Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción
ACUERDO 13 DE 2012
(octubre 11)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Por el cual se modifica el presupuesto de Inversión para la vigencia fiscal 2012
EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA.
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Artículo 1o del Decreto 4836 de 2011 que modificó el artículo 29 del decreto 4730 de 2005, el artículo 22 del Decreto 4970 de 2011, y el artículo 3 numeral 27 del Decreto 249 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 1485 del 14 de diciembre de 2011, “Por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2012”, en su artículo 1o detalla el presupuesto de Rentas y Recursos de Capital para la vigencia 2012, del cual hace parte el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA;
Que en el artículo 19 de la Ley 1485 de 2011, autoriza al Consejo Directivo Nacional para efectuar distribuciones en el presupuesto de ingresos o gastos sin cambiar su destinación ni cuantía, las cuales requieren para su validez de la aprobación de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Que el artículo 1o del Decreto 4836 del 21 de diciembre de 2011, que modificó el artículo 29 del Decreto 4730 del 28 de diciembre de 2005 “por el cual se reglamentan normas orgánicas del presupuesto, determina que “las modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda o los programas y subprogramas de inversión aprobados por el Congreso, se realizaran mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas modificaciones se harán por resolución o acuerdo de las juntas o Consejos Directivos, o por resolución del representante legal en caso de no existir aquellas. // El Ministerio de Hacienda y Crédito Público- Dirección General del presupuesto Público Nacional, aprobará las operaciones presupuestales contenidas en las resoluciones o acuerdos una vez se realice el registro de las solicitudes en el Sistema integrado de Información Financiera SIIF Nación". (Resaltado fuera de texto).
Que en el Decreto 4970 del 30 de diciembre de 2011, “Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2012, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos'' efectúa la apropiación para atender los gastos de funcionamiento, inversión y servicio de la deuda pública del presupuesto general de la nación para la vigencia del 1 de enero al 31 de diciembre de 2012 del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA;
Que el citado Decreto 4970 del 30 de diciembre de 2011, “Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2011, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos” en el artículo 22 autoriza al Consejo Directivo Nacional del SENA, como establecimiento público del orden nacional, para efectuar distribuciones en el presupuesto de ingresos o gastos, sin cambiar su destinación ni cuantía, las cuales requieren para su validez de la aprobación de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público;
Que se requieren recursos para cumplir con las metas de formación profesional a nivel nacional formando aprendices que recibirán formación por competencias, mediante aprendizaje por proyectos, integrando estrategias presenciales y virtuales, con características flexibles, y adecuadas a las condiciones reales del sector productivo y el entorno económico de cada región;
Que el Departamento Nacional de Planeación mediante comunicación 20122650004706 del 27 de septiembre de 2012, emitió concepto favorable sobre el traslado presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la Entidad para la vigencia 2012, para financiar las metas de formación a nivel nacional;
Que mediante Decreto 4970 del 30 de diciembre de 2011 por el cual se liquida el presupuesto General de la Nación para la vigencia 2012, en el presupuesto de gastos e inversión del SENA Sección 3602- 00 Programa 310 Divulgación Asistencia Técnica y Capacitación del Recurso Humano, Subprograma 704 Capacitación Técnica no Profesional, proyecto 2 Asistencia al Desarrollo Empresarial, el Emprendimiento y el Empresarismo, a la fecha existe apropiación presupuestal disponible por SIETE MIL OCHOCIENTOS MILLONES DE PESOS ($7.800.000.000) M/CTE distribuidos así: Recurso 20 ingresos corrientes $2.249.600.000 y recurso 27 $5.550.400.000.
Que para efectuar el traslado de que tratan los considerandos anteriores, la Coordinadora del Grupo de Presupuesto del SENA expidió el certificado de disponibilidad presupuestal No 58912 del 03 de agosto de 2012.
Que previo estudio de viabilidad efectuado por la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo de la Entidad, el Director General de la entidad propone al Consejo Directivo Nacional la modificación presupuestal señalada en el presente Acuerdo.
Que por lo anterior, es necesario trasladar los recursos presupuestales para financiar dichos gastos durante la presente vigencia fiscal;
Que en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1o. Contracreditar el presupuesto de Egresos Ley para la vigencia fiscal de 2012 por un valor de SIETE MIL OCHOCIENTOS MILLONES DE PESOS $7.800.000.000 M/CTE., en los siguientes Programas, Subprogramas, Proyectos, Recurso y valor en pesos:
PROG | SUBP | PROY | PROY | REC | CONCEPTO | VALOR |
C - INVERSIÓN | $7.800.000.000 | |||||
310 | DIVULAGCION <sic> ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACIÓN DEL RECURSO HUMANO | $7.800.000.000 | ||||
310 | 704 | CAPACITACION TECNICA NO PROFESIONAL | $7.800.000.000 | |||
310 | 704 | 2 | ASISTENCIA AL DESARROLLO EMPRESARIAL, EL EMPRENDIMIENTO Y EL EMPRESARISO <sic> | $7.800.000.000 | ||
20 | INGRESOS CORRIENTES | $2.249.600.000 | ||||
27 | RENTAS PARAFISCALES | $5.550.400.000 |
ARTÍCULO 2o. Con base en el artículo anterior, acreditar el presupuesto de Egresos Ley para la vigencia fiscal de 2012 por valor de SIETE MIL OCHOCIENTOS MILLONES DE PESOS ($7.800.000.000) M/CTE, en los siguientes Programas, Subprogramas, Proyectos, Recurso y valor en pesos:
PROG | SUBP | PROY | REC | CONCEPTO | VALOR |
C - INVERSIÓN | $7.800.000.000 | ||||
310 | DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO | $7.800.000.000 | |||
310 | 704 | CAPACITACION TECNICA NO PROFESIONAL | $7.800.000.000 | ||
310 | 704 | 207 | CAPACITACION A TRABAJADORES Y DESEMPLEADOS PARA SU DESEMPEÑO EN ACTIVIDADES PRODUCTIVAS, Y ASESORIA Y ASISTENCIA TECNICA EMPRESARIAL, PARA EL DESARROLLO SOCIAL, ECONOMICO Y TECNOLOGICO, A TRAVES DE LOS CENTROS DE FORMACION DEL SENA A NIVEL NACIONAL | $7.800.000.000 | |
20 | INGRESOS CORRIENTES | $2.249.600.000 | |||
27 | RENTAS PARAFISCALES | $5.550.400.000 |
ARTÍCULO 3o. El presente Acuerdo deberá contar con la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, respecto de sus artículos primero y segundo, de conformidad con el artículo 1o del Decreto 4836 del 21 de diciembre de 2011 que modificó el artículo 29 del decreto 4730 de 2005.
ARTÍCULO 4o. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y aprobación de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dado en Bogotá a los 11 OCT. 2012
RAFAEL PARDO RUEDA
PRESIDENTE DEL CONSEJO
MINISTRO DEL TRABAJO
JAIME RAMON GOMEZ PASCUALI
SECRETARIO DEL CONSEJO