Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

CIRCULAR 24 DE 2022

(febrero 9)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

PARA:DIRECTORES DE AREA, JEFES DE OFICINA, DIRECTORES REGIONALES Y SUBDIRECTORES DE CENTROS DE FORMACION PROFESIONAL INTEGRAL.
ASUNTO: Lineamiento sobre trabajo decente, trabajo digno, respeto a la dignidad humana, principio de progresividad, protección social y diálogo social para servidores públicos del SENA
Concordancias

La OIT promueve el trabajo decente como una actividad productiva en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana, cuyos objetivos estratégicos se basan en: i) las oportunidades de empleo e ingresos para las personas; ii) la promoción de los derechos fundamentales en el trabajo; iii) la protección social, y iv) el diálogo social.

El trabajo digno tiene sustento constitucional, primordialmente, en los artículos 25 y 53 de la Constitución Política; el primero de ellos consagra que el “trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas”, y el segundo, que consagra los principios fundamentales del trabajo, tales como: la igualdad de oportunidades para los trabajadores, remuneración mínima vital y móvil, proporcional a la cantidad y calidad de trabajo, estabilidad en el empleo, irrenunciabilidad a los beneficios mínimos establecidos en normas laborales, facultades para transigir y conciliar sobre derechos inciertos y discutibles, situación más favorable al trabajador, primacía de la realidad sobre formalidades en las relaciones laborales, garantía de la seguridad social, la capacitación, adiestramiento y el descanso necesario, así como la protección especial a la mujer, a la maternidad y al trabajador menor de edad.

Igualmente, la Constitución reconoce los derechos fundamentales de asociación (art. 39), el derecho a la seguridad social (art. 48), y la negociación colectiva para regular las relaciones laborales (art. 55), entre otros derechos.

El Estado Colombiano tiene un marco legislativo que desarrolla los derechos y principios en materia laboral, la previsión social, el acceso al trabajo y al empleo público, la garantía del derecho de asociación, la libertad sindical y la negociación colectiva de los trabajadores, entre otros derechos, cuyo respeto y observancia es obligatoria para los empleadores de naturaleza pública y privada.

El liderazgo de la construcción de la política nacional de trabajo decente está a cargo del Ministerio del Trabajo, organismo llamado a actuar en pro de la generación de empleo, la formalización laboral, la protección de los trabajadores de los sectores público y privado, así como también la aplicación gradual de estándares laborales internacionales, acudiendo para ello al diálogo social, la concertación, la inspección y vigilancia del trabajo, la extensión de la protección y seguridad social y la creación de empleo decente y sostenible.

Mediante el Decreto 2362 de 2015, el Gobierno Nacional estableció el 7 de octubre como día del trabajo decente, con el fin de exaltar programas y actividades de promoción, divulgación, capacitación y prestación de servicios en relación con el trabajo decente en todo el país, de acuerdo con los ejes temáticos de creación de trabajo, cumplimiento y respeto de los derechos de los trabajadores, extensión de la protección social y promoción del diálogo social. En este mismo espacio se presentan los balances acerca de erradicación del trabajo infantil, empleo como servicio público, calidad del empleo y empresas productivas, teletrabajo, seguridad y salud en el trabajo, formación para el trabajo, formalización y protección a la vejez.

El Plan Nacional de Desarrollo “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad” adoptado por la Ley 1955 de 2019, vigente para el periodo 2018-2022, dio continuidad a la política de promoción del trabajo decente mediante su inclusión en el objetivo de la Equidad, para lo cual se contempló la estrategia denominada “pacto por el trabajo decente, acceso a mercados e ingresos dignos: acelerando la inclusión productiva”, con el cual se propuso aumentar la cobertura de esquemas de protección social, en especial para personas con bajos ingresos; promover el diálogo social, los pactos por el trabajo decente, la no discriminación laboral, el Plan Nacional de Inspección, Vigilancia y Control del Trabajo; consolidar el Subsistema Nacional de Formación para el trabajo mejorando la pertinencia de la formación; mejorar con eficiencia la búsqueda de empleo para eliminar barreras del mercado laboral e incentivar programas de emprendimiento enfocados en población vulnerable. Lo anterior para lograr metas de largo plazo de mayor inclusión productiva, formalización, acceso a trabajo decente, con ingresos dignos e integrado al sector productivo y mayor cubrimiento en los sistemas de protección y seguridad social[1].

Conforme al Plan Estratégico Institucional del Ministerio del Trabajo 2020-2022, los compromisos del Sector Trabajo dentro del PND 2018-2022 se concentran en el pacto por la Equidad, en la línea del Trabajo Decente a través el cual se promueve:

- El empleo productivo (Generación de ingresos, formación para el trabajo, políticas activas y pasivas de empleo)

- La protección social. (Afiliación a pensiones, riesgos laborales, cajas de compensación familiar, BEPS)

- El respeto y cumplimiento de los derechos fundamentales del trabajo.

- El diálogo social entre trabajadores, empresarios y Gobierno.

