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CIRCULAR 14 DE 2020
(enero 27)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
PARA | DIRECTORES DE ÁREA, JEFES DE OFICINA DE LA DIRECCIÓN GENERAL, Y COORDINADORES DE GRUPO DIRECCIÓN GENERAL |
Asunto: | Rendición de Cuenta e Informe Consolidado Anual 2019 - Contraloría General de la República. |
En cumplimiento de lo establecido en la Resolución Orgánica 7350 del 29 de noviembre de 2013 "Por la cual se modifica la Resolución Orgánica 6289 del 8 de marzo del 2011 que "Establece el sistema de rendición electrónica de la cuenta e informes, SIRECI, que deben utilizar los sujetos de control fiscal para la presentación de la rendición de cuenta e informes a la Contraloría General de la República" y conforme las competencias funcionales asignadas a la Dirección Administrativa y Financiera, en especial, lo establecido en el numeral tercero del artículo 15 del Decreto 249 de 2004, ésta Dirección solicita a Directores de Área, Secretaría General, Jefes de Oficina de la Dirección General, Directores Regionales, Subdirectores de Centro y Coordinadores Administrativos, se sirvan diligenciar y remitir a esta Dirección, los formatos que más adelante se indican con sus debidos anexos, soportados y validados en el STORM USER, a más tardar el día el viernes 14 de febrero de 2020, a través del correo: yecheverriao@sena.edu.co, teniendo en cuenta los siguientes lineamientos:
1. Incluir la totalidad de información correspondiente a la vigencia 2019, esto es, el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2019.
2. La información debe ser enviada por cada Centro de Formación a la Dirección Regional que se encuentre adscrito, siendo ésta última la que remitirá el archivo previamente validado en la herramienta STORM USER de la Contraloría General de la República, al área responsable mencionada en esta circular de la Dirección General para su consolidación.
3. La herramienta validadora se debe descargar de la página www.contraloriagen.gov.co, vínculo SIRECI.
4. El diligenciamiento de las columnas correspondientes a valores, plazos, adiciones, detalles, prórrogas y porcentajes, NO debe tener fórmulas y en ningún caso insertar símbolos especiales: (,)(")(' )(')(I)(*)(¿)(?)(¡)(¡)» entre otros, tampoco saltar líneas dentro de las celdas con ALT+ENTER, ni darle ENTER dentro de las celdas u otros símbolos invisibles.
5. Diligenciar la totalidad de los campos de cada uno de los formularios, toda vez que no se aceptan espacios en blanco.
6. En las columnas de descripción, observación o las que contengan texto, por favor no exceder los dos mil caracteres.
7. Los destinatarios de la presente circular son los responsables de los datos y envío oportuno a la Dirección General
8. En las columnas de valores, estos deben ser diligenciados en pesos, sin centavos, sin puntos, sin comas, sin símbolos especiales de ($), ni otros caracteres especiales.
9. Bajo ninguna circunstancia se debe MODIFICAR la estructura de los formularios establecidos por el Ente de Control - Contraloría General de la República.
10. Se pueden ADICIONAR tantas FILAS como sean necesarias.
11. Las celdas que figuran con colores: verde, amarillo o azul NO SE DEBEN DILIGENCIAR.
12. Para el caso en los que no aplique el diligenciamiento del formulario, se debe diligenciar el primer campo de la columna "FORMULARIO CON INFORMACIÓN “indicando la opción 2 NO, y en la columna "JUSTIFICACIÓN" en un máximo de 290 caracteres las razones por las cuales NO se diligencia la información por parte del SENA.
La información remitida debe ser previamente validada en el Sistema de Rendición Electrónica de la Cuenta e Informes - SIRECI, y adjuntar el pantallazo de validación "Exitosa" con el fin de determinar que la misma se encuentra diligenciada en debida forma.
