al personal que curse dichos programas de formación, como la mejor opción en el mercado laboral.

5. Extender la cobertura de la formación en programas de gastronomía y cocina.

6. Fortalecer el perfil de los formadores, instructores y tutores para incrementar su competitividad en el mercado local y extranjero, así como su pensamiento estratégico, su toma de decisiones y su nivel de interacción tanto con los aprendices como con sus pares.

7. Promover la formación de aprendices con fundamento en el modelo de formación por competencias.

8. Impulsar la celebración convenios y alianzas estratégicas de orden nacional e internacional que permitan el intercambio de aprendices e instructores, y que garantices la presencia institucional en eventos donde se promueva la gastronomía.

9. Replicar buenas prácticas de gestión y reforzar de ésta forma la marca institucional en nuevos escenarios, acordes con las políticas de la entidad.

10. Propender por la apertura de nuevos espacios empresariales, donde los aprendices puedan poner en práctica la formación recibida y de ésta forma contribuir al desarrollo económico del país.

11. Involucrar a los empresarios, gremios económicos y entidades educativas entre otros sectores, en el proyecto de formación de la entidad, con el fin de que se desarrolle con parámetros fieles a la realidad laboral de las organizaciones actuales

12. Promover en los aprendices la investigación sobre temas gastronómicos, chefs locales de alto reconocimiento, regiones ricas en productos alimenticios, tendencias mundiales en la industria de alimentos y bebidas, nutrición y salud, entre otros temas.

13. Organizar y garantizar la participación de la entidad en las olimpiadas de cocina, pastelería y panadería nacionales y extranjeras, así como en los demás certámenes que gocen de ésta naturaleza, con el objeto de que aprendices e instructores puedan poner en práctica sus conocimientos y medir sus habilidades.

14. Implementar y mantener los procesos definidos en el Sistema de Gestión de Calidad y velar por la mejora continua de los mismos, en el Grupo Interno de Trabajo Permanente de Gestión e Innovación en Gastronomía y Cocina de la Dirección General.

15. Proyectar los actos administrativos para firma de la Dirección General, que se relacionen con las funciones asignadas al grupo.

16. Las demás que les sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de los procesos del Grupo Interno de Trabajo Permanente de Gestión e Innovación en Gastronomía y Cocina de la Dirección General.

17. Las demás que le sean asignadas.

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ARTÍCULO 4o. FUNCIONES DEL COORDINADOR.  <Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 53 de 2012> Son funciones del Coordinador del Grupo de Trabajo Permanente Gestión e Innovación en Gastronomía y Cocina, las siguientes:

1. Coordinar todos los asuntos relacionados con las funciones asignadas al Grupo Gestión e Innovación en Gastronomía y Cocina

2. Asignar, dirigir, supervisar y hacer seguimiento a las tareas de cada uno de los miembros del grupo.

3. Interactuar con las demás áreas de la entidad para cumplir con las funciones asignadas al grupo

4. Representar al Sena en los actos protocolarios relacionados con el área gastronómica

5. Fortalecer la red de contactos de carácter público y privado, nacional e internacional, para cumplir a cabalidad con el objeto ampliar el área de cobertura del servicio.

6. Liderar iniciativas con entidades nacionales e internacionales para fortalecer la red de convenios

7. Mantener en constante dinamismo las acciones del equipo, y lograr de ésta forma la competitividad de los programas de formación en gastronomía, así como de sus aprendices

8. Las demás que le sean asignadas.

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ARTÍCULO 5o. COORDINACIÓN.  <Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 53 de 2012> Designar a la doctora Evelyn Aguia Chamorro, profesional 18 vinculada a la Planta General de la entidad, como Coordinadora del Grupo Trabajo Permanente de Gestión e Innovación en Gastronomía y Cocina de la Dirección General, lo anterior previa expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal que garantice la existencia de recursos para la prima de Coordinación a que hace referencia el artículo 4o del Decreto 248 del 28 de Enero de 2004.

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ARTÍCULO 6o.  <Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 53 de 2012> El Coordinador el Grupo firmará los documentos que se requieran en medio físico, y remitirá los correos electrónicos necesarios para el cumplimiento de las funciones asignadas en el artículo tercero de la presente resolución.

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ARTÍCULO 7o.  <Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 53 de 2012> Comuníquese la presente resolución a la Secretaria General, Directores de Área, Jefes de Oficina, Directores Regionales y Subdirectores de Centro, así como a la doctora Evelyn Aguia Chamorro.

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ARTÍCULO 8o.  <Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 53 de 2012> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

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COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., 7 Abr. 2008

DARÍO MONTOYA MEJÍA

Director General

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 31 de diciembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.604 - 9 de diciembre de 2023)
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