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ACUERDO 04 DE 2023

(mayo 2)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Por la cual se efectúa una modificación al anexo del Decreto de Liquidación en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA para la vigencia fiscal 2023.

EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL

En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el Artículo 2.8.1.5.6 del Decreto 1068 de 2015, modificado por el artículo 8o del Decreto 412 de 2018, el artículo 19 del Decreto 2590 de 2022, el numeral 27 del Artículo 3 del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO

Que mediante el Decreto 2590 de 2022 “Por el cual se liquida el presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2023, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos”, se establecieron las apropiaciones presupuéstales para funcionamiento e inversión del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.

Que el Artículo 2.8.1.5.6. del Decreto 1068 de 2015 modificado por el artículo 8o del Decreto 412 de 2018 establece: “Las modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda o los programas y subprogramas de inversión aprobados por el Congreso de la República, se realizarán mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas modificaciones se harán por Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos, o por Resolución del Representante Legal en caso de no existir aquellas.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, aprobará las operaciones presupuéstales contenidas en las resoluciones o acuerdos una vez se realice el registro de las solicitudes en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación.

Si se trata de gastos de inversión, la aprobación requerirá previo concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación- Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas-sobre las operaciones presupuéstales contenidas en los proyectos de resoluciones o acuerdos y verificación del registro de las solicitudes en el Sistema Unificado de Inversión y Finanzas Públicas SUIFP...”

Que la Dirección de Programación de Inversiones Públicas del Departamento Nacional de Planeación, mediante oficio No. (20234300000226) del 13 de abril de 2023, emitió concepto favorable sobre el Traslado de recursos por la suma de CIENTO NOVENTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS PESOS ($192.172.336.500.00) m/cte en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.

Que la coordinadora del grupo de presupuesto del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No 123, del 10 de marzo de 2023 por la suma de CIENTO NOVENTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS PESOS ($192.172.336.500.00) m/cte.

Que la Memoria Justificativa, los conceptos técnicos y la justificación técnica hacen parte integral del presente acuerdo.

Que en mérito de lo expuesto,

ACUERDA

ARTÍCULO 1. Efectuar la siguiente modificación al anexo del Decreto de Liquidación, en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA para la Vigencia Fiscal 2023:

$Corrientes

PROGSUB
PROG
PROYRECSITDESCRIPCIONCONTRA CREDITOCREDITO
3603

 Formación para el Trabajo192.172.336.500192.172.336.500
36031300


Intersubsectorial Trabajo y Bienestar Social
192.172.336.500
192.172.336.500
360313001410CSFMejoramiento del Servicio de Formación Profesional del SENA Nacional
192.172.336.500

360313001510CSFFortalecimiento del Servicio de formación profesional del Sena
192.172.336.500
TOTAL192.172.336.500192.172.336.500

ARTÍCULO 2. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, y requiere para su validez de la aprobación de la operación presupuestal por parte de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., el 02 MAY 2023

GLORIA lNES RAMIREZ RIOS
PRESIDENTE DEL CONSEJO
MINISTRA DEL TRABAJO

LYDA ZAMIRA GONZALEZ LOPEZ

SECRETARIA DEL CONSEJO

Bogotá, 13 de abril de 2023

Doctor(a)

MARÍA NANCY AZUCENA PEREZ LIZARAZO

Jefe Oficina de Planeación

Servicio Nacional De Aprendizaje- Sena

Calle 57 8-69 Torre central piso 5 Código Postal 110321

Bogotá, D.C.

Asunto: Concepto Traslado de Recursos EJ-TP-TO-360200-0001

Apreciado(a) Doctor(a):

En atención a la solicitud de trámite presupuestal del Servicio Nacional De Aprendizaje- Sena, recibida el 13 de abril de 2023, con radicado DNP No 20234300280662, me permito comunicarle que el Departamento Nacional de Planeación emite concepto favorable sobre el Traslado de recursos por $192,172,336,500.00 en el Presupuesto de Gastos de Inversión de esa Entidad provenientes de Nación.

