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RESOLUCIÓN 1633 DE 2008

(junio 18)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Por la cual se crea el Grupo de Comunicaciones Internas, adscrito a la Oficina de Comunicaciones de la Dirección General.

EL DIRECTOR GENERAL (E) DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA,

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas en los artículos 4o (numeral 23) y 32 del Decreto 249 de 2004, así como el artículo 115 de la ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 250 del 28 de enero de 2004, el Gobierno Nacional adoptó la planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.

Que el Artículo 115 de la Ley 489 de 1998 determina que: “El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas. // Con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. // En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento.” (El resaltado es nuestro)

Que el numeral 23 del artículo 4o del Decreto 249 de 2004, determina como función del Director General del SENA: “Crear Comités, Grupos Internos de trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y funciones”

Que por disposición del artículo 4 del Decreto 248 de 2004: “Los empleados públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, en donde no exista el cargo de jefe de dirección que tenga a su cargo la coordinación o supervisión de grupos internos de trabajo, creados mediante resolución del Director General del SENA, percibirán mensualmente un veinte (20%) adicional al valor de la asignación básica mensual del empleo del cual sean titulares, durante el tiempo en que ejerzan esas funciones. Dicho valor no constituye factor salarial para ningún efecto legal. // Este reconocimiento se efectuara siempre y cuando el empleado no pertenezca a los niveles Directivo, Asesoro Ejecutivo”.

Que conforme al artículo 7 del Decreto 249 de 2004, son funciones de la Oficina de Comunicaciones de esta Entidad:

- Asistir a la Dirección General, a las Direcciones Regionales, a la Dirección del Distrito Capital y a las Direcciones de Centro, en el manejo de los medios de comunicación, las publicaciones y el manejo de la imagen corporativa.

- Diseñar e implementar la política y estrategias de comunicaciones de la entidad, de acuerdo a los lineamientos definidos por la Dirección General.

- Coordinar y organizar las ruedas de prensa, seminarios, reuniones externas, conferencias que realicen las dependencias de la entidad.

- Dirigir y coordinar el diseño, producción y distribución de periódicos, boletines, medios audiovisuales y medios impresos con fines de información y divulgación institucional, en coordinación con la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas.

- Diseñar, implantar, desarrollar y mantener sistemas y mecanismos destinados a la conservación de la imagen corporativa de la entidad.

- Diseñar, desarrollar y mantener sistemas y mecanismos de información a los funcionarios, alumnos, usuarios y al público en general, sobre los servicios y actividades del SENA, en coordinación con las dependencias de la entidad y de manera particular con la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas.

- Asesorar a las dependencias del SENA, en el manejo de la información, divulgación, imagen corporativa y publicidad institucional.

- Coordinar y organizaría divulgación masiva de los servicios de la entidad, a la ciudadanía, manteniendo la imagen corporativa, de acuerdo con los objetivos trazados por la Dirección General, en coordinación con la dirección de Promoción y Relaciones Corporativas.

- Coordinar con las dependencias, los contenidos informativos de la página de internet y la intranet de la entidad, garantizando la actualización permanente de la información.

- Coordinar de conformidad con la reglamentación que para el efecto se expida, el Sistema Nacional de Videoconferencias de la entidad.

- Coordinar y desarrollar mecanismos que permitan la aplicación de las estrategias comunicativas nacionales, en los centros de formación.

- Rendir informes de gestión periódicos al Director General.

- Asesorar a las dependencias en los procesos propios del área.

- Coordinar con la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, la definición y aplicación de indicadores de gestión para los procesos de la dependencia y responder por las metas y los indicadores de gestión contemplados en los planes indicativos y operativos, programas y proyectos de la dependencia.

- Implementar y mantener los procesos definidos en el sistema de gestión de calidad y velar por la mejora continua de los mismos en la dependencia.

- Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de los procesos de la dependencia.

