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ACUERDO 2 DE 1969
(enero 18)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Por el cual se establecen normas para la contratación de Profesionales Especializados
EL CONSEJO NACIONAL DEL "SENA"
CONSIDERANDO:
Que en algunas ocasiones se requiere la contratación de Profesionales para llevar la representación del SENA, por delegación del Director Nacional, ante las autoridades judiciales o administrativas, o para rendir conceptos sobre materias jurídicas o técnicas;
Que es necesario reglamentar la forma como deberán ser contratados estos profesionales,
ACUERDA:
ARTICULO 1o. La Dirección Nacional podrá solicitar los servicios de Profesionales cuando requiera de conceptos jurídicos o técnicos, o de la representación del SENA ante autoridades judiciales o administrativas, en casos especiales.
ARTICULO 2o. El Profesional escogido, en cada caso, deberá suscribir un contrato con el SENA, y el monto de los honorarios correspondientes será sometido a la ratificación del Consejo Nacional, previamente.
Este Acuerdo rige desde la fecha de su expedición.
ALBERTO RAMIREZ SANCHEZ
El secretario del Consejo