El traslado se efectuará de la siguiente manera:

CONTRACRÉDITO

Sección
Programa
Subprograma

Proyecto
3602003603
1300

0014
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE (SENA)
FORMACIÓN PARA EL TRABAJO
" INTERSUBSECTORIÁL TRABAJO Y BIENESTAR SOCIAL
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE FORMACIÓN
PROFESIONAL DEL SENA NACIONAL
RecursosValor
10 - Recursos corrientes     $192,172,336,500.00
TOTAL CRÉDITO                                       $192,172,336,500.00

CRÉDITO


Sección
360200SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE (SENA)

Programa
3603FORMACIÓN PARA EL TRABAJO

Subprograma

1300

INTERSUBSECTORIAL TRABAJO Y BIENESTAR SOCIAL

Proyecto

0015

FORTALECIMIENTO DEL SERVICIO DE FORMACIÓN PROFESIONAL DEL SENA NACIONAL

Recursos Valor

10 - Recursos corrientes $192,172,336,500.00

TOTAL CRÉDITO $192,172,336,500.00

De acuerdo con la información remitida por la Entidad y los conceptos técnicos favorables de la Oficina de Planeación del Ministerio del Trabajo y la Dirección Técnica del DNP, este traslado se solicita con el fin de contratar la prestación de servicios integrales de interoperabilidad, integración, administración, gestión, actualización y evolución de los servicios de Tecnologías de la Información y Comunicaciones-TIC del SENA. Adicionalmente, contratar los servicios de un Contact-center con el propósito de brindar atención de primer y segundo nivel, así como de back office hacia clientes internos y externos a nivel nacional. Es importante anotar, que este traslado de recursos no afecta el cumplimiento de los objetivos y metas del proyecto contra reditado.

La presente modificación presupuestal está amparada en el siguiente certificado de disponibilidad presupuestal:

CDP

NúmeroFechaValor $
12310 de marzo de 2023192,172,336,500.00

El presente concepto se emite con el fin de que el Servicio Nacional de Aprendizaje-SENA continúe con los trámites pertinentes ante la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Cordial saludo,

YESID PARRA VERA

Director de Programación de Inversiones Públicas

DNP - Departamento Nacional de Planeación

Copia:

Doctora CLAUDIA MARCELA NUMA PAEZ

Directora General del Presupuesto Público Nacional MHCP-MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO - GESTION GENERAL Doctor Cesar Augusto Merchán

DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN - SUBDIRECCIÓN DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Preparó: Luz Mery:Heredia Arévalo Revisó: Diana Ximena:Mendoza Pescador

1. INFORMACIÓN GENERAL      
TEMAA APROBARPROYECTO DE ACUERDO DE MODIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO DÉ INVERSIÓN 2023.



Normatividad que faculta al Consejo paca aprobar el tema

































Dependencia que presenta el tema
El artículo 2.8.1.5.6 del Decreto 1068 del 26 de mayo de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público”, modificado por el artículo 8o del Decreto 412 de 2018 determina lo siguiente:
“Las modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda o los programas y subprogramas de inversión aprobados por el Congreso de la República, se realizarán mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas modificaciones se harán por resolución o acuerdo de las juntas o Consejos Directivos, o por resolución del representante legal en caso de no existir aquellas. // El Ministerio de Hacienda y crédito público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, aprobará las operaciones presupuéstales contenidas en las resoluciones o acuerdos una vez se realice el registro de las solicitudes en el Sistema integrado de Información Financiera SIIF Nación. // Si se trata de gastos de inversión, la aprobación requerirá previo concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación (...)”.

El Decreto 2590 de 2022 “Por el cual se liquida el presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2023, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos”, en el artículo 19, se establece que “se podrán hacer distribuciones en el presupuesto de ingresos y gastos, sin cambiar su destinación, mediante resolución suscrita por el jefe del respectivo órgano. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas distribuciones se harán por resolución o acuerdo de las juntas o consejos directivos. Si no existen juntas o consejos directivos, lo hará el representante legal de estos. Estas operaciones presupuéstales se someterán a la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, y tratándose de gastos de inversión, requerirán el concepto previo favorable del Departamento Nacional de Planeación - Dirección de Programación de Inversiones Públicas. Los jefes de los órganos responderán por la legalidad de los actos en mención (...)”

El Decreto 249 de 2004“Por el cual se modifica la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA.” en el artículo 3o Funciones del Consejo Directivo Nacional, señala que “Además de las señaladas en el artículo 76 de la Ley 489 de 1998, son funciones del Consejo Directivo Nacional: (...) 27. Las demás que le sean asignadas.

Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo - Grupo Planeación Operativa

2. CONTEXTUALIZACIÓN DEL TEMA

1. El Gobierno Nacional expidió el Decreto 2593 del 23 de diciembre 2022, “Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2023, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos”, desagregando en su Anexo el Presupuesto de Inversión la Sección 3602 - Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).

