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ACUERDO 37 DE 1994

(octubre 13)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

<NOTA DE VIGENCIA: Acuerdo derogado por el artículo 3 del Acuerdo 30 de 1996>

Por el cual se adiciona el Acuerdo No. 07 de 1993

Resumen de Notas de Vigencia

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA,  

en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las que le confieren los artículos 9o. del Decreto Ley 1661 de 1991 y 7o. del 2164 del mismo año y,

CONSIDERANDO :

Que los artículos 9o. del Decreto 1661 de 1991 y }7o. del Decreto Reglamentario del mismo año, establecen que en los organismos descentralizados de la ramaejecutiva, los Consejos directivos de acuerdo con las necesidades específicasdel servicio, con la política de personal que se adopte y con sujeción a la disponibilidad presupuestal ; determinarán por medio de acuerdo los empleos susceptibles de asignación de prima técnica.

ACUERDA:

ARTICULO 1o. <Acuerdo derogado por el artículo 3 del Acuerdo 30 de 1996> Adicionar el artículo 1o del Acuerdo No. 07 de 1993, en el sentido de incluir entre los cargos susceptibles de asignación de la prima técnica de que tratan los Decretos 1661 de 1991 y su reglamentario del mismo año, el cargo de Jefe 07 asistente del Despacho del Director General.

Notas de Vigencia
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ARTICULO 2o. <Acuerdo derogado por el artículo 3 del Acuerdo 30 de 1996> El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

Notas de Vigencia

COMUNIQUESE Y CUMPLASE:

Dado en Santafé de Bogotá, D.C. a los trece días del

mes de octubre de 1994.

MARIA SOL NAVIA VELASCO

Ministra de Trabajo y Seguridad Social

ANDRES VARELA ALGARRA

Secretario

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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