Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

ACUERDO 5 DE 2018

(octubre 17)

Diario Oficial No. 50.764 de 1 de noviembre de 2018

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Por el cual se emiten disposiciones sobre la “Política de Integridad” y el “Código de Integridad” para el Sena y se deroga el Acuerdo número 002 de 2017.

EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE (SENA),

en ejercicio de sus facultades legales y reglamentaria, en especial las que le confiere el artículo 10 de la Ley 119 de 1994, el artículo 3o del Decreto número 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones;

Que de conformidad con el artículo 1o de la Ley 119 de 1994, “El Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), es un establecimiento público del orden nacional con personería jurídica, patrimonio propio e independiente, y autonomía administrativa, adscrito al” hoy Ministerio del Trabajo;

Que la Ley 1753 de 2015, “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país””, dispuso en su artículo 133 la integración “en un solo Sistema de Gestión”, de “los Sistemas de Gestión de la Calidad de que trata la Ley 872 de 2003 y de Desarrollo Administrativo de que trata la Ley 489 de 1998. El Sistema de Gestión deberá articularse con los Sistemas Nacional e Institucional de Control Interno consagrado en la Ley 87 de 1993 y en los artículos 27 al 29 de la Ley 489 de 1998, de tal manera que permita el fortalecimiento de los mecanismos, métodos y procedimientos de control al interior de los organismos y entidades del Estado”;

Que mediante el Decreto número 1499 de 2017, “Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015”, el Gobierno nacional reglamentó el Sistema de Gestión y su articulación con el Sistema de Control Interno, sustituyendo el Título 22 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1083 de 2015;

Que el artículo 2.2.22.1.1 del Decreto número 1083 de 2015 (en la parte sustituida por el Decreto número 1499 de 2017) dispone que “El sistema de Gestión, (...) integra los Sistemas de Desarrollo Administrativo y de Gestión de la Calidad, es el conjunto de entidades y organismos del Estado, políticas, normas, recursos e información, cuyo objeto es dirigir la gestión pública al mejor desempeño institucional y a la consecución de resultados para satisfacción de las necesidades y el goce efectivo de los derechos de los ciudadanos, en el marco de la legalidad y la integridad”;

Que el artículo 2.2.22.2.1 del mismo Decreto número 1083 de 2015 (en la parte sustituida por el Decreto número 1499 de 2017 y adicionada por el Decreto número 1299 de 2018) señala de manera enunciativa 17 ítems de las políticas de Gestión y Desempeño Institucional, entre las cuales se encuentra la de “4. Integridad”;

Que el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) expidió el “Código de Integridad” que contiene los “Valores del Servicio Público” en el cual anota: “no significa que no se encuentren en el país entidades y servidores que hayan trabajado de manera comprometida en la construcción del Código de Ética requerido por la normativa actual. Sin duda existen muchos ejemplos de entidades que han hecho esfuerzos valiosos por pensar, crear y socializar sus Códigos Éticos que no deben descartarse ni desecharse. Sin embargo, ante este panorama complejo nos planteamos la necesidad de redefinir el modelo de intervención de gestión ética descentralizada e impulsar una política de integridad de la administración pública con un enfoque pedagógico y preventivo”;

Que el mencionado “Código de Integridad” cuenta con el anexo denominado “Caja de Herramientas”, cuyo Capítulo 2 señala unas actividades y estrategias para la implementación del mencionado Código, entre las cuales indica en su numeral 3 la “Armonización” con el Código de Ética;

Que el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) expidió además el “Manual Operativo / Sistema de Gestión / MIPG - Modelo Integrado de Planeación y Gestión”, el cual consagra en su numeral 1.2.2 la “Política de Integridad”, anotando lo siguiente: “Todo lo anterior evidencia la necesidad de construir una política de integridad para las entidades públicas, dentro de la cual el más reciente desarrollo ha sido la adopción de un 'código general' o 'código tipo' que establece mínimos de integridad homogéneos para todos los servidores públicos del país, convirtiéndose así, en una guía de comportamiento en el servicio público. Un código que a la vez es una herramienta de cambio cultural que incita a nuevos tipos de reflexiones, actitudes y comportamientos. // El Código de Integridad elaborado por la Función Pública constituye una herramienta para ser implementada por las entidades públicas de la Rama Ejecutiva colombiana”;

Que el artículo 10 de la Ley 119 de 1994, señala las funciones del Consejo Directivo Nacional del Sena, entre ellas “7. Orientar el funcionamiento general de la entidad, verificar su conformidad con la política adoptada y crear los mecanismos necesarios para el logro de su misión y en su Parágrafo dispone que “El Consejo Directivo Nacional podrá delegar en el Director General y en los Consejos Regionales las funciones que estime convenientes”;

Que el Consejo Directivo Nacional del Sena adoptó mediante el Acuerdo número 02 del 23 de febrero de 2017 “el Código de Ética en el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena)”, por lo cual es procedente derogarlo, para que se implemente en el Sena la “Política de Integridad” y el “Código de Integridad”, de acuerdo con las normas y lineamientos vigentes;

Por lo expuesto,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1o. En sus actuaciones diarias, el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena) y cada una de las personas que prestan un servicio público en la entidad, tendrán en cuenta y aplicarán la “Política de Integridad”, el “Código de Integridad” y los valores generales del servicio público, así como los valores específicos que se establezcan en la entidad.