2. Mediante comunicación interna radicada con CPE No. 01-9-2023-014578 del 21 de marzo de 2023 y mediante correo del 22 de marzo de 2023 se recibe el documento ajustado, donde la Oficina de Sistemas solicita a la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo iniciar el trámite de vigencia futura para los años 2023 al 2026 para la licitación de la contratación de los servicios TIC por un valor de $1.162.064.284.145, con el fin de que permita garantizar la interoperabilidad, integración, administración, gestión, actualización y evolución de servicios de Tecnologías de la Información y Comunicaciones - TIC, para su el correcto funcionamiento de manera continua y permanente en las 467 sedes del SENA y lugares en los que Cumpla funciones a su cargo y aquellos servicios y bienes conexos y complementarios necesarios para la operación del servicio.

3. Mediante Circular 0026-4 del 19 de diciembre de 2022 expedida por el Departamento Nacional de Planeación con asunto: “CIERRE FISCAL VIGENCIA 2022 E INICIO DE EJECUCIÓN DE LA- VIGENCIA 2023”, se atienden orientaciones y se procede a formular un nuevo proyecto de inversión para la Entidad el cual soporte el trámite presupuestal solicitado por la oficina de Sistemas. Para tal efecto se adelantan las gestiones con apoyo del Ministerio de Trabajo y Departamento Nacional de Planeación, lo cual da como resultado el nuevo proyecto inversión: Fortalecimiento del Servicio de Formación Profesional del Sena Nacional.

4. Para tal efecto se adelantan las gestiones con apoyo del Ministerio de Trabajo y Departamento Nacional de Planeación, lo cual da como resultado el nuevo proyecto inversión: Fortalecimiento del Servicio de Formación Profesional del Sena Nacional. Que se requiere realizar traslado de recursos del proyecto de inversión: Mejoramiento del servicio de formación profesional del Sena Nacional C-3603-1300-14 al nuevo proyecto de inversión: C-3603-1300-15 Fortalecimiento del Servicio de Formación Profesional del Sena Nacional, por valor de $192.172.336.500, para dar inicio al trámite presupuestal de vigencias futuras solicitado por la oficina de Sistemas.

5. Que en el proyecto de inversión C-3603-1300-14 Mejoramiento del servicio de formación profesional del Sena Nacional, se apropiaron recursos por valor de TRES BILLONES CIENTO CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES OCHENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS ($3.142.294.081.842) M/cte. Dicho proyecto de inversión con corte al cierre de febrero de 2023 se encuentra ejecutado en un 28,99%, por lo tanto, permite realizar el traslado requerido por valor de CIENTO NOVENTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS PESOS ($192.172.336.500) m/cte, sin afectar el cumplimiento de metas y operatividad de la Entidad para lo que resta de la vigencia.

6. Por lo anteriormente expuesto, se requiere trasladar del proyecto de inversión: C-3603-1300-14 Mejoramiento del servicio de formación profesional del Sena Nacional al proyecto de inversión: C-3603-1300-15 Fortalecimiento del Servicio de Formación Profesional del Sena Nacional, la suma de CIENTO NOVENTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS PESOS ($192.172.336.500) m/cte, para soportar el trámite solicitado por la oficina de Sistemas, lo cual permitirá garantizar la interoperabilidad, integración, administración, gestión, actualización y evolución de servicios de Tecnologías de la Información y Comunicaciones - _TIC y contact center, para su correcto funcionamiento de manera continua y permanente en todas las sedes del SENA, que a su vez aportará al cumplimiento de metas de formación profesional y los diferentes servicios que presta el Sena.

7. El Gobierno Nacional expidió el Decreto 2593 del 23 de diciembre 2022, “Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2023, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos”, desagregando en su Anexo el Presupuesto de Inversión la Sección 3602 - Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).

8. Que la Dirección de Programación de Inversiones Públicas del Departamento Nacional de Planeación, mediante oficio No. (20234300000226) del (13) de abril de 2023, emitió concepto favorable sobre el Traslado de recursos por la suma de CIENTO NOVENTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS PESOS ($192.172.336.500) m/cte en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.

9. Que la coordinadora del grupo de presupuesto del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No 123, de marzo 10 de 2023 por la suma de CIENTO NOVENTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS PESOS ($192.172.336.500) m/cte.

10. El presente traslado no está en contravía de la austeridad en el gasto definida en el artículo 19 de la ley 2155 de 2021, el Decreto 444 de 2023 y la Directiva Presidencial No. 02 de 2023, puesto que los recursos objeto del traslado presupuestal no hacen parte de los conceptos de restricción de austeridad mencionados en las citadas normas; y el trámite presupuestal solicitado por la Oficina de Sistemas es necesario para el cumplimiento de los objetivos misionales, se requiere continuar con el modelo de operación actual puesto que las exigencias técnicas y tecnológicas, actuales y futuras, imponen a la entidad una prestación de servicios que optimice recursos y busque el cumplimiento de los objetivos misionales de forma oportuna, razón por la cual es menester dar continuidad a los servicios TIC y contact center que hasta la fecha se prestan en el SENA.

