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ACUERDO 7 DE 2016

(noviembre 9)

Diario Oficial No. 50.058 de 15 de noviembre de 2016

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

<NOTA DE VIGENCIA: Acuerdo derogado por el artículo 17 del Acuerdo 4 de 2021>

Por medio del cual se aprueban las políticas y objetivos de los Subsistemas de Gestión que conforman el Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol (SIGA) y la promesa de valor que los integra y articula.

Resumen de Notas de Vigencia

EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE (SENA),

en uso de las facultades legales, en especial las conferidas por los numerales 1 y 22 del artículo 3o del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 3o del Decreto 249 de 2004, establece entre otras funciones del Consejo Directivo Nacional del SENA: “1. Definir y aprobar la política general de la entidad y velar por su cumplimiento (…). 22. Aprobar la política nacional de calidad de la entidad, en el marco del Sistema de Gestión de Calidad institucional”.

Que a través del Acuerdo número 0003 del 10 de mayo de 2013, el Consejo Directivo Nacional del SENA aprobó la política nacional de calidad de la entidad.

Que la Ley 872 del 30 de diciembre de 2003 creó el Sistema de Gestión de la Calidad de las entidades del Estado, como herramienta de gestión sistemática y transparente que permita dirigir y evaluar el desempeño institucional, en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios a cargo de las entidades y agentes obligados, entre ellas el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).

Que el parágrafo 1 de la Ley 872 de 2003, determina que la máxima autoridad de cada entidad pública tendrá la responsabilidad de desarrollar, implementar, mantener, revisar y perfeccionar el sistema de Gestión de la Calidad.

Que el Decreto 4110 de 2004, por el cual se reglamenta la Ley 872 de 2003, adopta la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública NTCGP 1000:2004, que el Decreto 4485 de 2009, la actualiza a través de la versión NTCGP 1000:2009 y la armoniza con el Modelo Estándar de Control Interno (MECI).

Que el artículo 2o del Decreto Nacional 943 del 2014, “por el cual se actualiza el Modelo Estándar de Control Interno (MECI)”, determina las generalidades y estructura necesaria para establecer, implementar y fortalecer un Sistema de Control Interno en las entidades y organismos obligados a su implementación y determina que es responsabilidad de la máxima autoridad de la Entidad y de los jefes de cada dependencia de las Entidades, así como de los demás funcionarios de la respectiva Entidad, el establecimiento y desarrollo del Sistema de Control Interno.

Que el Decreto 2573 de 2014 “por el cual se establecen los lineamientos generales de la Estrategia de Gobierno en Línea, reglamenta parcialmente la Ley 1341 de 2009 y se dictan otras disposiciones”, en el artículo 1o define los lineamientos, instrumentos y plazos de la Estrategia de Gobierno en Línea para garantizar el máximo aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, con el fin de contribuir con la construcción de un Estado abierto, más eficiente, más transparente y más participativo y que preste mejores servicios con la colaboración de toda la sociedad.

Que el Decreto 1072 de 2015 “por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo” en el artículo 2.2.4.6.4, señala que el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y la salud en el trabajo.// El SG-SST debe ser liderado e implementado por el empleador o contratante, con la participación de los trabajadores y/o contratistas, garantizando a través de dicho sistema, la aplicación de las medidas de Seguridad y Salud en el Trabajo, el mejoramiento del comportamiento de los trabajadores, las condiciones y el medio ambiente laboral, y el control eficaz de los peligros y riesgos en el lugar de trabajo. // Para el efecto, el empleador o contratante debe abordar la prevención de los accidentes y las enfermedades laborales y también la protección y promoción de la salud de los trabajadores y/o contratistas, a través de la implementación, mantenimiento y mejora continua de un sistema de gestión cuyos principios estén basados en el ciclo PHVA (Planificar, Hacer, Verificar y Actuar).