En el Pacto por la Equidad, el Sector Trabajo también se encuentra vinculado a las líneas de:

- Primero las niñas y los niños (Erradicación de Trabajo Infantil ICBF-Mintrabajo)

- Juventud Naranja (Vinculación laboral de jóvenes SENA - Mintrabajo)

- Dignidad y felicidad para el adulto mayor. (Protección a los ingresos del adulto mayor - BEPS y Colombia Mayor Colpensiones - Mintrabajo)

- Educación (Sistema Nacional de Cualificaciones - MEN, SENA y Mintrabajo)

- Salud (Sistema de gestión de incapacidades y riesgos laborales - Mintrabajo y Minsalud)

Dentro de los demás pactos del PND 2018-2022, el Sector Trabajo incide principalmente en los siguientes:

- Pacto por el emprendimiento (generación de ingresos, formación para el trabajo - SENA - MinTrabajo)

- Economía Naranja (generación de ingresos - Fondo Emprender - SENA)

- Construcción de Paz (colocaciones víctimas del conflicto armado - UAESPE)

- Discapacidad (programas SENA y Colocaciones UAESPE)

Equidad para las Mujeres (Sistemas de equidad de género (rural, empresarial y público) brecha ingresos - Mintrabajo, colocaciones UAESPE)

Dentro del Plan Estratégico Institucional del SENA - PEI 2019-2022, están estructurados los objetivos estratégicos que apuntan a la generación del empleo decente, la promoción y desarrollo integral del talento humano y la consolidación de una cultura Sena humanista, responsable y competitiva, en los siguientes apartes:

Objetivo Estratégico VP 2: Contribuir a la creación y fortalecimiento de empresas formales y la generación de empleo decente.

Objetivo Estratégico DI 1: Promover el desarrollo integral del talento humano SENA.

Objetivo Estratégico DI 2: Consolidar una cultura SENA humanista, responsable y competitiva.

Coherente con lo anterior, dentro de los lineamientos operativos de los Planes de Acción 2020, 2021 y 2022 de la Secretaría General, se encuentran como premisa impulsar el trabajo decente en la entidad como un derecho fundamental; con ese fin, durante las vigencias 2020 y 2021 se adelantaron campañas de sensibilización sobre el tema para los servidores públicos y contratistas a nivel nacional y regional, que incluyeron la publicación de piezas informativas a través del correo institucional, sobre la declaración de la OIT de principios y derechos fundamentales del trabajo, el derecho de asociación, las organizaciones sindicales existen en el Sena, el respeto por los permisos sindicales otorgados por la Secretaría General, los derechos fundamentales del trabajo y el dialogo social, el respeto por el trabajo digno y decente, la constitución política colombiana y el trabajo decente y materialización del trabajo decente en el Sena.

Teniendo en cuenta lo establecido por el Gobierno Nacional sobre el trabajo decente y las normas vigentes sobre la materia, se emiten los siguientes lineamientos internos para el SENA de obligatorio cumplimiento por parte de todos los directivos de la entidad:

- El SENA acoge y aplica la declaración de la OIT sobre principios y derechos fundamentales del trabajo, que promulgó el respeto por la libertad de asociación, la libertad sindical, el reconocimiento al derecho de la negociación colectiva; la eliminación del trabajo forzoso u obligatorio; la abolición del trabajo infantil y la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación.

- Cumplir la premisa fundamental del Plan Estratégico Institucional, referente al respeto por los derechos fundamentales asociados al trabajo y la mejora continua de las condiciones laborales de los funcionarios.

- Abstenerse de utilizar o promover conductas que afecten el ejercicio legítimo del derecho de asociación y la libertad de escogencia y afiliación a organizaciones sindicales.

- Utilizar, promover y respetar el diálogo social, como un canal de materialización de ejercicio de los derechos fundamentales asociados al trabajo.

- Fortalecer el diálogo social con los servidores públicos de la institución, afiliados o no a una organización sindical, a través de escenarios como la negociación colectiva, las reuniones de relacionamiento sindical, las reuniones con directores de área, con el fin de tratar temas como los relacionados con las condiciones del empleo, la seguridad y salud en el trabajo y el bienestar.

- Garantizar a los servidores públicos de la entidad condiciones seguras en el trabajo, descansos adecuados, bienestar, capacitaciones y estímulos, esto en reconocimiento a los derechos fundamentales asociados al trabajo, el principio de progresividad, la regla de no regresividad, y el respecto por los acuerdos colectivos logrados.

- Respetar y facilitar el uso los permisos sindicales que hayan sido otorgados por la Secretaría General de la entidad, así como el ejercicio legítimo de los demás derechos reconocidos a esas organizaciones por la Constitución y la Ley.

Invito a todos los directivos del SENA, a desempeñar sus funciones, cumplir sus responsabilidades y llevar las relaciones de trabajo con los servidores y colaboradores de la entidad, cumpliendo y garantizando, siempre, los principios y derechos fundamentales asociados al trabajo y la política pública de trabajo decente, el respeto por el principio de progresividad de los derechos laborales, la garantía de la protección social y diálogo social, conforme al presente lineamiento y a la normatividad vigente.

Las inquietudes sobre esta circular serán atendidas en el correo electrónico: cmfernandez@sena.edu.co y/o camezquitag@.sena.edu,co

Cordialmente,

Verónica Ponce Vallejo

Secretaria General

<NOTAS DE PIE DE PAGINA>.

1.  https://www.dnp.gov.co/DNPN/Plan-Nacional-de-Desarrollo/Paginas/Pilares-del-PND/Equidad/Trabajo-decente-acceso-a-mercados-e-ingresos-dignos.aspx

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la
compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores
jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones
similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación,
reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por
la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la
competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de
los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono
617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas
de uso de la información aquí contenida.