3. JUSTIFICACIÓN DEL TEMA

- Se requiere garantizar la prestación de servicios integrales que garanticen la interoperabilidad, integración, administración, gestión, actualización y evolución de servicios de Tecnologías de la Información y Comunicaciones - TIC, para su correcto funcionamiento de manera continua y permanente en todas las sedes del SENA, cuyo proceso se ampara con trámite presupuestal de vigencias futuras solicitado por la oficina de Sistemas.

- El Acuerdo deberá contar con la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, respecto de su artículo primero, de conformidad con lo señalado en el artículo 2.8.1.5.6 del Decreto 1068 de 2015, modificado por el artículo 8o del Decreto 412 de 2018.

4. SOLICITUD CONCRETA AL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL DEL SENA

- Aprobar el Acuerdo ''Por el cual se efectúa una modificación al anexo del Decreto de Liquidación en el Presupuesto de Gastos de Inversión, del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA para la vigencia fiscal 2023". Para garantizar la prestación de servicios integrales que garanticen la interoperabilidad, integración, administración, gestión, actualización y evolución de servicios de Tecnologías de la Información y Comunicaciones - TIC y contact center, para su correcto funcionamiento de manera continua y permanente en todas las sedes del SENA.

FORMATO DE MEMORIA JUSTIFICATIVA


l.Proyecto de Normatividad
Acuerdo "Por el cual se efectúa una modificación al anexo del Decreto de Liquidación en el Presupuesto de Gastos de inversión, del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA para la vigencia fiscal 2023."
2.Dependencia o Grupo responsableDirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo
3.Fecha de elaboraciónMarzo 22/2023

4.Documentos base aportados
Mediante comunicación interna radicada con CPE No. 01-9- 2023-014578 del 21 de marzo de 2023 y mediante correo del 22 de marzo de 2023 se recibe el documento ajustado, para iniciar el trámite de vigencia futura para la contratación de los servicios TIC por un valor de $ 1.162.064.284.145
Radicado CPE No. 20234300000226 de 13 de abril de 2023 del DNP aprobando la modificación propuesta en el acuerdo.
Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 123 de 10 de marzo de 2023.

I. ANTECEDENTES, OPORTUNIDAD Y CONVENIENCIA

A. ANTECEDENTES:


1. El Gobierno Nacional expidió el Decreto 2590 del 23 de diciembre 2022, "Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2023, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos", desagregando en su Anexo el Presupuesto de Funcionamiento de la Sección 3602 - Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).


2. La oficina de Sistemas contempla en su plan estratégico de las tecnologías de la información (PETI), en el marco de referencia del Min Tic, soportar y apoyara la Entidad en la materialización eficaz y eficiente de su misión, obtención de su visión, las actividades, servicios, plataforma tecnológica y demás recursos necesarios para ofrecer los servicios a sus usuarios, donde para la realización de su misión se requiere de los siguientes servicios: conectividad, internet, servicios de telecomunicaciones, soporte, seguridad energética, entre otros.


Para la prestación de los servicios de tecnologías de la información, el SENA a través de la oficina de Sistemas tiene la facultad y necesidad de contratar la prestación de servicios de tecnologías de la información y. las comunicaciones integrales, que garanticen la prestación la interoperabilidad, integración, administración, gestión, actualización y evolución TIC, para su correcto funcionamiento, de manera continua e ininterrumpida en las 467 sedes y lugares en los que el SENA preste sus servicios del portafolio de la Entidad, de manera que cumpla con las funciones de dar apoyo tecnológico, servicios de TIC y Contac center, bienes conexos y complementarios necesarios para la operación.

3. Mediante comunicación interna radicada con CPE No. 01-9-2023-014578 del 21 de marzo de 2023 y mediante correo del 22 de marzo de 2023 se recibe el documento ajustado, donde la Oficina de Sistemas solicita a la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo iniciar el trámite de vigencia futura para los años 2023 al 2026 para la licitación de la contratación de los servicios TIC por un valor de $1.162.064.284.145, que permita garantizar la interoperabilidad, integración, administración, gestión, actualización y evolución de servicios de Tecnologías de la Información y Comunicaciones - TIC, para su correcto funcionamiento de manera continua y permanente en las 467 sedes del SENA y lugares en los que cumpla funciones a su cargo y aquellos servicios y bienes conexos y complementarios necesarios para la operación del servicio.

