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CIRCULAR 14 DE 2009
(27 julio)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA
SECRETARIA GENERAL DIRECTORES DE AREA, JEFES DE OFICINA, DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTRO Y COORDINADORES DE GRUPO DE APOYO ADMINISTRATIVO MIXTO
Asunto: Modificación término para reportar información contractual a las Cámaras de Comercio Dando alcance a la Circular Jurídica No. 007, radicada el 12 de junio de 2009 con el número 3-2009-000156, de manera atenta les informo que mediante el artículo 2 del Decreto 2247 de 2009: "Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 4881 de 2008 y se dictan otras disposiciones", el Gobierno Nacional modificó el termino para remitir a las Cámaras de Comercio la información sobre los contratos que hayan sido adjudicados, que estén en ejecución o que hayan sido ejecutados, así como las multas, multas pagadas, sanciones en firme y sanciones cumplidas o revocadas.
En virtud de esta norma, cada ordenador del gasto o quien él designe deberá remitir por medios electrónicos, a más tardar el 31 de diciembre de 2009, a las Cámaras de Comercio que tengan jurisdicción en el lugar del domicilio del inscrito, la información mencionada del periodo comprendido entre el 16 de enero de 2004 al 16 de enero de 2009 (5 afros), y la correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de enero de 2009 al 30 de noviembre de 2009.
A partir de esa fecha, se debe seguir reportando la información mensualmente (correspondiente al mes inmediatamente anterior), a más tardar el día quince (15) de cada mes.
Atentamente,
ALBERTO GUERRERO GUIO
Director Jurídico