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ACUERDO 21 DE 1997
(agosto 13)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
<NOTA DE VIGENCIA: Acuerdo derogado por el artículo 6 del Acuerdo 24 de 1998. Acuerdo derogado por el artículo 7 del Acuerdo 20 de 1998>
Por el cual se suprimen unos cargos vacantes y se crean otros en la planta de personal de empleados públicos
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE, SENA,
En ejercicio de las facultades que le otorga el literal c, del numeral 9o del Artículo 10 de la ley 119 de 1994,
CONSIDERANDO:
Que el consejo Directivo mediante Acuerdos 0008 y 20 de 1996 determinó y adoptó la planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA.
Que el Director General en uso de las facultades otorgadas por el Consejo Directivo Nacional distribuyó y asignó los cargos creados entre las diferentes dependencias de Dirección General, Regionales y Seccionales.
Que transcurrido más de un año desde que inició el proceso de incorporación de los funcionarios en la nueva planta de personal, se ha detectado la necesidad de hacer algunos ajustes a dicha planta, con el fin de optimar el talento humano conque cuenta la entidad, y de esta manera poder dar una respuesta más adecuada a las exigencias del medio externo.
ACUERDA:
ARTICULO 1o. <Acuerdo derogado por el artículo 6 del Acuerdo 24 de 1998. Acuerdo derogado por el artículo 7 del Acuerdo 20 de 1998> suprimir de la planta de personal del SENA los siguientes cargos vacantes:
CANTIDAD CARGO GRADO
4 Auxiliar 4
2 Auxiliar 6
10 Auxiliar 8
ARTICULO 2o. <Acuerdo derogado por el artículo 6 del Acuerdo 24 de 1998. Acuerdo derogado por el artículo 7 del Acuerdo 20 de 1998> Crear los siguientes cargos respaldados en la disponibilidad presupuestal que libera la supresión de los cargos del artículo anterior.
CANTIDAD CARGO GRADO
2 Profesional 8
3 Profesional 7
4 Profesional 5
ARTICULO 3o. <Acuerdo derogado por el artículo 6 del Acuerdo 24 de 1998. Acuerdo derogado por el artículo 7 del Acuerdo 20 de 1998> Los cargos creados en el artículo anterior serán distribuidos por el director General una vez analizadas las necesidades del servicio y la optimación en la gerencia del talento humano.
ARTICULO 4o. <Acuerdo derogado por el artículo 6 del Acuerdo 24 de 1998. Acuerdo derogado por el artículo 7 del Acuerdo 20 de 1998> El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Santafé de Bogotá, D.E. a 13 de agosto de 1997.
IVAN MORENO ROJAS
Presidente
FABIO E. BRAVO RUSSY
Secretario