4. Se requiere realizar traslado de recursos del proyecto de inversión: 3603-1300-14-10 Mejoramiento del Servicio de Formación Profesional del SENA Nacional la suma de CIENTO NOVENTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS PESOS ($192.172.336.500) m/cte, al nuevo proyecto del programa 3603-1300-15- 10 Fortalecimiento del Servicio de formación profesional del Sena, para dar inicio al trámite presupuestal de vigencias futuras solicitado por la oficina de Sistemas para garantizar la prestación de servicios integrales que garanticen la interoperabilidad, integración, administración, gestión, actualización y evolución de servicios de Tecnologías de la Información y Comunicaciones-TIC y contact center, para su correcto funcionamiento de manera continua y permanente en todas las sedes del SENA, la modificación anterior no implica modificar las metas.

5. Que la Dirección de Programación de Inversiones Públicas del Departamento Nacional de Planeación, mediante oficio No. (20234300000226) del (13) de abril de 2023, emitió concepto favorable sobre el Traslado de recursos por la suma de CIENTO NOVENTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS PESOS ($192.172.336.500) m/cte en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.

6. Que la coordinadora del grupo de presupuesto del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal N2 123, de marzo 10 de 2023 por la suma de CIENTO NOVENTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS PESOS ($192.172.336.500) m/cte.

7. El presente traslado no está en contravía de la austeridad en el gasto definida en el artículo 19 de la ley 2155 de 2021, el Decreto 444 de 2023 y la Directiva Presidencial No. 02 de 2023, puesto que los rubros objeto de adición presupuestal no hacen parte de los conceptos de restricción de austeridad mencionados en las citadas normas.

1. Por lo anterior, se requiere efectuar la siguiente modificación al anexo del Decreto de Liquidación, en el Presupuesto de Gastos de inversión del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA para la Vigencia Fiscal 2023:

SCorrientes

PROGSUB
PROG
PROYRECSITDESCRIPCIONCONTRACREDITOCREDITO
3603  Formación para el Trabajo192.172.336.500192.172.336.500
36031300 Intersubsectorial Trabajo y Bienestar Social192.172.336.500192.172.336.500
PROGSUB
PROG
PROYRECSITDESCRIPCIONCONTRACREDITOCREDITO
360313001410CSFMejoramiento del Servicio de Formación Profesional del SENA Nacional192.172.336.500
360313001510CSFFortalecimiento del Servicio de formación profesional del Sena192.172.336.500
TOTAL192.172,336.500192.172.336.500

2. Que el SENA cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 123, de marzo 10 de 2023, por valor de $192.172.336.500 m/Cte, para garantizar la existencia de apropiación  suficiente para atender el traslado de recursos de inversión.

B. RAZONES DE OPORTUNIDAD Y CONVENIENCIA:

Se hace necesario modificar el presupuesto de inversión del SENA para la vigencia 2023, con el fin de dar inicio al trámite presupuestal de vigencias futuras solicitado por la oficina de Sistemas para garantizar la prestación de servicios integrales que garanticen la interoperabilidad, integración, administración, gestión, actualización y evolución de servicios de Tecnologías de la Información y Comunicaciones - TIC, para su correcto funcionamiento de manera continua y permanente en todas las sedes del SENA.

El Acuerdo deberá contar con la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, respecto de su artículo primero, de conformidad con lo señalado en el artículo 2.8.1.5.6 del Decreto 1068 de 2015, modificado por el artículo 8 del Decreto 412 de 2018.

II. AMBITO DE APLICACIÓN Y SUJETO A QUIEN VA DIRIGIDO

1. Va dirigido a cumplir con la operación normal, ininterrumpida y adecuada de los Servicios TIC de la entidad.

III. VIABILIDAD JURÍDICA

1. Análisis de normas que otorgan competencia para la expedición del acto.Decreto 249 de 2004, artículo 3o. Funciones del Consejo Directivo Nacional. Además de las señaladas en el artículo 76 de la Ley 489 de 1998, son funciones del Consejo Directivo Nacional: (...) 27. Las demás que le sean asignadas.

El Decreto 1068 del 26 de mayo de 2015 Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público", Artículo 2.8.1.5.6, modificado por el artículo 8 del Decreto 412 de 2018, señala que "Las modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda o los programas y subprogramas de inversión aprobados por el Congreso de la República, se realizarán mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas modificaciones se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos, o por resolución del representante legal en caso de no existir aquellas. //El Ministerio de Hacienda y crédito público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, aprobará las operaciones presupuestales contenidas en las resoluciones o acuerdos una vez se realice el registro de las solicitudes en el Sistema integrado de Información Financiera SIIF Nación. // Si se trata de gastos de inversión, la aprobación requerirá previo concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación (...)".

