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RESOLUCIÓN 1303 DE 2012

(julio 4)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 1646 de 2019>

Por la cual se efectúan delegaciones en gestión del Talento Humano, para la selección y provisión de cargos de Trabajador Oficial en el SENA y se Dictan otras disposiciones

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por los artículos 9 y siguientes de la Ley 489 de 1998 y el numeral 1 del artículo 4o del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, consagra que “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”.

Que el artículo 9o de la Ley 489 de 1998, le concede a los Ministros, Directores de Departamento Administrativo, Superintendentes, Representantes Legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa, la posibilidad de transferir, mediante acto de delegación, la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor, vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la misma ley.

Que el artículo 4o del Decreto 249 de 2004, le atribuye a la Dirección General la facultad de “1 Dirigir, coordinar, vigilar y controlar la ejecución de las funciones o programas de la entidad y de su personal".

Que de conformidad con el numeral 10 del artículo 9 del Decreto 249 de 2004, le corresponde a la Secretaría General del SENA ejecutar, coordinar y controlar los planes y programas institucionales para el desarrollo de los procesos de gestión del talento humano al servicio de la entidad.

Que mediante la Resolución 2529 de 2004, se delegó en los Directores Regionales del SENA y en los Subdirectores de los Centros de Formación, funciones relacionadas con los procesos de talento humano.

Que mediante la Resolución 2196 de 2011, se creó el “Comité Nacional para las Especialidades de los cargos de Trabajador Oficial del SENA” y se dictaron otras disposiciones.

Que en comunicación del 6 de junio de 2012 radicada bajo el No 1-2012-012197, la Presidenta del Sindicato de Trabajadores Oficiales del SENA “SINTRASENA”, reitera la solicitud de la derogatoria de la Resolución 2196 de 2011, por lo perjudicial de esta resolución para la provisión oportuna de los cargos vacantes de los trabajadores oficiales a nivel nacional, y teniendo en cuenta las dificultades administrativas para desarrollar este tipo de funciones.

Que es procedente expedir nuevas disposiciones en materia de selección y provisión de cargos de Trabajadores Oficiales en el SENA.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo  de la Resolución 1646 de 2019> Delegar en los Directores Regionales, la función de convocar a concursos para proveer los cargos vacantes de Trabajador Oficial, adscritos a la planta de personal de la respectiva Regional, y proferir los actos administrativos que establezcan las correspondientes listas de elegibles.

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo  de la Resolución 1646 de 2019> Delegar en los Subdirectores de Centro de Formación Profesional las siguientes funciones:

1. Definir las especialidades de los cargos vacantes de Trabajador Oficial adscritos a la planta de personal del Centro de Formación Profesional, teniendo en cuenta para ello las necesidades del servicio y el propósito estratégico de estos cargos, establecido en el artículo 5 del Decreto 3135 de 1968 y los lineamientos vigentes establecidos por la Dirección General.

2. Coordinar, administrar y controlar los procesos de selección para la provisión definitiva de cargos vacantes de trabajador oficial, conforme a lo señalado en las normas vigentes.

3. Suscribir los contratos de trabajo con trabajadores oficiales y darlos por terminados cuando sea del caso, de conformidad con la normatividad vigente.

4. Efectuar la evaluación del período de prueba de los Trabajadores Oficiales que se vinculen a la planta de personal del respectivo Centro de Formación Profesional, de conformidad con la normatividad vigente.

ARTÍCULO 3o. TÉRMINO. <Resolución derogada por el artículo  de la Resolución 1646 de 2019> Los centros de Formación Profesional contarán con un término máximo de quince (15) días hábiles siguientes a la generación de la vacancia definitiva de un cargo de Trabajador Oficial, para determinar la especialidad en la que se proveerá el cargo.

Vencido este término sin haberse determinado la especialidad de la vacante, la Secretaría General procederá a efectuar el estudio pertinente de necesidades, pudiendo disponer los mecanismos necesarios para reubicarla en un Centros de Formación donde se requiera.

ARTICULO 4o. PROCEDIMIENTO. <Resolución derogada por el artículo  de la Resolución 1646 de 2019> Una vez esté determinada la especialidad, deberá iniciarse el procedimiento y las etapas establecidas en el Instructivo No 3 “Para Selección de Personal de Trabajadores Oficiales”, publicado en la dirección electrónica: ftp://172.16.2.69/RELACIONES%LABORALESDIGENERAL/CONVENIOS%20TRABAJADORES%20 OFICIALES, comunicada con la Circular 3-2010-000123 del 13 de mayo de 2010.

ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo  de la Resolución 1646 de 2019> Comuníquese el contenido de la Presente Resolución al Secretario General, al Director de Empleo y Trabajo, al Coordinador del Grupo de Relaciones Laborales, a los Directores Regionales, a los Subdirectores de Centro de Formación Profesional de la Entidad y al Comité Convencional Nacional.

ARTÍCULO 6o. <Resolución derogada por el artículo  de la Resolución 1646 de 2019> La presente Resolución rige a partir de su expedición y deroga en su integridad la Resolución No. 2196 de 2011 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Se expide en Bogotá, el 4 JUL 2012

LUIS ALFONSO HOYOS ARISTIZABAL

Director General

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 31 de diciembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.604 - 9 de diciembre de 2023)
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