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ACUERDO 10 DE 2014

(septiembre 4)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Por el cual se modifica el presupuesto de Funcionamiento para la vigencia fiscal 2014

Resumen de Notas de Vigencia

EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Artículo 1o del Decreto 4836 de 2011 que modificó el artículo 29 del decreto 4730 de 2005, el artículo 22 del Decreto 3036 de 2013, y el artículo 3o numeral 27 del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1687 del 11 de diciembre de 2013, “Por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2014", en su artículo 1o detalla el presupuesto de Rentas y Recursos de Capital para la vigencia 2014, del cual hace parte el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA;

Que el artículo 1o del Decreto 4836 del 21 de diciembre de 2011, que modificó el artículo 29 del Decreto 4730 del 28 de diciembre de 2005 “ por el cual se reglamentan normas orgánicas del presupuesto, determina que " /as modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda o los programas y subprogramas de inversión aprobados por el Congreso, se realizaran mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas modificaciones se harán por resolución o acuerdo de las juntas o Consejos Directivos, o por resolución del representante legal en caso de no existir aquellas. // El ministro de Hacienda y crédito público- Dirección General del presupuesto Público Nacional, aprobará las operaciones presupuéstales contenidas en las resoluciones o acuerdos una vez se realice el registro de /as solicitudes en el Sistema integrado de Información Financiera SlIF Nación". (Resaltado fuera de texto).

Que en el Decreto 3036 del 27 de diciembre de 2013, “Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2014, se detallan fas apropiaciones y se clasifican y definen los gastos" efectúa la apropiación para atender los gastos de funcionamiento, inversión y servicio de la deuda pública del presupuesto general de la nación para la vigencia del 1 de enero al 31 de diciembre de 2014 del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA;

Que mediante Resolución No. 80117- 0231 del 16 de Julio de 2014 expedida por la Contraloría General de la República, se fijó el valor del Tributo Especial de Tarifa de Control Fiscal para la vigencia 2014, al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, en cuantía de $3.807.111.483; y en el presupuesto de la Entidad para la presente vigencia fiscal se apropiaron $3.199.200.000, valor insuficiente para cubrir la totalidad del valor de la tarifa mencionada, más el 4 x1000. El valor a pagar a la Contraloría General de la República incluido el 4x1000 es de tres mil ochocientos veinte y dos millones trecientos treinta y nueve mil novecientos veinte y nueve pesos $ 3.822.339.929 M/CTE.

Que el valor faltante para cubrir la Cuota de Auditaje asciende a la suma de Seis Cientos Veinte y Tres Millones Ciento Treinta y Nueve Mil Novecientos Veinte y Nueve pesos ($623.139.929) M/CTE.

Que por lo anteriormente expuesto se concluye que los recursos aprobados por Funcionamiento en la Ley de Presupuesto de 2014, no alcanzan a cubrir la cuantía de Tarifa de Control Fiscal expedida por la Contraloría General de la República.

Que mediante comunicación 2-2014-009982 del 29 de julio de 2014, radicada en la Dirección General del Presupuesto Público Nacional el 31 de julio de 2014, el Director de Planeación y Direccionamiento Corporativo del SENA solicita a la Dirección General del Presupuesto Público Nacional el levantamiento del previo concepto de la cuenta 3-6-3-20 otras Transferencias- previo Concepto DGPPN por valor de $623.139.929 para cubrir el faltante para el pago de la cuota de auditaje, los cuales se encuentran libres de afectación para lo que resta de la presente vigencia.

Que a través de la comunicación No. 2-2014-031085 del 22 de agosto de 2014, radicada en el SENA bajo el No. 1-2014-019436 del 22 de agosto de 2014, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público emitió concepto favorable sobre la solicitud de levantamiento del previo concepto del rubro 3-6-3-20 Otras Transferencias - Previo Concepto DGPPN por valor de $ 623.139.929, con el fin de contar con disponibilidad presupuestal que permita financiar el pago de la cuota de auditaje de conformidad con la resolución No. 80117-0231 del 16 de Julio de 2014 de la Contraloría General de la República.

Que previo estudio de viabilidad efectuado por la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo de la Entidad, el Director General de la entidad propone al Consejo Directivo Nacional la modificación presupuestal señalada en el presente Acuerdo.

Que por lo anterior, es necesario trasladar los recursos presupuéstales para financiar dichos gastos durante la presente vigencia fiscal;

Que en mérito de lo expuesto;

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. Contracreditar el presupuesto de Egresos Ley para la vigencia fiscal de 2014 por valor de Seis Cientos Veinte y Tres Millones Ciento Treinta y Nueve Mil Novecientos Veinte y Nueve pesos ($623.139.929) M/CTE. en las siguientes cuentas, subcuentas, objeto del gasto, ordinal, recurso y valor en pesos:

CTASUBCOBJGORDRECCONCEPTOVALOR EN
PESOS
  A- FUNCIONAMIENTO623.139.929
3  TRANSFERENCIAS CORRIENTES623.139.929
36 OTRAS TRANSFERENCIAS623.139.929
363 DESTINATARIOS DE LAS OTRAS TRANSFERENCIAS CORRIENTES623.139.929
36320OTRAS TRANSFERENCIAS - PREVIO CONCEPTO DGPPN623.139.929
  27RENTAS PARAFISCALES623.139.929

ARTÍCULO SEGUNDO. Con base en el artículo anterior, acreditar el presupuesto de Egresos Ley para la vigencia fiscal de 2014 por valor de Seis Cientos Veinte y Tres Millones Ciento Treinta y Nueve Mil Novecientos Veinte y Nueve pesos ($623.139.929) M/CTE, en las siguientes Cuentas, Subcuentas, Objeto del Gasto, Ordinal, Recurso y valor en pesos:

CTASUBCOBJGORDRECCONCEPTOVALOR EN
PESOS
  A-FUNCIONAMIENTO623.139.929

3


 TRANSFERENCIAS
CORRIENTES
623.139.929
32 TRANSFERENCIAS AL SECTOR PUBLICO623.139.929
321 ORDEN NACIONAL623.139.929
3211CUOTA DE AUDITAJE CONTRANAL623.139.929
  27RENTAS PARAFISCALES623.139.929
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ARTÍCULO TERCERO. El presente Acuerdo deberá contar con la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, respecto de sus artículos primero y segundo, de conformidad con el artículo 1o del Decreto 4836 del 21 de diciembre de 2011 que modificó el artículo 29 del decreto 4730 de 2005.

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ARTÍCULO CUARTO. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y aprobación de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Para los efectos del artículo 8o de la Ley 1437 de 2011 publíquese en la página web del SENA.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., el

LUIS EDUARDO GARZÓN

Presidente del Consejo

Ministro del Trabajo

INGRID CAROLINA SILVA RODRIGUEZ

Secretaria del Consejo

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/ACUERDO_SENA_0010_2014.pdf>

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Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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