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ACUERDO 2 DE 2010

(marzo 10)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Por el cual se modifica el Presupuesto de Funcionamiento para la vigencia fiscal 2010.

Resumen de Notas de Vigencia

EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el Artículo 29 del Decreto 4730 de 2005, y del artículo 19 del Decreto 4996 de 2009, y el artículo 3o numeral 27 del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1365 del 21 de diciembre de 2009, “Por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y Ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2010”, en su artículo 1o detalla el presupuesto de Rentas y Recursos de Capital para la vigencia 2010, del cual hace parte el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA;

Que en el Decreto 4996 del 24 de diciembre de 2009, “Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2010, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos” del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA;

Que el Decreto 4730 del 28 de diciembre de 2005, “Por el cual se reglamentan normas orgánicas del presupuesto" en su artículo 29 establece: “Las modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuesta! el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda o los subprogramas de inversión aprobados por el Congreso, se realizarán mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas modificaciones se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos, o por resolución del representante legal en caso de no existir aquellas

Que el Decreto 4996 del 24 de diciembre de 2009, “Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2010, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos” en el artículo 19 autoriza al Consejo Directivo Nacional para efectuar distribuciones en el presupuesto de ingresos o gastos sin cambiar su destinación ni cuantía, las cuales requieren para su validez de la aprobación de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público;

Que en la Convención Colectiva de Trabajo entre el SENA y el Sindicato de Trabajadores Oficiales del Sena - SINTRASENA firmada el 25 de marzo de 2003 y el Acta Extraconvencional No.1 que forma parte integral de la Convención, el SENA debe cumplir con los compromisos establecidos en los artículos 18, 19, 20, 21 y 22 de la mencionada convención;

Que en el Anexo del Decreto “Por el cual se liquida ei Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2010, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos”; la distribución de los gastos apropiados al SENA en la cuenta 3-6-3-19 Otras Transferencias - Distribución Previo Concepto DGPPN por valor de NOVENTA Y TRES MILLONES DE PESOS ($93.000.000.00) M/CTE, están sujetos a previo concepto de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional, y por lo tanto es necesario modificar el Presupuesto de Funcionamiento a fin de cumplir con los compromisos establecidos en la Convención Colectiva de Trabajo vigente;

Que la Coordinadora del Grupo de Relaciones Laborales de la Dirección General del SENA, mediante certificación del 16 de febrero de 2010 hace constar que se prorroga automáticamente la vigencia de la Convención Colectiva de Trabajo del 25 de marzo de 2003, en seis (6) meses más, hasta el 30 de junio de 2010.

Que previo estudio de viabilidad efectuado por la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo de la Entidad, el Director General del SENA propone al Consejo Directivo Nacional la modificación presupuestal señalada en el presente Acuerdo;

Que en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO. Distribuir en el Presupuesto de Egresos Ley de Funcionamiento del SENA para la vigencia fiscal de 2010, la suma de SESENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SEIS PESOS ($62.257.406,00) M/CTE., en las siguientes Cuentas, Subcuentas, Objeto del Gasto, Ordinal, Subordinal, Recurso y valor en pesos:

CTA.SUBCOBJGORDSUBORRECCONCEPTOVALOR
   A- FUNCIONAMIENTO62.257.406,00
3  TRANSFERENCIAS CORRIENTES62257.406,00
36  OTRAS TRANSFERENCIAS62257.406,00
363 DESTINATARIOS DE LAS OTRAS TRANSFERENCIAS
CORRIENTES
62257.406,00
36319 OTRAS TRANSFERENCIAS - DISTRIBUCION PREVIO CONCEPTO
DGPPN
62257.406,00
363191AUXILIO SINDICAL62.257.406,00
  27RENTAS PARAFISCALES62.257.406,00
   TOTAL DISTRIBUCIÓN62257.406,00
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ARTICULO SEGUNDO. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y aprobación de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional de Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., el

PIEDAD GOMEZ ANGEL

Presidente del Consejo

Viceministra de Relaciones Laborales

JUAN BAYONA FERREIRA

Secretario del Consejo

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/ACUERDO_SENA_0002_2010.pdf>

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
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Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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