Que para el adecuado cumplimiento de las funciones asignadas a la Oficina de Comunicaciones del SENA, es necesario crear un Grupo interno de trabajo, definir su composición, coordinación y la distribución defunciones.

Que de conformidad con lo anteriormente expuesto, el Director General del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA;

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Créase el Grupo permanente denominado “Comunicaciones Internas”, adscrito a la Oficina de Comunicaciones de la Dirección General.

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ARTÍCULO 2o. El Grupo creado está conformado por los siguientes servidores públicos:

NOMBRECARGO Y GRADO
Rocío Suarez TéllezProfesional 13
Javier CastellanosTécnico 03
Enrique PáezTécnico 07
Lorena Margarita de León GuarnizoAuxiliar 01
Concordancias
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ARTÍCULO 3o. Las funciones del Grupo de Comunicaciones Internas son las siguientes:

1. Realizar una integración institucional para la generación de redes y productos virtuales de comunicación.

2. Diseñar estrategias de información, imagen e identidad corporativa, para mejorar la gestión de conocimiento institucional y reforzar la imagen de la Entidad.

3. Realizar campañas de cultura organizacional orientadas a fortalecer el compromiso de los servidores de la entidad con los cambios que genere la dinámica institucional.

4. Coordinar la red de comunicadores del SENA al servicio de las comunicaciones internas.

5. Coordinar la producción de medios virtuales de información institucional.

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ARTÍCULO 4o. El coordinador del Grupo de comunicaciones internas, tendrá las siguientes funciones:

1. Coordinar, controlar y responder por el cumplimiento de las funciones asignadas al Grupo, con criterio de eficiencia, eficacia y oportunidad.

2. Apoyar y asistir a las Áreas, Direcciones Regionales y Subdirecciones de Centro de Formación en los asuntos y funciones asignadas al Grupo.

3. Organizar, coordinar y revisar los proyectos de comunicados, informes, ensayos, documentales, y demás documentos relacionados con el Grupo.

4. Firmar los documentos y demás comunicaciones que se requieran para lograr el cumplimiento oportuno de los procesos, procedimientos, proyectos, tareas y actividades del Grupo.

5. Asignar, orientar, apoyar y controlar la ejecución de tareas, actividades, procesos y procedimientos por parte de los servidores públicos que conforman el Grupo.

6. Propender y velar por el cumplimiento de normas, instrucciones o procedimientos que aseguren la adecuada elaboración y gestión de las comunicaciones internas a nivel nacional en la Entidad.

7. Garantizar y responder por la articulación permanente con los demás grupos de trabajo de la Oficina de Comunicaciones y con las otras instancias de la Entidad con las cuales se debe retroalimentar el cumplimiento de las funciones del Grupo.

8. Elaborar propuestas para la definición de políticas, planes y programas dirigidos al desarrollo y gestión de las comunicaciones internas de la entidad.

9. Actualización permanente los procesos y procedimientos que se deben aplicar en el Grupo.

10. Las demás que le sean asignadas por el jefe inmediato y que correspondan a la naturaleza de los procesos del grupo

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ARTÍCULO 5o. Asignar las funciones de Coordinadora del Grupo de Comunicaciones Internas a la Dra. Rocío Suárez Téllez, Profesional Grado 13, quien percibirá el pago establecido en el Artículo 4o del Decreto 248 de 2004, durante el tiempo que ejerza dichas funciones, para lo cual se cuenta con el correspondiente CDP en la presente vigencia.

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ARTÍCULO 6o. Comunicar la presente Resolución a la Secretaría General y demás dependencias de la Dirección General, a los Directores Regionales y a los Subdirectores de Centro, para su conocimiento y demás fines pertinentes.

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ARTÍCULO 7o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá a los, 18 Jun. 2008

ORBIDIO VELANDIA NIÑO

Director General (E)

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 31 de diciembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.604 - 9 de diciembre de 2023)
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