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CIRCULAR 1 DE 2017

(enero 11)

<Fuente: Archivo Interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Bogotá,

PARA: DIRECTOR GENERAL, DIRECTORES DE AREA, JEFES DE OFICINA, DIRECTORES REGIONALES Y SUBDIRECTORES DE CENTRO

ASUNTO: Resolución de Apertura Presupuesto 2017

Adjuntamos copia de la Resolución 00001 del 2 de enero de 2017 por la cual se distribuye el presupuesto del SENA para la vigencia fiscal 2017, que se encuentra publicada en el ftp institucional, en la ruta:

ftp://ftp.sena.edu.co/Direcci%F3n%20de%20Planeaci%F3n%20%96%20DiGeneral/PLAN%20DE%20ACCION%202017/

La distribución del presupuesto efectuada mediante dicha resolución provee el sustento financiero del Plan de Acción 2017, el cual se formuló con la finalidad de contribuir al cumplimiento de la Misión y Visión de la entidad, el Plan Estratégico Institucional, el Plan Sectorial y el Plan Nacional de Desarrollo PND, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto 2482 de 2012 por el cual se establecen los lineamientos generales para la integración de la planeación y la gestión.

Nuestros esfuerzos estarán orientados a garantizar la articulación entre la estrategia y la operación, mediante el diseño e implementación de estrategias, objetivos, actividades, indicadores y productos que permitan alcanzar la MEGA META que nos orienta en los próximos años, de cara a la perspectiva de un país en paz, equitativo y educado, a la situación económica del país, a los avances tecnológicos y a las nuevas realidades del mercado laboral. En ese contexto, la apuesta para el SENA en los próximos años se orienta a:

- Contribuir a la vinculación laboral mejorando las condiciones de empleabilidad de las personas y su impacto en la productividad de las empresas.

- Desarrollar formación profesional integral con calidad, pertinencia y cobertura.

- Conectar a las personas certificadas por competencias laborales con el trabajo.

- Fortalecer el proceso de emprendimiento y empresarismo.

- Fortalecer la gestión del contrato de aprendizaje.

- Contribuir en la ubicación laboral de personas mediantes el proceso de intermediación laboral.

- Consolidar y fortalecer el sistema de gestión que garantice la excelencia en el cumplimiento de la misión y los servicios de alta calidad de la Entidad

El compromiso para la vigencia 2017 es focalizar nuestros esfuerzos y recursos para desarrollar acciones de formación profesional, emprendimiento, fortalecimiento de la asociatividad, orientación e intermediación laboral que permitan mejorar y ampliar las oportunidades de vinculación laboral, especialmente en la de nuestros aprendices, así como las de los pobladores rurales y las poblaciones vulnerables, además de aportar a la competitividad sectorial y al desarrollo tecnológico del país.

De otro lado, y teniendo en cuenta que la resolución 2674 de 2012 expedida por el Ministerio de Hacienda señala que el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF NACION II es de obligatorio cumplimiento, cada dependencia deberá:

- Verificar el presupuesto de Egresos y en los que tenga injerencia el de Ingresos.

- Tener presente el Plan de Cuentas de Presupuesto contenido en la Resolución No. 69 de diciembre 2011 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para los rubros de Funcionamiento. Los códigos de los Proyectos de Inversión fueron modificados por estrategia del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación, sin embargo se tendrán en cuenta los Códigos Presupuestales de Gestión establecidos por el SENA, los cuales se encuentran en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF II Nación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

La distribución del presupuesto efectuado para la vigencia 2017 en la apertura deberá ser cotejada por cada uno de los Directores de Área, Jefes de Oficina, Directores Regionales y Subdirectores de Centro, con lo dispuesto en la Resolución 00001 del 2 de enero de 2017 y los registros del aplicativo SIIF NACION, con el fin de verificar las asignaciones correspondientes a cada rubro presupuestal de gastos en funcionamiento, y para cada proyecto de inversión la desagregación en cada uno de los conceptos de gestión lo que se debe financiar con base en los objetivos formulados en los lineamientos del Plan de Acción para la vigencia 2017.

Los ordenadores del gasto deberán planear, administrar y ejecutar con criterios de austeridad, eficiencia, eficacia, efectividad y responsabilidad los recursos institucionales para lograr puntualizar las estrategias que soportan el quehacer institucional del SENA en el 2017.

-Aclaraciones y Recomendaciones para la gestión presupuestal de los recursos aprobados:

1. En el aplicativo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público "SIIF Nación" se realizará el cargue y desagregación del Presupuesto Inicial de Egresos para los Despachos Regionales, Centros de Formación, Dirección General, el Fondo de Vivienda y el Fondo Emprender, en las dependencias que al interior de cada Subunidad se considere su desagregación; el cargue y ejecución del Presupuesto de Ingresos quedará centralizado en la Dirección General.

2. La ejecución presupuestal se realizará entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017. Se deben iniciar los procesos contractuales desde el comienzo de la vigencia fiscal con el fin de garantizar que la ejecución de los contratos y sus pagos sea coherente con la ejecución anual del presupuesto, evitando que la generación de rezago (reservas y cuentas por pagar) castigue la programación de PAC de la siguiente vigencia, el cual deberá tender a cero.

3. Es importante revisar y validar previamente que para adelantar un proceso contractual esté expedido el CDP que soporta dicho proceso.

4. El aplicativo SIIF NACION está diseñado para que se afecte en un mismo CDP varios proyectos de inversión y/o rubros de funcionamiento que soportan un único proceso de contratación; el aplicativo no permite generar varios CDP's para atender un solo proceso contractual.