A continuación, se relacionan los formularios electrónicos a diligenciar y el área responsable de su consolidación:
FORMULARIOELECTÓNICO | DESCRIPCIÓN | AREA RESPONSABLE |
F1 | ORIGEN DE INGRESOS - ENTIDADES INCLUIDAS EN EL PRESUPUESTO NACIONAL | DAF-GRUPO DE RECAUDO Y CARTERA |
F1.1 | INGRESOS DE ORIGEN DIFERENTES AL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN | DAF-GRUPO DE RECAUDO Y CARTERA |
F2 | PLAN ANUAL DE COMPRAS APROBADO | DAF-GRUPO DE SERVICIOS PROFESIONALES |
F4 | PLANES DE ACCIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO 1.2 | DIREECCIÓN DE PLANEACIÓN Y DIRECCIONAMIENTO CORPORATIVO |
F6 | INDICADORES DE GESTIÓN | DIREECCIÓN DE PLANEACIÓN Y DIRECCIONAMIENTO CORPORATIVO, DAF- GRUPO DE CONTABILIDAD |
F7.1 | RELACIÓN PROYECTOS FINANCIADOS CON BANCA MULTILATERAL Y DE COOP INTERNAL_EMPRÉSTITOS | GRUPO DE RELACIONES INTERNACIONALES Y COOPERACIÓN |
F7.2 | RELACIÓN PROYECTOS DESARROLLADOS CON BANCA MULTILAT Y DE COOP INTERN NO REEMB_DONAC Y/O COOP | GRUPO DE RELACIONES INTERNACIONALES Y COOPERACIÓN |
F8.1 | COMPROMISOS PRESUPUESTALES DE LA VIG PARA ACTIVIDADES AMBIENTALES (Registre cifras EN PESOS) | DIREECCIÓN DE PLANEACIÓN Y DIRECCIONAMIENTO CORPORATIVO |
F9 | RELACIÓN DE PROCESOS JUDICIALES (VER 3.0) | DIRECCIÓN DE JURIDICA |
FU | PLAN DE INVERSIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE DESAROLLO NACIONAL | DIREECCIÓN DE PLANEACIÓN Y DIRECCIONAMIENTO CORPORATIVO |
F25.1 | COMPOSICIÓN PATRIMONIAL PÚBLICA Y PRIVADA - TARIFA DE CONTROL FISCAL | DAF-GRUPO DE CONTABILIDAD |
FORMULARIO ELECTÓNICO | DESCRIPCIÓN | ÁREA RESPONSABLE |
F2S.2 | TRANSFERENCIAS PRESUPUESTADAS POR RECIBIR EN LA VIGENCIA ACTUAL (cifras EN PESOS) | DAF-GRUPO DE PRESUPUESTO |
F2S.3 | AUTORIZACIÓN DE NOTIFICACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS | DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA |
F39.1.1 | ACTIVIDADES DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA GESTIÓN DE LA ENTIDAD | PARTE 1- GRUPO DE SERVICIO AL CUENTE PARTE 2- SECRETARÍA GENERAL- GRUPO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARTE 3 SECRETARÍA GENERAL - GRUPO SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARTE 4 SECRETARÍA GENERAL - GRUPO SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO |
F39.1.2 | ACTIVIDADES Y RESULTADOS DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA GESTIÓN DE LA ENTIDAD | DIREECCIÓN DE PLANEACIÓN Y DIRECCIONAMIENTO CORPORATIVO |
F39.1.3 | RESULTADOS DE LA PARTICIPACION CIUDADANA EN LA GESTIÓN DE LA ENTIDAD | PARTE 1: DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN, DIRECCIÓN DE EMPLEO Y TRABAJO PARTE 2: DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN, DIRECCIÓN DE EMPLEO Y TRABAJO |
Adicionalmente a los formularios electrónicos indicados, se deben allegar los siguientes documentos electrónicos anexos:
ANEXOS | DESCRIPCIÓN | AREA RESPONSABLE |
ANEXO F38 | ESTADOS FINANCIEROS | DAF- GRUPO DE CONTABILIDAD |
ANEXO F3 | PLAN ESTRATÉGICO | DIREECCIÓN DE PLANEACIÓN Y DIRECCIONAMIENTO CORPORATIVO |
ANEXO F52.23 | ORGANIGRAMA | DIREECCIÓN DE PLANEACIÓN Y DIRECCIONAMIENTO CORPORATIVO |
ANEXO F52.24 | PLAN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL | DIREECCIÓN DE PLANEACIÓN Y DIRECCIONAMIENTO CORPORATIVO |
ANEXO F8.7 | ESTUDIOS DE VALORIZACIÓN DE COSTOS AMBIENTALES | DAF-GRUPO DE CONSTRUCCIONES |
Para el Ente de Control, se entenderá por no rendida la información cuando no se realice a través del SIRECI, por lo cual es fundamental el compromiso de todos los responsables directos de la información para el cumplimiento de los procedimientos y términos establecidos.
La no presentación de la rendición o los informes previstos o la presentación extemporánea o incompleta, son causales de imposición de sanciones, de conformidad con lo establecido en la Ley 42 de 1993, en particular, las previstas en los artículos 100 y 101 y en la Resolución Orgánica No. 5554 de marzo 11 de 2004, modificada por la Resolución 6541 de 2012, o la norma que esté vigente en materia de causales y sanciones por incumplimiento en materia de la rendición de cuentas e informes.
Finalmente, es oportuno precisar que conforme lo establecido en el parágrafo primero del artículo 14 de la Resolución antes referida (...) la información rendida a través del Sistema de Rendición de la Cuenta e Informes SIRECI, se constituye en prueba para cualquier proceso que adelante la Contraloría General de la República (...) por lo que los documentos soporte reposarán en las correspondientes dependencias a disposición del Ente de Control, quién podrá solicitarlos, examinarlos, evaluarlos o consultarlos en cualquier tiempo dentro del ejercicio de los procesos auditores, por tanto, la validez y veracidad de la información será responsabilidad única y exclusiva de cada dependencia de la Entidad, siendo la Dirección Administrativa y Financiera, la encargada de realizar la transmisión de la información a la Contraloría General de la República.
Cordialmente,
WILSON JAVIER ROJAS MORENO
Director Administrativo y Financiero
<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/C_SENA_0014_2020.pdf>