El Director General del Sena expedirá los actos administrativos que sean necesarios para adoptar, implementar e interiorizar en el Sena la “Política de Integridad” y el “Código de Integridad” del servicio público, armonizándolo con el Código de Ética de la entidad, para lo cual tendrá en cuenta lo establecido por las normas vigentes que regulen el tema, el Código de Integridad del servicio público y el Manual Operativo del Sistema de Gestión expedidos por el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), así como las demás herramientas y lineamientos generales sobre el tema.

Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Acuerdo número 02 del 23 de febrero de 2017.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 17 de octubre de 2018.

La Presidenta del Consejo,

Alicia Victoria Arango Olmos,

Ministra del Trabajo.

La Secretaria del Consejo,

Verónica Ponce Vallejo,

Secretario General del Sena.

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE (SENA)

PROCESO GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO

CÓDIGO DE INTEGRIDAD

08/08/2018

TABLA DE CONTENIDO

INTRODUCCIÓN

Valores de Integridad del Servicio Público

1. Valores de Integridad:

1.1. Honestidad

1.2. Respeto:

1.3. Compromiso:

1.4. Diligencia:

1.5. Justicia:

1.6. Solidaridad:

1.7. Lealtad

2. Referencias Bibliográficas

INTRODUCCIÓN

La Constitución Política determina en su artículo 54 que el Estado tiene la obligación de ofrecer formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran y es por ello que en el artículo 2o de la Ley 119 de 1994 se establece como Misión del Sena que “está encargado de cumplir la función que corresponde al Estado de invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos; ofreciendo y ejecutando la formación profesional integral, para la incorporación y el desarrollo de las personas en actividades productivas que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico del país”.

En cumplimiento de su misión y objetivo el Sena establece principios y valores éticos que guían las conductas del servidor público en su actuación dentro de la administración pública, orientados a garantizar los derechos del ciudadano y la satisfacción de sus necesidades, haciendo de él un ciudadano útil y responsable, poseedor de valores morales éticos, culturales y ecológicos

Es así que recogiendo toda la historia de ejecución ética de la misión del Sena, desde su fundación, a finales del 2016, la entidad realizó la formalización del Código de Ética encaminado a definir las actuaciones éticas de un servicio público eficiente y transparente y que inspiraron a cerca de 1.000 personas entre las que se invitó a participar a personal de planta, contratistas, instructores, administrativos, aprendices y organizaciones sindicales; y se definieron los principios, valores, procederes y el compromiso ético. Este Código fue adoptado mediante Acuerdo número 002 de 2017, por el Consejo Directivo Nacional en sesión del 23 de febrero de 2017 y desde entonces se viene divulgando y socializado en la comunidad Sena.

El Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) estableció en el Decreto número 1499 de 2017, 16 políticas, entre las cuales se encuentra la integridad. Adicionalmente, se expidió el Manual Operativo del Sistema de Gestión que desarrolla las lo establecido en la legislación colombiana. El numeral 1.2.2 expone la política de integridad y en esta se establece la necesidad de contar con un código de integridad tipo para todas las entidades estatales.

Este Código contiene la armonización de los valores definidos por la comunidad Sena en el Código de Ética, con los cinco valores propuestos por el DAFP: Honestidad, respeto, compromiso, diligencia, justicia, cada uno de ellos con unos principios de acción asociados con “lo que hacen y no hacen” los servidores públicos y que se caracterizan por cada valor.

Adicionalmente, se adoptan dos valores distintivos de la entidad, los cuales son: Solidaridad y lealtad, para un total de siete valores.

1. Valores de Integridad:

A continuación se relacionan los valores que representan el debido actuar del ser humano. Los pilares que guían el comportamiento de la comunidad Sena, pues ayudan a la formación de una persona en el marco de la legalidad y la integridad.

1.1. Honestidad

Actúo siempre con fundamento en la verdad, cumpliendo mis deberes con transparencia y rectitud, y siempre favoreciendo el interés general.

