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ACUERDO 16 DE 1997
(julio 23)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
<NOTA DE VIGENCIA: Acuerdo derogado por el artículo 6 del Acuerdo 24 de 1998. Acuerdo derogado por el artículo 7 del Acuerdo 20 de 1998>
Por el cual se suprimen unos cargos vacantes y se crean otros en la planta de personal de empleados públicos
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE, SENA,
en ejercicio de las facultades que le otorga el literal c del numeral 9o del Artículo
10 de la Ley 119 de 1994.
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 1120 de junio de 1996 contempla en su estructura la Dirección del Sistema Nacional de Formación Profesional señalándole la función de liderar en el país el Sistema Nacional de Formación para el Trabajo.
Que el señalado Decreto adscribió a dicha Dirección las Divisiones de Aprendizaje y Reconocimiento y de Registro y Control Académico.
Que en la asignación de planta de personal se activó únicamente la División de Aprendizaje y Reconocimiento la cual está cumpliendo con funciones asignadas a las tres instancias mencionadas.
Que es necesario proveer la planta requerida para el cumplimiento total de las funciones asignadas a estas dependencias en el Decreto 1120 de 1996.
ACUERDA:
ARTICULO 1o. <Acuerdo derogado por el artículo 6 del Acuerdo 24 de 1998. Acuerdo derogado por el artículo 7 del Acuerdo 20 de 1998> Suprimir de la planta de personal del SENA los siguientes cargos vacantes:
CANTIDAD CARGO
8 Instructor
ARTICULO 2o. <Acuerdo derogado por el artículo 6 del Acuerdo 24 de 1998. Acuerdo derogado por el artículo 7 del Acuerdo 20 de 1998> Crear los siguientes cargos directivos para la Dirección del Sistema Nacional de Formación Profesional y la División de Registro y Control Académico, respaldados en la disponibilidad presupuestal que libera la supresión de los cargos del artículo anterior.
CANTIDAD CARGO GRADO
1 Subdirector 12
1 jefe 09
ARTICULO 3o. <Acuerdo derogado por el artículo 6 del Acuerdo 24 de 1998. Acuerdo derogado por el artículo 7 del Acuerdo 20 de 1998> De la planta global del SENA y el Director General realizará los movimientos de personal necesarios para asegurar el cumplimiento de las funciones establecidas en el Decreto 1120 de 1996 para las citadas dependencias.
ARTICULO 4o. <Acuerdo derogado por el artículo 6 del Acuerdo 24 de 1998. Acuerdo derogado por el artículo 7 del Acuerdo 20 de 1998> El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dado en Santafé de Bogotá D.C. a los 23 días de julio de 1997.
IVAN MORENO ROJAS
Presidente
FABIO BRAVO RUSSY
Secretario