Decreto 2590 del 23 de diciembre de 2022 en el artículo 19, determina que “se podrán hacer distribuciones en el presupuesto de ingresos y gastos, sin cambiar su destinación, mediante resolución suscrita por el jefe del respectivo órgano. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas distribuciones se harán por resolución o acuerdo de las juntas o consejos directivos. Si no existen juntas o consejos directivos, lo hará el representante legal de estos. Estas operaciones presupuestales se someterán a la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, y tratándose de gastos de inversión, requerirán el concepto previo favorable del Departamento Nacional de Planeación - Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas. //Los jefes de los órganos responderán por la legalidad de los actos en mención. (...)
2. La vigencia de la ley o norma reglamentada o desarrollada.La Ley 2276 del 29 de noviembre de 2022, "Por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 2023", el Decreto 1068 del 26 de mayo de 2015 modificado por el Decreto 412 de 2018 y el Decreto 2590 del 23 de diciembre de 2022.
3. Disposiciones derogadas, subrogadas, modificadas, adicionadas o sustituidas, estos efectos se producen con la expedición respectivo acto.Con la expedición de este Acuerdo no se está derogando ni modificando otra norma Interna.
4. Revisión y análisis de decisiones judiciales de los órganos de cierre de cada jurisdicción que pudieran tener impacto o ser relevantes para la expedición del acto.N/A
5. Otras circunstancias jurídicas relevantes para la expedición del actoQue de acuerdo con el artículo 19 de la ley 2155 de 2021, el Decreto 444 de 2023 y la Directiva Presidencial No. 02 de 2023, que los rubros objeto de adición presupuestal no hacen parte de los conceptos de restricción de austeridad mencionados en las citadas normas.

IV. IMPACTO ECONÓMICO DE LA DECISIÓN

Se contra reditará el presupuesto al anexo del Decreto de Liquidación para la vigencia fiscal de 2023 por valor de CIENTO NOVENTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS PESOS ($192.172.336.500) m/cte, en los siguientes programas, subprogramas, proyectos, recursos y valor en pesos:

SCorrientes

PROGSUB
PROG
PROYRECSITDESCRIPCIONCONTRACREDITOCREDITO
3603  Formación para el Trabajo192.172.336.500
36031300 Intersubsectorial Trabajo y Bienestar Social192.172.336.500
360313001410CSFMejoramiento del Servicio de Formación Profesional del SENA Nacional192.172.336.500

Así mismo se acreditará el presupuesto al anexo del Decreto de Liquidación para la vigencia fiscal de 2023 por valor de CIENTO NOVENTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS PESOS ($192.172.336.500) m/cte, en los siguientes programas, subprogramas, proyectos, recursos y valor en pesos:

SCorrientes

PROGSUB
PROG
PROYRECSITDESCRIPCIONCONTRACREDITOCREDITO
3603  Formación para el Trabajo192.172.336.500
36031300 Intersubsectorial Trabajo y Bienestar Social192.172.336.500
360313001510CSFFortalecimiento del Servicio de formación profesional del Sena192.172.336.500

V. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL

Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 123, de marzo 10 de 2023, por valor de CIENTO NOVENTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS PESOS ($192.172.336.500) m/cte. para garantizar la existencia de apropiación suficiente para atender la modificación del presupuesto.

VI. IMPACTO MEDIOAMBIENTAL O SOBRE EL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN

La expedición e implementación del Acuerdo no genera impacto ambiental ni sobre el patrimonio cultural de la Nación, porque su contenido se limita a modificar el presupuesto de inversión y esté no tiene impacto sobre el medio ambiente ni el patrimonio cultural de la nación.

Vil. CONSULTAS Y PUBLICIDAD

1. Consulta previa: N/A

2. Publicidad: De conformidad con lo establecido en el artículo 8 - numeral 8 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), no es necesario su publicación en razón a que no es un acto administrativo de carácter regulatorio.

VIII. ASPECTOS ADICIONALES RELEVANTES

Además de las consideraciones y argumentos expresados anteriormente en este documento, el SENA no considera relevante o importante otro aspecto para que se profiera el Acuerdo.

IX. RAZONES PARA EXPEDIR NUEVO ACTO E IMPACTO EN LA SEGURIDAD JURÍDICA

Además de las consideraciones y argumentos expresados anteriormente en este documento, el SENA no considera relevante o importante otro aspecto para que se profiera el Acuerdo.