Que el artículo 2.2.4.6.8 del Decreto 1072 de 2015, señala las obligaciones del empleador dentro del sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) entre otras, “1. Definir, firmar y divulgar la política de Seguridad y Salud en el Trabajo a través de documento escrito, el empleador debe suscribir la política de seguridad y salud en el trabajo de la empresa, la cual deberá proporcionar un marco de referencia para establecer y revisar los objetivos de seguridad y salud en el trabajo. 2. Asignación y Comunicación de Responsabilidades: Debe asignar, documentar y comunicar las responsabilidades específicas en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) a todos los niveles de la organización, incluida la alta dirección. (…)”.

Que de conformidad con el Decreto 1076 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”, el SENA como Entidad pública está obligada a dar cumplimiento a los requisitos legales ambientales que le aplican a nivel nacional.

Que el Decreto 1078 de 2015 “por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones” en el artículo 2.2.9.1.2.1., determina que los fundamentos de la Estrategia de Gobierno en Línea serán desarrollados a través de 4 componentes que facilitarán la masificación de la oferta y la demanda del Gobierno en Línea, entre otros, “4. Seguridad y privacidad de la información”.

Que a través de la Resolución número 2110 del 2014, se creó el Comité Institucional de Desarrollo Administrativo del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).

Que el artículo 6o de la Resolución número 1524 de 2015, modificó las funciones del Comité Institucional de Desarrollo Administrativo del SENA, y dispuso que “el Comité Institucional de Desarrollo Administrativo del SENA, cumplirá las siguientes funciones. 1. Ser la instancia orientadora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión del SENA, en donde se discutirán todos los temas referentes a las políticas de desarrollo administrativo y demás componentes del modelo (…) 5. Revisar y presentar al Consejo Directivo Nacional las modificaciones y ajustes de la Política del Sistema Integrado de Gestión. (…)”.

Que en el ejercicio de Revisión por la Dirección al Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol (SIGA), realizado en el marco del Comité Institucional de Desarrollo Administrativo del SENA que sesionó el 5 de septiembre de 2016, se presentaron las propuestas de políticas y objetivos para cada uno de los subsistemas de gestión, así como la modificación de la promesa de Valor del Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol, la cual los integra y articula.

Que en dicha sesión el Comité Institucional de Desarrollo Administrativo del SENA y mediante Acta número 4 de fecha 5 de septiembre de 2016 revisó los contenidos y de acuerdo con el numeral 5 del artículo 3o de la Resolución 1524 de 2015, aprobó que estos fueran presentados ante el Consejo Directivo Nacional.

Que a través del Acuerdo número 0003 del 10 de mayo de 2013, el Consejo Directivo Nacional del SENA aprobó la política nacional de calidad de la entidad, que ahora se presenta como Promesa de valor del Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol el cual está conformado por los Subsistemas de Gestión de la Calidad, Gestión Ambiental, Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional, Gestión de la Seguridad de la Información y el Modelo Estándar de Control Interno (MECI), los cuales tendrán su propia política y objetivos.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Acuerdo derogado por el artículo   del Acuerdo 4 de 2021> Aprobar como promesa de valor del Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol DE-PVSIGA-V.02 la siguiente:

El SENA con el propósito de contribuir a la paz, equidad, educación y productividad del país, en cumplimiento de los requisitos de los subsistemas que conforman el Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol (SIGA), de los requisitos legales y otros requisitos de las partes interesadas pertinentes, se compromete a:

- La prestación de sus servicios con calidad, cobertura y pertinencia.

- La protección del medio ambiente y la prevención de la contaminación.

- La protección de la seguridad y salud de sus servidores públicos, contratistas, subcontratistas y aprendices con enfoque de empresa saludable.

- El aseguramiento de la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información.

- La gestión de los riesgos que tengan efecto en la operación de los procesos, en el medio ambiente, la salud y seguridad de las personas y la seguridad de la información.

- La consolidación de la cultura de la autogestión, autocontrol y autorregulación.