- Lo que hago:

(i) Siempre digo la verdad, incluso cuando cometo errores, porque es humano cometerlos, pero no es correcto esconderlos.

(ii) Cuando tengo dudas respecto a la aplicación de mis deberes busco orientación en las instancias pertinentes al interior de mi entidad. Se vale no saberlo todo, y también se vale pedir ayuda.

(iii) Facilito el acceso a la información pública completa, veraz, oportuna y comprensible a través de los medios destinados para ello.

(iv) Denuncio las faltas, delitos o violación de derechos de los que tengo conocimiento en el ejercicio de mi cargo, siempre.

(v) Apoyo y promuevo los espacios de participación para que los ciudadanos hagan parte de la toma de decisiones que los afecten relacionadas con mi cargo o labor.

(vi) Como servidor público que administro recursos del Estado, realizo mis acciones en derecho y con pulcritud.

- Lo que no hago:

(i) No le doy trato preferencial a personas cercanas para favorecerlos en un proceso en igualdad de condiciones.

(ii) No acepto incentivos, favores, ni ningún otro tipo de beneficio que me ofrezcan personas o grupos que estén interesados en un proceso de toma de decisiones.

(iii) No uso recursos públicos para fines personales relacionados con mi familia, mis estudios y mis pasatiempos (esto incluye el tiempo de mi jornada laboral, los elementos y bienes asignados para cumplir con mi labor, entre otros).

(iv) No soy descuidado con la información a mi cargo, ni con su gestión.

(v) No actúo de forma deshonesta, ni propicio la corrupción.

1.2. Respeto:

Reconozco, valoro y trato de manera digna a todas las personas, con sus virtudes y defectos, sin importar su labor, su procedencia, títulos o cualquier otra condición.

- Lo que hago:

(i) Atiendo con amabilidad, igualdad y equidad a todas las personas en cualquier situación a través de mis palabras, gestos y actitudes, sin importar su condición social, económica, religiosa, étnica o de cualquier orden. Soy amable todos los días, esa es la clave, siempre.

(ii) Estoy abierto al diálogo y a la comprensión a pesar de perspectivas y opiniones distintas a las mías. No hay nada que no se pueda solucionar hablando y escuchando al otro.

(iii) Expreso mi libre pensamiento y actitud crítica con espíritu constructivo, madurez y responsabilidad en mi trato con las personas.

- Lo que no hago:

(i) Nunca actúo de manera discriminatoria, grosera o hiriente, bajo ninguna circunstancia.

(ii) Jamás baso mis decisiones en presunciones, estereotipos, o prejuicios.

(iii) No agredo, ignoro o maltrato de ninguna manera a los ciudadanos ni a otros servidores públicos.

(iv) No me cohíbo para asumir una posición diferente de otra persona porque interactuamos con madurez y disposición de aprender la una de la otra.

1.3. Compromiso:

Soy consciente de la importancia de mi rol como servidor público y estoy en disposición permanente para comprender y resolver las necesidades de las personas con las que me relaciono en mis labores cotidianas, buscando siempre mejorar su bienestar.

- Lo que hago:

(i) Asumo mi papel como servidor público, entendiendo el valor de los compromisos y responsabilidades que he adquirido frente a la ciudadanía y al país.

(ii) Siempre estoy dispuesto a ponerme en los zapatos de las personas. Entender su contexto, necesidades y requerimientos es el fundamento de mi servicio y labor.

(iii) Escucho, atiendo y oriento a quien necesite cualquier información o guía en algún asunto público.

(iv) Estoy atento siempre que interactúo con otras personas, sin distracciones de ningún tipo.

(v) Presto un servicio ágil, amable y de calidad.

(vi) Poseo disposición para trabajar en equipo y lograr un objetivo conjunto, aprovechando los conocimientos de los integrantes para enriquecer los procedimientos.

(vii) Valoro e implemento el desarrollo profesional y personal de mis compañeros para lograr un trabajo conjunto más eficiente.

- Lo que no hago:

(i) Nunca trabajo con una actitud negativa. No se vale afectar mi trabajo por no ponerle ganas a las cosas.

(ii) No llego nunca a pensar que mi trabajo como servidor público es un “favor” que le hago a la ciudadanía. Es un compromiso y un orgullo.

(iii) No asumo que mi trabajo como servidor es irrelevante para la sociedad.

(iv) Jamás ignoro a un ciudadano y sus inquietudes.

1.4. Diligencia:

Cumplo con los deberes, funciones y responsabilidades asignadas a mi cargo de la mejor manera posible, con atención, prontitud, destreza y eficiencia, para así optimizar el uso de los recursos del Estado.

- Lo que hago:

(i) Uso responsablemente los recursos públicos para cumplir con mis obligaciones. Lo público es de todos y no se desperdicia.