X. SÍNTESIS DE LAS OBSERVACIONES Y COMENTARIOS DE LOS CIUDADANOS Y DE LOS GRUPOS DE INTERÉS AL PROYECTO ESPECIFICO DE REGULACIÓN

N/A

XI. INFORME GLOBAL CON LA EVALUACIÓN POR CATEGORÍAS, DE LAS OBSERVACIONES Y COMENTARIOS DE LOS CIUDADANOS Y GRUPOS DE INTERÉS

N/A

XII. EL PROYECTO CUMPLE CON LAS DIRECTRICES DE TÉCNICA NORMATIVA PREVISTAS EN EL DECRETO No. 1609 de 2015 Y EL DECRETO No. 270 DE 2017:


SI X NO _

XIII. ANEXOS

Informe de observaciones y respuestasN/A
Otro ¿Cuál?N/A

MARIA NANCY AZUCENA PEREZ LIZARAZO

Directora de Planeación y Direccionamiento Corporativo

JUSTIFICACIÓN TÉCNICA

TRASLADO ORDINARIO ENTRE GASTOS DE INVERSIÓN DEL SENA PARA LA VIGENCIA

2023

DIRECCIÓN GENERAL

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA
Bogotá
Marzo 2023

JUSTIFICACIÓN PARA ADELANTAR TRASLADO PRESUPUESTAL ORDINARIO DE GASTOS DE INVERSIÓN - VIGENCIA 2023

EL SENA solicita realizar la siguiente modificación presupuestal de vigencia 2023 a partir de las siguientes consideraciones:

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 2590 del 23 de diciembre 2022, "Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2023, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos", desagregando en su Anexo el Presupuesto de inversión de la Sección 3602 - Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA). '

El SENA está encargado de cumplir la función que le corresponde al Estado de invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos, ofreciendo y ejecutando la formación profesional integral, para la incorporación y el desarrollo de las personas en actividades productivas que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico del país (Ley 119/1994).

Para continuar con el cumplimiento con lo anteriormente mencionado, el Sena se encuentra en proceso de formulación de nuevos proyectos de inversión atendiendo orientaciones brindadas por el Departamento Nacional de Planeación, con el fin de ajustarlos y poder atender las nuevas bases del Plan Nacional de Desarrollo y estrategias del Gobierno Nacional, se procede a la formulación del nuevo proyecto de inversión denominado: Fortalecimiento del Servicio de Formación Profesional del Sena Nacional, mediante el cual se atienden y se da cumplimiento a las metas de formación profesional a nivel Nacional, cuyo proyecto es el de más alto impacto de la Entidad por garantizar el porcentaje mayor de la misionalidad incluyendo toda su operatividad.

Adicionalmente, como parte de la misionalidad del SENA, la oficina de Sistemas contempla en su plan estratégico de las tecnologías de la información (PETI), en el marco de referencia del Min Tic, soportar y apoyar a la Entidad en la materialización eficaz y eficiente de su misión, obtención de su visión, las actividades, servicios, plataforma tecnológica y demás recursos necesarios para ofrecer los servicios a sus usuarios, donde para la realización de su misión se requiere de los siguientes servicios: conectividad, internet, servicios de telecomunicaciones, soporte, seguridad energética, entre otros.

Para la prestación de los servicios de tecnologías de la información, el SENA a través de la oficina de Sistemas tiene la facultad y necesidad de contratar la prestación de servicios de tecnologías de la información y las comunicaciones integrales, que garanticen la prestación la interoperabilidad, integración, administración, gestión, actualización y evolución TIC, para su correcto funcionamiento, de manera continua e ininterrumpida en las sedes y lugares en los que el SENA preste sus servicios del portafolio de la Entidad.

Así mismo, dentro de los servicios TIC se contempla que la Entidad requiere contar con los servicios de un Contac- Center con el propósito de brindar atención de primer y segundo nivel, así como de back office hacia clientes internos y externos a nivel nacional, que contemple como mínimo los servicios de telefonía (atención de llamadas entrantes y salientes), Conmutador Nacional (transferencia de llamadas), chat, correo electrónico y mensajes de texto (SMS) gestión de formularios de contacto, atención a través de video chats, redes sociales, retención, encuestas de satisfacción al cliente, elaboración y mantenimiento de bases de datos, investigación de mercados, auditorias telefónicas, ventas, concertación de citas y demás servicios funcionales requeridos por la Entidad.

Lo que con lleva con que garantizar estos dos servicios aporten a cumplir con las funciones de dar apoyo tecnológico, servicios de TIC, bienes conexos y complementarios necesarios para la operación.

Mediante comunicación interna radicada con CPE No. 01-9-2023-014578 del 21 de marzo de 2023 y mediante correo del 22 de marzo de 2023 se recibe el documento ajustado, donde la Oficina de Sistemas solicita a la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo iniciar el trámite de vigencia futura para los años 2023 al 2026 para la licitación de la contratación de los servicios TIC por un valor de $1.162.064.284.145, que permita garantizar la interoperabilidad, integración, administración, gestión, actualización y evolución de servicios de Tecnologías de la Información y Comunicaciones - TIC, para su correcto funcionamiento de manera continua y permanente en las sedes del SENA y lugares en los que cumpla funciones a su cargo y aquellos servicios y bienes conexos y complementarios necesarios para la operación del servicio.