5. La comunicación radicada donde se solicita la expedición del CDP debe ser clara para afectar adecuadamente los recursos presupuéstales y el trámite en el sistema SIIF NACION, el cual asigna una numeración consecutiva para la solicitud del CDP y la expedición del mismo.

6. Es responsabilidad de los Ordenadores del Gasto garantizar con los recursos asignados para la vigencia 2017 el cubrimiento de los gastos de obligatorio cumplimiento que sean indispensables para el normal desempeño de la gestión institucional. No obstante, deberán garantizar principalmente:

- El pago de los servicios públicos incluyendo las nuevas sedes que llegasen a entrar a operar en la respectiva vigencia.

- El pago de impuestos. Se solicita realizar el pago dentro de las fechas previstas para tal fin, especialmente en el período con descuentos.

- La alimentación de los trabajadores oficiales y los elementos de protección de funcionarios y aprendices.

- Los gatos de nómina y los inherentes a la misma están garantizados

Nota: Los gastos de nómina y gastos asociados a la nómina quedan centralizados en la Dirección General, excepto lo relacionado a la alimentación de los TO. No tendrán efecto para recalculo los cuales se determinarán desde la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo. Adicionalmente, es deber de los Ordenadores de Gasto verificar la disponibilidad presupuestal antes de autorizar horas extras y contratación de aprendices, y hacer estricto seguimiento a la ejecución de dichos rubros con el fin de evitar desfinanciamientos.

7. Obedeciendo a la óptima planeación y programación del presupuesto solo se atenderán modificaciones presupuéstales debidamente justificadas dentro de la vigencia 2017, las cuales se realizarán teniendo en cuenta los lineamientos establecidos en el documento Plan de Acción 2017 (ver página 170).

8. Se solicita a los Ordenadores del Gasto que al momento de requerir una modificación y/o traslado presupuestal, a los responsables de los proyectos en la Dirección General (ver relación en lineamientos del Plan de Acción 2017), adjuntar evidencia de SIIF que demuestre que los recursos se encuentran disponibles, con el fin de adelantar los movimientos correspondientes de forma oportuna y así evitar reprocesos.

9. Respecto a los traslados presupuéstales, adicional a lo señalado en el Pan de Acción, se establece lo siguiente:

- Solamente se podrán hacer traslados con recursos de inversión entre impuestos y servicios públicos; el traslado de recursos de estos 2 rubros a otros deberán ser avalados por el Grupo de Planeación Operativa de la DPDC; los recursos sobrantes serán centralizados por la Dirección de Planeación, previa solicitud del ordenador del gasto.

- No se autoriza traslados hacia bienestar aprendices y bienestar funcionarios sin previa autorización del Grupo de Planeación Operativa de la DPDC.

- Todo traslado de recursos del proyecto C-3603-1300-11 MEJORAMIENTO DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL Y DE LAS CONDICIONES TÉCNICAS Y TECNOLÓGICAS DE LOS SERVICIOS DEL SENA A NIVEL NACIONAL deberá contar con el aval de la Dirección de Planeación - Grupo de Planeación Operativa.

10. Los recursos asignados en resolución de apertura garantizan el cumplimiento de los compromisos adquiridos a través de las vigencias futuras tramitadas en la vigencia anterior (ver anexo de apertura de presupuesto). De llegarse a presentar algún excedente para dicho concepto, dichos recursos deberán ser reintegrados a la Dirección de Planeación, sin excepción.

11. Para la vigencia 2017 los códigos ley SIIF de los proyectos de inversión cambian de acuerdo a indicaciones dadas por el Departamento Nacional de Planeación -DNP y Ministerio de Hacienda y Crédito Público, los cuales se encuentran en el Decreto de Liquidación de Presupuesto para la vigencia 2017 y en la tabla No. 16 del documento Plan de Acción 2017.

12. La Dirección General y las Direcciones Regionales deberán ejecutar totalmente el presupuesto de funcionamiento para su operación (impuestos, servicios públicos, combustibles, etc.) y lo correspondiente a inversión.

13. Con respecto a los anexos de apertura se recuerda que son de estricto cumplimiento respetando tiempos, cantidades, valores y perfiles para su ejecución. Se aclara que los recursos asignados para servicios personales indirectos son para cubrir la totalidad de la vigencia.

14. Las modificaciones presupuéstales que afecten la distribución de la apertura, se realizarán a partir del mes de febrero.

Se resalta que una correcta planeación se refleja en una ejecución oportuna de los recursos en el transcurso del año, con un cumplimiento del 100% de las metas. La sobre ejecución en metas significa fallas en el proceso de planeación y concertación de los compromisos, por ello se solicita a los Subdirectores y Directores Regionales hacer un seguimiento permanente para controlar esta situación, teniendo en cuenta además que los recursos asignados son para el cumplimiento de la metas del año.

Esperamos el compromiso de todos ustedes que permita a la Entidad desarrollar la estrategia institucional contenido en el Plan de Acción 2017, con el fin de generar impactos y cambiar las condiciones de vida de millones de colombianos, a través del aporte a la empleabilidad y competitividad, mediante una oferta de servicios que responda a las necesidades del sector productivo, a las condiciones de la población y a las características propias de las regionales del país.

Cordialmente,

IVAN ERNESTO ROJAS GUZMÁN

Director de Planeación y Direccionamiento Corporativo

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/CIRCULAR_SENA_0001_2017.pdf>

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