Esta promesa de valor se sustenta en la mejora continua de la gestión en todos los niveles de la entidad y se articula con las políticas específicas de cada subsistema que conforman el SIGA.

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ARTÍCULO 2o. <Acuerdo derogado por el artículo   del Acuerdo 4 de 2021> Aprobar las políticas y objetivos de los Subsistemas de Gestión que conforman el Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol (SIGA) identificados con los siguientes códigos y versiones:

- Subsistema de Gestión de la Calidad – DE-PSGC V.01 y DE-OSGC V.01;

- Subsistema de Gestión Ambiental – DE-PSGA V.01 y DE-OSGA V.01;

- Subsistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo – DE-PSGSST V.01 y DE-OSGSST V.01;

- Subsistema de Gestión de Seguridad de la Información – DE-PSGSI V.01 y DE-OSGSI V.01 y

- Modelo Estándar de Control Interno – DE-PMECI V.01 y OMECI V.01

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ARTÍCULO 3o. <Acuerdo derogado por el artículo   del Acuerdo 4 de 2021> El contenido de dichas políticas y objetivos que forman parte integral del presente acuerdo (Ver anexo) serán formalizados como elementos estructurales del SIGA dentro de la plataforma CompromISO y se publicarán con la firma del Director General.

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ARTÍCULO 4o. <Acuerdo derogado por el artículo   del Acuerdo 4 de 2021> El Director de Planeación y Direccionamiento Corporativo en su calidad de Representante de la Alta Dirección para el Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol del SENA, de acuerdo con su autoridad y responsabilidades, determinará los lineamientos para la divulgación e implementación de la Promesa de Valor del Sistema y las políticas y objetivos de los subsistemas que lo conforman.

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ARTÍCULO 5o. <Acuerdo derogado por el artículo   del Acuerdo 4 de 2021> Una vez publicado en el Diario Oficial, comuníquese el presente Acuerdo a las Direcciones de Área y Oficinas de la Dirección General, a las Direcciones Regionales y los Centros de Formación Profesional del SENA.

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ARTÍCULO 6o. <Acuerdo derogado por el artículo  del Acuerdo 4 de 2021> El presente Acuerdo rige a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial y deroga en todas sus partes el Acuerdo número 0003 de 2013, así como las demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C, a 9 de noviembre de 2016.

El Presidente del Consejo,

FRANCISCO JAVIER MEJÍA.

Viceministro de Empleo y Pensiones.

Ministerio de Trabajo.

El Secretario del Consejo,

MILTON NÚÑEZ PAZ.

ANEXO.

POLÍTICA DE CALIDAD – DE-PSGC V.01.

El SENA desde su Subsistema de Gestión de la Calidad en el enfoque de prestación de sus servicios con alta calidad formaliza herramientas para mejorar la eficiencia, eficacia y efectividad de sus procesos.

En articulación con la Promesa de Valor del Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol (SIGA), se compromete con:

- El fomento de la cultura de la mejora.

- La implementación articulada de buenas prácticas de gestión a nivel nacional.

- El fortalecimiento de la imagen institucional por sus aportes a la productividad del país.

Objetivos de Calidad – DE-OSGC V.01

- Incrementar el nivel de satisfacción de las partes interesadas, en atención de sus intereses, necesidades y expectativas pertinentes, articuladas con el contexto de la Entidad.

- Incrementar el nivel de eficacia de los planes de mejoramiento implementados por diferentes fuentes.

- Mejorar la eficiencia, eficacia y efectividad de los procesos.

Política Ambiental – DE-PSGA V.01

El SENA desde su Subsistema de Gestión Ambiental maneja de manera sostenible sus aspectos e impactos significativos. En articulación con la Promesa de Valor del Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol (SIGA), se compromete a:

- La implementación de diferentes estrategias que contribuyan a la mitigación y adaptación al cambio climático.

- El uso racional y eficientemente de los recursos naturales, primando el agua y la energía.

- La optimización del uso de los materiales de formación, empleando en lo posible bienes y servicios amigables con el medio ambiente.

