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CIRCULAR 41 DE 2016
(febrero 29)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Bogotá, D.C.
PARA: DIRECCIONES REGIONALES Y SUBDIRECTORES DE CENTROS DE FORMACIÓN PROFESIONAL INTEGRAL
ASUNTO: Directriz plan de bienestar
Dando alcance a la circular No. 3-2015-000212 del 30 de diciembre de 2015, donde se remitió el Plan de Bienestar Social, y en concordancia con la política de austeridad al gasto, las regionales deberán tener en cuenta las siguientes directrices para la planeación y ejecución de las actividades en desarrollo de la semana de confraternidad y del programa de pre pensionados:
1. Se destinará del presupuesto de bienestar social la suma de $270.000 por participante en la jornadas de integración para la comunidad educativa o semana de la confraternidad dirigida para instructores y trabajadores oficiales
2. Se destinará dos (2) días en esta semana para la participación del personal administrativo en la Jornada de Integración o Semana de la Confraternidad, para lo cual se deberá establecer una programación, que asegure la prestación de aquellos servicios impostergables en las Regionales y jen la Dirección General; para esta actividad se destinó la suma de $187.000.000 que serán ¡distribuidos a cada regional de acuerdo con el número empleados administrativos.
3. El sábado 2 de julio del 2016, se programará el día de la familia con los instructores, trabajadores oficiales, personal administrativos y su núcleo familiar en observancia con lo ¡establecido en el Artículo 1o de la resolución 0059 del 2016 que se hace referencia a la definición de Familia, desarrollando actividades lúdicas, recreativas y de integración. Para este programa los recursos deberán ser apropiados del presupuesto de bienestar social que tiene cada regional.
4. Programa de preparación para el retiro del servicio, de acuerdo con los lineamientos del Plan de Bienestar Social y Estímulos, las Regionales programará tres (3) actividades al año, destinando el valor de $65.000 por participante en cada actividad.
En cada una de las regionales el Comité de Bienestar deberá realizar oportunamente la programación de estas actividades y dar cumplimiento a las directrices impartidas.
Cordialmente,
MILTON NUÑEZ PAZ
Secretario General
<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/CIRCULAR_SENA_0041_2016.pdf>