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CIRCULAR 2 DE 2010
(enero 5)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
Bogotá
PARA | DIRECTOR GENERAL, SECRETARIA GENERAL, DIRECTORES DE AREA, JEFES DE OFICINA, COORDINADORES DE GRUPO DE LA DIRECCION GENERAL, DIRECTORES REGIONALES Y SUBDIRECTORES DE CENTRO. |
ASUNTO: | Alcance Circular 3-2010-00001 de 2010 |
Damos alcance a nuestra circular 3-2010-00001 de 2010, para pedirles que omitan lo referente a los gastos de manutención y solo acatar lo establecido en dicha circular en cuanto a gastos de transporte.
Los viáticos se rigen por las resoluciones vigentes a la fecha.
Cordial saludo,
ORBIDIO VELANCIA NIÑO
Director Administrativo y Financiero
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENAGRUPO DE PRESUPUESTO
TABLA DE GASTOS DE VIAJE 2010
En cumplimiento del Artículo Vigésimo Segundo de la resolución 0574 de Marzo 31 de 1995, los valores por gastos de viaje, transporte y manutención, se incrementaran a partir del 1° de enero de cada año, en el mismo porcentaje que para el salario mínimo legal mensual fije el Gobierno Nacional. En consecuencia, teniendo en cuenta Decreto 5053 del 30 de Diciembre de 2009, la tabla que rige para el año de 2010, es la siguiente:
CONCEPTO | VALORES $ AÑO 2009 | VALORES $* AÑO 2010 (reajustados) |
GASTOS DE TRANSPORTE
VEHICULO DEL COMISIONADO | ||
Valor por kilómetro de Distancia | 1.331 | 1.379 |
Valor por Comisión | 86.270 | 89.410 |
Valor máximo mes | 172.534 | 178.814 |
OTROS GASTOS DE TRANSPORTE ENTRE TERMINALES Y LA CIUDAD
Vía Aérea - Ida y Regreso | 59.153 | 61.306 |
Vía Aérea - Un solo sentido | 29.243 | 30.307 |
Vía Terrestre - Ida y Regreso | 20.702 | 21.456 |
Vía Terrestre - un solo sentido | 10.321 | 10.697 |
Traslado a otras ciudades durante la comisión | 39.448 | 40.884 |
DESEMPEÑO DE FUNCIONES ESPECIFICAS (NUMERAL 2 DEL ARTÍCULO 15. RESOLUCION 574 DE 1995) | 59.153 | 61.306 |
GASTOS DE MOVILIZACION - MENSUAL
Camperos, Automóviles, Camionetas, Lanchas | ||
Áreas Urbanas | 202.610 | 209.985 |
Áreas Rurales | 250.648 | 259.772 |
Motocicletas | ||
Áreas Urbanas | 101.418 | 105.110 |
Áreas Rurales | 155.277 | 160.929 |
*Los valores del 2010 se reajustaron en el 3.64%, que fue el incremento del salario Mínimo Legal Mensual para esta vigencia.