Por tal razón, para soportar el trámite solicitado por la oficina de Sistemas se requiere realizar traslado de recursos del proyecto de inversión: Mejoramiento del servicio de formación profesional del Sena Nacional C-3603-1300-14 al nuevo proyecto de inversión: Fortalecimiento del Servicio de Formación Profesional del Sena Nacional C-3603-1300-15, por valor de $192.172.336.500, lo cual permitirá garantizar la interoperabilidad, integración, administración, gestión, actualización y evolución de servicios de Tecnologías de la Información y Comunicaciones - TIC, para su correcto funcionamiento de manera continua y permanente en todas las sedes del SENA, que a su vez aportará al cumplimiento de metas de formación profesional y los diferentes servicios que presta el Sena.

Es importante resaltar que el traslado de recursos solicitado no afecta el cumplimiento de metas de formación profesional ni en sus indicadores de producto para la vigencia 2023 del proyecto que contracredita los recursos, ya que son gastos estipulados y definidos en la cadena de valor del proyecto mencionado.

JUSTIFICACIÓN DE CONCEPTOS QUE SE CONTRACREDITARÁN Y ACREDITAN:

El Anexo del Decreto 2590 del 23 de diciembre 2022 "Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2023, se detallan apropiaciones y se clasifican y definen los gastos"; apropió para el SENA, en el programa 3603-1300-14-Mejoramiento del Servicio de Formación Profesional del SENA Nacional, un valor de TRES BILLONES CIENTO CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES OCHENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS ($3.142.294.081.842) M/cte.

Se requiere trasladar al programa 3603-1300-15 Fortalecimiento del Servicio de formación profesional del Sena Nacional la suma de CIENTO NOVENTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS PESOS ($192.172.336.500) m/cte, con el fin de garantizar la prestación de servicios integrales que garanticen la interoperabilidad, integración, administración, gestión, actualización y evolución de servicios de Tecnologías de la Información y Comunicaciones - TIC, para su correcto funcionamiento de manera continua y permanente en todas las sedes del SENA, cuyo proceso se ampara con trámite presupuestal de vigencias futuras solicitado por la oficina de Sistemas.

TRASLADO:

Acorde a lo expresado en la justificación, el SENA requiere realizar modificaciones al presupuesto de inversión en las partidas registradas en el Decreto 2590 del 23 de diciembre 2022, en la Sección 3602 - Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), en las siguientes cuantías:

Contracreditar el presupuesto del anexo del Decreto de Liquidación para la vigencia fiscal de 2023 por valor de CIENTO NOVENTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS PESOS ($192.172.336.500) m/cte, en los siguientes programas, subprogramas, proyectos, recursos y valor en pesos:

SCorrientes

PROGSUB
PROG
PROYRECSITDESCRIPCIONCONTRACREDITO
3603  Formación para el Trabajo192.172.336.500
36031300 Intersubsectorial Trabajo y Bienestar Social192.172.336.500
360313001410CSFMejoramiento del Servicio de Formación Profesional del SENA Nacional192.172.336.500

Acreditar el presupuesto del anexo del Decreto de Liquidación para la vigencia fiscal de 2023 por valor de CIENTO NOVENTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS PESOS ($192.172.336.500) m/cte, en los siguientes programas, subprogramas, proyectos, recursos y valor en pesos:

SCorríentes

PROGSUB
PROG
PROYRECSITDESCRIPCIONCREDITO
3603  Formación para el Trabajo192.172.336.500
36031300 Intersubsectorial Trabajo y Bienestar Social192.172.336.500
360313001510CSFFortalecimiento del Servició de formación profesional del Sena192.172.336.500

Los dos proyectos de inversión cuentan con su correspondiente actualización a través de la plataforma correspondiente contando con la viabilidad pertinente.

El presente traslado no está en contravía de la austeridad en el gasto definida en el artículo 19 de la ley 2155 de 2021, el Decreto 444 de 2023 y la Directiva Presidencial No. 02 de 2023, puesto que los rubros objeto de adición presupuestal no hacen parte de los conceptos de restricción de austeridad mencionados en las citadas normas.

Cordialmente,

MARÍA NANCY AZUCENA PÉREZ LIZARAZO
DIRECTORA DE PLANEACIÓN Y DIRECCIONAMIENTO CORPORATIVO

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
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Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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