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ACUERDO 11 DE 2012
(julio 17)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Por el cual se modifica el Presupuesto de Funcionamiento para la vigencia fiscal 2012
EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el Artículo 1o del Decreto 4836 de 2011 que modificó el artículo 29 del Decreto 4730 de 2005, el artículo 3 numeral 27 del Decreto 249 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 1485 del 14 de diciembre de 2011, “Por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y Ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 2012", en su artículo 1o detalla el presupuesto de Rentas y Recursos de Capital para la vigencia 2012, del cual hace parte el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA;
Que el artículo 1o del Decreto 4836 del 21 de diciembre de 2011, que modificó el artículo 29 del Decreto 4730 del 28 de diciembre de 2005 “Por el cual se reglamentan normas orgánicas del presupuesto” determina que “las modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda o los programas y subprogramas de inversión aprobados por el Congreso, se realizaran mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas modificaciones se harán por resolución o acuerdo de las juntas o Consejos Directivos, o por resolución del representante legal en caso de no existir aquellas. // El Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, aprobará las operaciones presupuestales contenidas en las resoluciones o acuerdos una vez se realice el registro de las solicitudes en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación”. (Resaltado fuera de texto)
Que en el Decreto 4970 del 30 de diciembre de 2011, “Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2012, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos” efectúa la apropiación para atender los gastos de funcionamiento, inversión y servicio de la deuda pública del presupuesto general de la nación para la vigencia del 1 de enero al 31 de diciembre de 2012 del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA;
Que con fundamento en lo acordado en la Convención Colectiva de Trabajo suscrita entre el SENA y el Sindicato de Trabajadores Oficiales del Sena - SINTRASENA, en fecha 25 de marzo de 2003 y el Acta Extraconvencional No.1 que forma parte integral de la Convención, el SENA debe cumplir con los compromisos establecidos en los artículos 18,19, 20, 21 y 22 de la mencionada convención;
Que mediante el Acuerdo SENA No. 008 del 12 de mayo de 2012, aprobado por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional, se efectúo una distribución en el presupuesto de Funcionamiento del SENA por valor de SETENTA Y OCHO MILLONES SETENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS DOS PESOS ($78.074.202), para el pago de auxilios sindicales, valor que fue calculado con base en el índice de precios al consumidor IPC de 3,73%, de conformidad con la certificación emitida por la Coordinadora del Grupo de Relaciones Laborales de la Dirección General del SENA.
Que teniendo en cuenta que el incremento salarial según Decreto No. 0836 del 25 de abril de 2012 corresponde a un 5%, se hace necesario calcular los citados auxilios sindicales con dicho incremento para los trabajadores oficiales del SENA, por lo cual debe hacerse el trámite presupuestal para completar los recursos necesarios para cubrir en su totalidad los mencionados conceptos.
Que en el presupuesto de funcionamiento 2012 en la cuenta OTRAS TRANSFERENCIAS - PREVIO CONCEPTO DGPPN, hay apropiación suficiente para trasladar CINCO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA MIL SETECIENTOS NOVENTA PESOS ($5.660.790.oo) M/CTE. a la cuenta de auxilio sindical.
Que previo estudio de viabilidad efectuado por la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo de la Entidad, el Director General del SENA propone al Consejo Directivo Nacional la modificación presupuestal señalada en el presente Acuerdo;
Que en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1o. Contracreditar el presupuesto de egresos ley para la vigencia fiscal de 2012 por un valor de CINCO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA MIL SETECIENTOS NOVENTA PESOS ($5.660.790.oo) M/CTE., en las siguientes Cuentas, Subcuentas, Objeto del Gasto, Ordinal, Recurso y valor en pesos:
CTA. | SUBC | OBJG | ORD | REC | CONCEPTO | VALOR |
A- FUNCIONAMIENTO | $5.660.790.00 | |||||
3 | TRANSFERENCIAS CORRIENTES | $5.660.790.00 | ||||
3 | 6 | OTRAS TRANSFERENCIAS | $5.660.790.00 | |||
3 | 6 | 3 | DESTINATARIOS DE LAS OTRAS TRANSFERENCIAS CORRIENTES | $5.660.790.00 | ||
3 | 6 | 3 | 20 | OTRAS TRANSFERENCIAS - PREVIO CONCEPTO DGPPN | $5.660.790.00 | |
27 | RENTAS PARAFISCALES | $5.660.790.00 |
ARTÍCULO 2o. Acreditar el presupuesto de egresos ley para la vigencia fiscal de 2012 por un valor de CINCO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA MIL SETECIENTOS NOVENTA PESOS ($5.660.790.oo) M/CTE., en las siguientes Cuentas, Subcuentas, Objeto del Gasto, Ordinal, Subordinal, Recurso y valor en pesos:
CTA. | SUBC | OBJG | ORD | SUBOR | REC | CONCEPTO | VALOR |
A- FUNCIONAMIENTO | $5.660.790.00 | ||||||
3 | TRANSFERENCIAS CORRIENTES | $5.660.790.00 | |||||
3 | 6 | OTRAS TRANSFERENCIAS | $5.660.790.00 | ||||
3 | 6 | 3 | DESTINATARIOS DE LAS OTRAS TRANSFERENCIAS CORRIENTES | $5.660.790.00 | |||
3 | 6 | 3 | 158 | AUXILIO SINDICAL | $5.660.790.00 | ||
27 | RENTAS PARAFISCALES | $5.660.790.00 |
ARTÍCULO 3o. El presente Acuerdo deberá contar con la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, respecto de sus artículos primero y segundo, de conformidad con el artículo 1o del Decreto 4836 del 21 de diciembre de 2011 que modificó el artículo 29 del Decreto 4730 de 2005.
ARTÍCULO 4o. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y aprobación de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá a los 17 JUL. 2012
RAFAEL PARDO RUEDA
PRESIDENTE DEL CONSEJO
MINISTRO DEL TRABAJO
JAIME RAMON GOMEZ PASCUALI
SECRETARIO DEL CONSEJO