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RESOLUCIÓN 3205 DE 2008
(noviembre 21)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Por la cual se adscribe a la Dirección Jurídica del SENA el Grupo Integrado de Convenios y Contratos
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA,
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los numerales 4 y 23 del artículo 4o del Decreto 249 de 2004 y el artículo 32 del mismo Decreto, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 249 del 28 de enero de 2004 modificó la estructura del SENA y reorganizó las funciones de sus dependencias;
Que el Decreto 250 del 28 de enero de 2004 estableció la planta global de personal de la entidad;
Que el artículo 4o del Decreto 249 de 2004, señala como funciones del Director General del SENA; “4. Dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y técnicas de los proyectos operativos, dictar tos actos administrativos, celebrar los contratos necesarios para la gestión administrativa, los convenios de cooperación técnica nacional e internacional, contratar expertos nacionales o extranjeros cuyos conocimientos o experiencia se requiera para adelantar programas o proyectos institucionales, con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes. // 23. Crear Comités, Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y funciones”;
Que el artículo 32 del mismo Decreto 249 de 2004 establece que; “El Director General podrá crear Grupos Internos de trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y funciones.”
Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 determina que: “El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuiré los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas. // Con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. // En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento.” (Negrilla fuera del texto original)
Que mediante la Resolución 0438 del 29 de marzo de 2005 se creó el Grupo de Trabajo Permanente denominado: “Grupo Integrado de Convenios y Contratos”, adscrito a la Dirección Administrativa y Financiera de la Dirección General;
Que de conformidad con el artículo 16 del Decreto 249 de 2004, son funciones de la Dirección Jurídica: “8. Emitir lineamientos para la contratación, suscripción de convenios nacionales e internacionales, contratos y demás actos administrativos, procedimientos para emisión de conceptos, gestión de procesos judiciales, cobro de obligaciones, gestión de recursos y tutelas. // 9. Revisar y actualizar en coordinación con las dependencias del SENA, los proyectos de normas internas, convenios nacionales e internacionales, contratos y demás actos administrativos que deba suscribir el Consejo Directivo Nacional y el Director General” (negrilla fuera de texto).
Que es procedente adscribir el Grupo de Convenios y Contratos a la Dirección Jurídica de la Entidad.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Adscribir a partir de la fecha a la Dirección Jurídica del SENA, el grupo de trabajo permanente denominado: “Grupo Integrado de Convenios y Contratos”; en consecuencia, las funciones asignadas a la Dirección Administrativa y Financiera en relación con este Grupo en la Resolución No 0438 de 2005, son asumidas por la Dirección Jurídica.
ARTÍCULO 2o. El Grupo Integrado de Convenios y Contratos queda conformado por los siguientes cargos y los servidores públicos que los ocupan:
Nombre | Cargo |
Liliana Herrera Leguizamón | Profesional G20 |
Carlos Emilio Burbano Barrera | Asesor G07 |
Antonio José Trujillo Hiera | Profesional G10 (E) |
María Claudia López Calle | Profesional G08 |
Blanca Cecilia Pinzón Gutiérrez | Profesional G08 |
Johanan Ardila Torres | Profesional G01 |
Luz Marina Castro Castro | Secretaria G06 |
ARTÍCULO 3o. El Director Administrativo y Financiero hará entrega al Director Jurídico mediante acta, en la que hará una relación de convenios y contratos derivados en liquidación, en ejecución y en trámite, indicando el estado en que se encuentra cada uno, con el fin de garantizar la continuidad en esas actuaciones administrativas.
ARTÍCULO 4o. Comunicar la presente Resolución a la Secretaría General, a los Directores de Área y a los Jefes de Oficina de la Dirección General, así como a los Directores Regionales y Subdirectores de Centro, para su conocimiento y aplicación.
ARTÍCULO 5o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición, modifica en lo pertinente la Resolución 0438 de 2005 y deroga las demás normas y disposiciones que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C. a los, 21 Nov. 2008
DARÍO MONTOYA MEJÍA
Director General