Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción
RESOLUCIÓN 1499 DE 2005
(16 agosto)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
"Por la cual se le asignan funciones de administración del parque automotor al Grupo de Trabajo Interno de Bienes, Servicios y Logística, adscrito a la Dirección Administrativa y Financiera del Servicio Nacioanl de Aprendizaje SENA"
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE "SENA"
En uso de sus facultades legales y especial por las contempladas en los Artículos 4°, 23 y 32 del Decreto 249 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 249 de enero 28 de 2004 "Por el cual se modifica la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA", le asignó a la Secretaría General de la Entidad en el numeral 3° de su artículo 9 la función de "Administrar el parque automotor de la entidad, organizando, dirigiendo y controlando los procesos para garantizar la adecuada prestación de los servicios generales que requiere la Entidad".
Que el mismo Decreto 249 del 28 de enero de 2004, le asignó funciones con respecto a los procesos contractuales a la Secretaría General y a la Dirección Administrativa y Financiera, estableciendo en el artículo 15 numeral 2, que le corresponde a la Dirección Administrativa y Financiera dirigir, coordinar, controlar y ejecutar los proceso y actividades requeridas en la entidad para la administración de los recursos físicos, financieros y prestación de servicios generales con criterios de eficiencia y eficacia; y en el numeral 6 del mismo artículo, establece que le corresponde a la Dirección Administrativa y Financiera dirigir en coordinación con las demás dependencias del SENA los procesos contractuales de la Entidad.
Que con base en las facultades que le otorgan los artículos 115 de la ley 489 de 1998 y 32 del Decreto 249 de 2004, el Director General de la Entidad, creó mediante la Resolución No. 01931 del 23 de agosto de 2004, modificada parcialmente por la Resolución No. 01988 del mismo año, el Grupo permanente de trabajo integrado, de Bienes, Servicios y Logística, con servidores públicos de la Dirección Administrativa y Financiera y la Secretaría General.
Que en los numerales 12 y 20 del artículo Tercero de la Resolución 01931 de 2004, se le asignaron al Grupo de Bienes, Servicios y Logística, adscrito a la Dirección Administrativa y Financiera; funciones relacionadas con la administración del parque automotor: "Velar porque se realice el mantenimiento preventivo y correctivo al parque automotor de vehículos de la Dirección General" y "Administrar y controlar la contratación y prestación de los servicios de mantenimiento del parque automotor de la Dirección General".
Que de acuerdo con los principios de eficiencia y economía de la función administrativa contemplados en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y para el óptimo desarrollo de todas las actividades inherentes al parque automotor de la Entidad, se hace necesario que el Grupo de Bienes, Servicios y Logística, lleve a cabo todas las funciones relacionadas con el parque automotor del SENA, entre ellas, la de administrar el pool de conductores y vehículos de la Dirección General del SENA, la de distribuir los vales de gasolina de los vehículos de la Dirección General del SENA y administrar la base de datos de los vehículos del SENA a nivel nacional.
En mérito a lo expuesto;
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modificar el numeral 36 del artículo tercero de la Resolución No. 01931 del 23 de agosto de 2004 y adicionar al mismo artículo el numeral 37, así:
ARTICULO TERCERO: Funciones del Grupo de Trabajo Integrado de Bienes, Servicios y Logística: Son funciones del Grupo de Trabajo Integrado de Bienes, Servicios y Logística las siguientes:
36. Realizar todas las funciones relacionadas con el parque automotor del SENA, entre ellas, la de administrar el pool de conductores y vehículos de la Dirección General, distribuir los vales de gasolina de los vehículos de la Dirección General del SENA y administrar la base de datos de los vehículos del SENA a nivel nacional.
37. Las demás que le sean asignadas por el jefe inmediato y que correspondan a la naturaleza de los procesos del Grupo.
ARTÍCULO 2o. Asignar los siguientes cargos y servidores públicos que los ocupan, de la planta de personal de la Secretaría General, al Grupo de Trabajo Integrado de Bienes, Servicios y Logística:
Cargo | Servidor Público |
Auxiliar Grado 01 | José Gabriel Lara Coy |
Trabajador Oficial - Conductor | Jaime Tobías Ulloa León |
Trabajador Oficial - Conductor | Marco Antonio Correa Riveros |
Trabajador Oficial - Conductor | Mauricio Sarmiento Alvarado |
Trabajador Oficial - Conductor | Fabio Antonio Reyes Castañeda |
Trabajador Oficial - Conductor | Henry Riaño Clavijo |
ARTÍCULO 3o. Comuníquese esta Resolución a la Secretaría General, Directores de Area y Jefes de Oficina de la Dirección General, así como a todos los Directores Regionales y Subdirectores de Centro.
ARTÍCULO 4o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Medellín, a los
DARIO MONTOYA MEJIA
Director General