(ii) Cumplo con los tiempos estipulados para el logro de cada obligación laboral. Al fin de cuentas, el tiempo de todos es oro.

(iii) Aseguro la calidad en cada uno de los productos que entrego bajo los estándares del servicio público. No se valen cosas a medias.

(iv) Siempre soy proactivo comunicando a tiempo propuestas para mejorar continuamente mi labor y la de mis compañeros de trabajo.

- Lo que no hago:

(i) No malgasto ningún recurso público.

(ii) No postergo las decisiones ni actividades que den solución a problemáticas ciudadanas o que hagan parte del funcionamiento de mi cargo. Hay cosas que sencillamente no se dejan para otro día.

(iii) No demuestro desinterés en mis actuaciones ante los ciudadanos y los demás servidores públicos.

(iv) No evado mis funciones y responsabilidades por ningún motivo.

1.5. Justicia:

Actúo con imparcialidad garantizando los derechos de las personas, con equidad, igualdad y sin discriminación.

- Lo que hago:

(i) Tomo decisiones informadas y objetivas basadas en evidencias y datos confiables. Es muy grave fallar en mis actuaciones por no tener las cosas claras.

(ii) Reconozco y protejo los derechos de cada persona de acuerdo con sus necesidades y condiciones.

(iii) Tomo decisiones estableciendo mecanismos de diálogo y concertación con todas las partes involucradas.

(iv) Actúo con razón y ecuanimidad, acatando las normas en los entornos sociales y culturales.

- Lo que no hago:

(i) No promuevo ni ejecuto políticas, programas o medidas que afectan la igualdad y la libertad de personas.

(ii) No favorezco el punto de vista de un grupo de interés sin tener en cuenta a todos los actores involucrados en una situación.

(iii) Nunca permito que odios, simpatías, antipatías, caprichos, presiones o intereses de orden personal o grupal interfieran en mi criterio, toma de decisión y gestión pública.

(iv) Jamás se privilegia el criterio personal sobre lo que establecen las leyes, doctrina, jurisprudencia y costumbres.

1.6. Solidaridad:

Brindo mi ayuda a las personas cuando lo necesitan sin esperar algo a cambio, entendiendo que hago parte de una comunidad.

- Lo que hago:

(i) Estoy dispuesto a colaborar ante las dificultades personales y/o laborales de mis compañeros.

(ii) Presto mi servicio ante situaciones que afecten a la comunidad.

(iii) Soy generoso en mí actuar sin esperar contraprestación.

(iv) Uno mi esfuerzo con el de otras personas para lograr el fin esperado.

- Lo que no hago:

(i) Nunca tomo decisiones que privilegien mis intereses frente a los de otras personas.

(ii) No soy indiferente ni egoísta frente a las situaciones de otras personas.

(iii) No realizo ninguna acción con la intención de perjudicar a los demás.

(v) No tomo ventaja ante las dificultades personales y/o laborales de mis compañeros.

1.7. Lealtad

Obro de acuerdo a los principios éticos, morales, culturales, ecológicos y a las normas colombianas e institucionales.

- Lo que hago:

(i) Contribuyo al cumplimiento de la misión, objetivos y funciones que el Estado le asigna a la Entidad.

(ii) Soy coherente entre mis principios, los valores institucionales y mis acciones, por eso actúo con rectitud y respeto a la ley.

(iii) Me expreso en forma positiva de mi entidad, la cuido y valoro.

(iv) Participo en la construcción de procesos colectivos de cultura organizacional mediante argumentación crítica y propositiva en pro de la calidad y del respeto por la institución.

(v) A pesar de tener diferencias con mis jefes realizo mis funciones dentro del marco normativo que rige la entidad para la cual trabajo.

- Lo que no hago:

(i) No me refiero en forma despectiva ni realizo actividades que desacrediten a la Entidad.

(ii) No realizo actuaciones por fuera de las normas legales vigentes, valores o políticas institucionales, aun cuando las circunstancias sean adversas.

(iii) No extralimito mis obligaciones como servidor público, ni realizo acciones que perjudiquen la entidad.

(iv) Mis actuaciones no son contradictoras con los principios y valores de la Entidad.

2. Referencias Bibliográficas

- Código de Ética Sena - Acuerdo número 02 del 23 de febrero de 2017. Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo y Secretaría General Sena, Bogotá.

- Manual Integrado de Planeación y Gestión, Departamento Administrativo de la Función Pública (13 de octubre de 2017).

- Valores del Servicio Público - Código de Integridad. Departamento Administrativo de la Función Pública (2017).

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la
compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores
jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones
similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación,
reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por
la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la
competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de
los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono
617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas
de uso de la información aquí contenida.