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RESOLUCION 1374 DE 2004
(junio 10)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Por la cual se efectúa una delegación especial
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA,
En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por los artículos 9 y 95 de la Ley 489 de 1990, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 250 del 28 de enero de 2004, se adoptó la nueva Planta de Personal del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA.
Que el Decreto 250 de 2004, en su artículo octavo establece: "A partir de la ejecutoria de la sentencia que autorice el levantamiento del fuero sindical o del termino de este fuero contemplado en la ley, quedaran automáticamente suprimidos los cargos ocupados por servidores públicos que gozan de fuero sindical y que se relaciona a continuación:
Numero de grado | Denominación | Grado |
3 | oficinista | 3 |
2 | Auxiliar | 8 |
3 | Auxiliar | 1" |
Que en el parágrafo único del artículo en cita se establece; "En defensa de la garantía constituida por el Fuero Sindical, los anteriores cargos se mantendrán temporalmente vigentes en la planta de personal que por este decreto se establece hasta el cumplimiento de las condiciones establecidas en e/ presente artículo".
Que el Decreto 249 de 2004, con el cual se modifica la Estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, en su artículo 9, asigna funciones precisas a la Secretaría General de la entidad, tendientes a coordinar la actividad administrativa, en relación con el talento humano.
Que para este fin especifico, se hace necesario delegar la Representación del SENA, en la Dra. Piedad Pérez de Escobar Secretaria General de la entidad, y Gerente del Proceso de rediseño de la entidad para que proceda a otorgar los poderes a los abogados con el fin de que inicien y lleven hasta su terminación el proceso especial de levantamiento del fuero sindical de los funcionarios de que trata el articulo 8 del Decreto 250 de 2004.
Que el articulo 211 de la Constitución Política en su inciso segundo establece: "la delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario„ cuyos actos o resoluciones podrá siempre reformar o revocar aquel, reasumiendo la responsabilidad consiguiente".
Que la Ley 489 de 1998, en su artículo 9 faculta a las autoridades administrativas, para transferir mediante un acto de delegación, el ejercicio de funciones a sus colaboradores, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y la ley citada.
Por lo expresado el Director General,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Delegar especialmente en la Dra. Piedad Pérez de Escobar, Secretaria General del SENA, la Representación Legal de la entidad, para que proceda a otorgar los poderes con el fin de que se inicien y lleven hasta su terminación los procesos especiales de levantamiento del fuero sindical de los funcionarios de que trata el articulo 8 del Decreto 250 de 2004.
ARTÍCULO SEGUNDO. Con la presente delegación, la Secretaria General del SENA, asume toda responsabilidad propia de la función delegada.
ARTÍCULO TERCERO. En virtud del inciso segundo del artículo 10 de la Ley 489 de: 1998, la Secretaria General del SENA, deberá enviar al Director General un informe de la delegación proferida mediante la presente resolución.
ARTÍCULO CUARTO. La presente delegación se extingue definitivamente al momento de la terminación de los procesos especiales de levantamiento del fuero sindical de los funcionarios citados en el artículo primero.
ARTÍCULO QUINTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición.
COMUNÍQUESE Y CUMPLASE
Dada en Bogotá D. C., a los
DARÍO MONTOYA MEJÍA
Director General