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CIRCULAR 19 DE 2023
(febrero 2)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
Bogotá D. C.,
PARA: | Secretaría General, Directores de Área, Jefes de Oficina, Directores Regionales, Subdirectores de Centro, Coordinadores de Área y Coordinadores de Grupo de Apoyo Administrativo y Mixtos. |
ASUNTO: | Cuantías de la vigencia 2023 en las modalidades de Selección |
De conformidad con lo establecido en el literal (b) del numeral 2 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015, se informan las cuantías para el año 2023, así como su aplicación en las diferentes modalidades de selección:
1. Cuantías:
CONCEPTO | CUANTÍAS |
Salario mínimo legal mensual para 2023 | $1.160.000,00 |
Presupuesto SENA para la vigencia 2023 | $4.410.464.694.138,00 |
Presupuesto SENA expresado en salarios mínimos legales mensuales vigentes. | 3.802.124,7363258 |
Menor cuantía (Hasta 1000 SMLMV). | $1.160.000.000,00 |
Mínima Cuantía, cuyo valor no exceda el 10% de la menor cuantía. | $116.000.000,00 |
2. Modalidades de Contratación:
Modalidades de selección | Procedimientos | Causales de procedencia | Cuantía de referencia |
Licitación Pública | Licitación Pública general y con conformación dinámica de la oferta. | La escogencia del contratista se efectuará por regla general a través de licitación pública, con las excepciones que se señalan en los | Desde: $1.160.000.000,01 (+1000 SMLMV) |
numerales 2, 3 y 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 | |||
Selección Abreviada | Acuerdo marco de precios | La adquisición de Bienes y Servicios de características técnicas uniformes y común utilización - BSCTUCU-. | No aplica rango de cuantía |
Subasta Inversa | |||
Bolsa de productos | |||
Menor Cuantía | Adquisición de bienes, obras y servicios cuyo valor sea de menor cuantía. | Desde $116.000.000,01 hasta $1.160.000.000,00 En los valores se incluyen todos los impuestos y contribuciones aplicables al contrato. | |
La adquisición de los siguientes objetos: Contratos de prestación de servicios de salud. Contratación cuyo proceso de licitación pública haya sido declarado desierto. | No aplica rango de cuantía | ||
Enajenación de Bienes | La enajenación de bienes del Estado, con excepción de aquellos a que se refiere la Ley 226 de 1995. | No aplica rango de cuantía | |
Concurso de Méritos | Concurso de Méritos Abierto | Selección de consultores, conforme con la definición del artículo 32 de la ley 80 de 1993 | No aplica rango de cuantía |
Concurso de Méritos Abierto con precalificación | |||
Contratación Directa | Dentro de SECOP II podrán encontrarse los procedimientos de: 1. Contratación directa sin oferta, para la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, personales. 2. Directa con oferta, aplicable a las demás causales de contratación directa. | Para los siguientes casos y objetos contractuales: -Urgencia Manifiesta -Empréstito, encargo fiduciario. -Contratos interadministrativos. -Contratos para el desarrollo de actividades científicas y tecnológicas. -Cuando no exista pluralidad de oferentes. -Prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión -Arrendamiento y adquisición de inmuebles. | No aplica rango de cuantía |
Mínima Cuantía | Adquisición en grandes superficies o tienda virtual | Contrataciones cuyo valor no excede del 10% de la menor cuantía de la entidad. Puede hacerse la adquisición por la tienda virtual a través de Colombia Compra Eficiente | Desde $0,00 hasta $116.000.000,00 En los valores se incluyen todos los impuestos y contribuciones aplicables al contrato. |
Procedimiento de mínima cuantía |
3. Convocatoria limitada a las MIPYMES (decreto 1082 de 2015)
En las modalidades de selección de licitación pública, mínima cuantía, selección abreviada y concurso de méritos, la convocatoria se podrá limitar exclusivamente a MIPYMES de conformidad con lo señalado en el artículo 12 de la Ley 1150 modificado por el artículo 34 de la Ley 2069 de 2020 y el Decreto 1860 de 2021.
Es importante que quienes participen en los procesos de contratación de cumplimiento a lo establecido en la ley, los decretos reglamentarios, manuales, guías y circulares emitidas por Colombia Compra Eficiente.
Cordialmente,
KATERINE GRIMALDOS ROBAYO
Directora Jurídica