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CIRCULAR 17 DE 2009

(septiembre 4)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Para:
Directora de Formación Profesional, Directores Regionales Y Subdirectores de Centro
Asunto:
Servicio Militar - aprendices

Complementando lo manifestado en la Circular Jurídica No 003 de 2009, radicada el 27 de febrero de 2009 con el No 3-2009-000063, relacionada con la situación militar de los aprendices del SENA, de manera atenta les informo que en reciente reunión realizada con los Directores de Zona de Reclutamiento del Ejército, se llegaron a las siguientes conclusiones:

1. Las certificaciones que deben expedir los Centros de Formación deben Indicar expresamente:

- nombre completo del aprendiz

- número de identificación

- nombre completo de la especialidad que está cursando

- fecha de inicio y fecha de terminación de la formación, incluida la etapa productiva.

2. El día de la incorporación, que son de público conocimiento a través de los medios de comunicación, debe estar en los Distritos Militares de Reclutamiento un funcionario del SENA (bienestar o ingreso) con el listado actualizado de técnicos y tecnólogos para ayudar en el proceso de incorporación.

3. Los jóvenes que estén cursando en el SENA técnico o tecnólogo, pero que a la fecha del ingreso a la entidad tenían la connotación de REMISO, no tienen el beneficio acordado con la Dirección de Reclutamiento para los aprendices del SENA. Es importante que esos aprendices asistan a título personal a las concentraciones que constantemente se programan para la legalización de la situación militar.

4. Los aprendices técnicos y tecnólogos que terminen la etapa lectiva y no cuenten con patrocinio o no tengan definido su proyecto productivo, podrán incorporarse al ejército a prestar su servicio militar, realizando dentro de éste la ETAPA PRÁCTICA en labores propias de la formación que viene adelantando. Esto significaría que al finalizar el servicio militar obligatorio tendrán el título del SENA y su situación militar definida.

5. Los Subdirectores de Centro deben reunirse la próxima semana con los respectivos Directores de Zona de Reclutamiento, con el fin de socializar las fechas y condiciones de los procesos de incorporación de los años 2009 y 2010, para lo cual les remito el listado de los comandantes de las zonas de reclutamiento con sus teléfonos.

Adicionalmente les anexo la Circular Jurídica No 003 de 2009 (3-2009-000063 del 27 de febrero de 2009), reiterando la necesidad de dar cumplimiento a lo que en ella se anota.

Atentamente,

HERNANDO ALBERTO GUERRERO GUÍO

Director Jurídico

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
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Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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