- El control de las emisiones, los vertimientos y residuos generados al interior de la Entidad.

- El fomento de la toma de conciencia por el respeto y protección del medio ambiente entre los aprendices, servidores públicos y contratistas que presten servicios a nombre de la entidad.

Objetivos Ambientales – DE-OSGA V.01

- Implementar programas y estrategias que contribuyan a la mitigación y adaptación al cambio climático y al uso eficiente de los recursos que impactan el desempeño ambiental.

- Disminuir la significancia de los aspectos e impactos en las actividades y servicios de la entidad.

- Incrementar la generación de prácticas amigables con el medio ambiente en las partes interesadas pertinentes bajo el control del Subsistema de Gestión Ambiental.

Política de Seguridad y Salud en el Trabajo – Empresa Laboralmente SaludableDE-PSGSST V.01

El SENA asume la implementación del subsistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo para la gestión de los riesgos laborales que promuevan ambientes de trabajo saludables que contribuyan al desarrollo de la misión de la entidad.

- En cumplimiento de lo anterior, el SENA realiza acciones para generar una cultura de seguridad y salud en el trabajo, comprometiéndose a:

- La promoción de la seguridad y la salud en el trabajo como una responsabilidad de todos sin excepción.

- El fomento de la prevención de accidentes y enfermedades laborales en los ambientes de trabajo.

- La identificación de los peligros, evaluación y valoración de los riesgos de manera permanente con la participación de todos los interesados con el fin de establecer los respectivos controles.

Objetivos de Seguridad y Salud en el Trabajo – Empresa Laboralmente Saludable DE-SGSST V.01

- Disminuir la accidentalidad, las enfermedades laborales y el ausentismo.

- Promover la participación de los trabajadores en su cuidado individual y colectivo.

- Fomentar el cumplimiento de las exigencias legales mediante el mejoramiento continuo del subsistema de gestión en seguridad y salud en el trabajo.

Política de Seguridad de la Información – DE-PSGSI V.01

El SENA asume el compromiso de implementar el subsistema de gestión de seguridad de la información para proteger los activos de información de los procesos misionales de la entidad, comprometiéndose a:

- La gestión de los riesgos de los activos de información teniendo en cuenta el nivel de tolerancia al riesgo de la Entidad.

- La implementación de políticas de seguridad de la información de alto nivel y de políticas complementarias por cada dominio, para asegurar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información institucional.

- El fomento de la cultura y toma de conciencia entre el personal (funcionarios, contratistas, proveedores y terceros) sobre la importancia de la seguridad de la información.

Objetivos Seguridad de la Información – DE-OSGS V.01

- Proteger los activos de información del SENA desde la perspectiva de la confidencialidad, integridad y disponibilidad.

- Salvaguardar la tecnología utilizada para el procesamiento de la información frente a amenazas internas o externas, deliberadas o accidentales.

- Mantener un sistema de políticas, procedimientos y estándares que permitan minimizar el nivel de exposición al riesgo de los activos de información.

Política del MECI DE-PMECI V.01

El SENA asume el compromiso de fortalecer la cultura de autocontrol en todos los servidores de la entidad a través de acciones que la encaminen hacia el mejoramiento continuo en pro del cumplimiento de los objetivos institucionales y aseguren los fines esenciales del Estado.

Objetivos del MECI DE-OMECI V.01

- Apropiación de todos los servidores de la entidad, como responsables del control en el ejercicio de sus actividades, del Modelo Estándar de Control Interno, de manera que se garantice el cumplimiento de los objetivos institucionales en términos de eficacia y eficiencia.

- Anticipar y corregir de manera oportuna, las debilidades que puedan presentarse en el desarrollo del quehacer de la entidad, como actividades propias de autogestión institucional.

- Fortalecer el desarrollo continuo del Sistema de Control Interno con la divulgación y aplicación efectiva de los procesos y procedimientos establecidos en la entidad.

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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