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CIRCULAR 42 DE 2013

(mayo 29)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

PARA:DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTRO DE FORMACION Y COORDINADORES DE LOS GRUPOS DE APROYO ADMINISTRATIVO DE LA ENTIDAD.
Asunto:Certificaciones laborales y de contratos de prestación de servicios personales.

Estimados Directores, Subdirectores y Coordinadores, reciban un cordial saludo.

La Ley 80 de 1993 “Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública”, dispone en el numeral 3° de su artículo 32 que "Son contratos de prestación de servicios los que celebren las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimiento especializados. // En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones sociales y se celebrarán por el término estrictamente indispensable”.

De otro lado, la Ley 909 de 2004 "Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones”, establece que las relaciones laborales con la entidad nacen para los empleados públicos a partir del acta de posesión en un empleo público de la planta de personal del SENA adoptada por el Decreto 250 de 2004, previa expedición de la Resolución que ordena el nombramiento ordinario o en periodo de prueba, en provisionalidad o en encargo, según la naturaleza del empleo (carrera administrativa o libre nombramiento y remoción); en el caso de los trabajadores oficiales, la vinculación laboral se inicia a partir de la suscripción del contrato de trabajo para proveer una vacante de esa naturaleza en la misma planta de personal de la entidad.

Teniendo en cuenta estas claras diferencias de carácter legal entre los contratos de prestación de servicios personales (que no generan relación laboral), y las vinculaciones laborales de empleados públicos y trabajadores oficiales en la planta de personal de la entidad, es indispensable que las certificaciones que expida la entidad indiquen con exactitud y sin lugar a equívocos el tipo de vinculación y sus características, con el fin de no generar confusión entre sus destinatarios o los terceros que la lean.

Por lo anterior, de manera atenta les solicito aplicar los siguientes lineamientos para la expedición de esas certificaciones:

a. Solo se tramitarán las solicitudes de expedición de certificaciones laborales o de contratos de prestación de servicios recibidas en medio digital o en medio escrito debidamente radicadas. No se tramitarán solicitudes verbales.

b. Deben ser diferentes los funcionarios que suscriban las certificaciones de carácter laboral y las de contratos de prestación de servicios: En las Regionales y en los Centros de Formación las certificaciones laborales deben ser expedidas por la Coordinación del respectivo Grupo de Apoyo Administrativo donde repose la hoja de vida del funcionario, y en la Dirección General por la Coordinación del Grupo de Relaciones Laborales; por su parte, las certificaciones de los contratistas de prestación de servicios deben ser suscritas por el ordenador del gasto, es decir, por el Subdirector del Centro o el Director Regional, y en la Dirección General por la Secretaría General.

c. Las certificaciones no pueden utilizar términos genéricos que creen confusión en el tipo de vinculación que tiene o tuvo la persona: Por ejemplo, en una certificación para contrato de prestación de servicios no se puede mencionar simplemente que la persona prestó o presta sus servicios al SENA, sin especificar el tipo de vínculo.

d. Las certificaciones para contratos de prestación de servicios no pueden utilizar términos o frases propias de los cargos de planta ni de los funcionarios de la entidad: Por ejemplo, no pueden decir que la persona cumple(ió) las siguientes funciones, o que se desempeña(ó) como Asesor del Centro..... o como Profesional en la Regional.... etc.

e. Las certificaciones que se expidan deben contener la información completa que el interesado está solicitando expresamente, sin datos adicionales; en caso de que la solicitud no sea clara, debe requerirse de inmediato al peticionario la correspondiente aclaración y si la persona solicita que se le certifique un hecho contrario a la realidad, debe informársele la improcedencia de la solicitud, como por ejemplo, si un contratista de prestación de servicios solicita que se le certifiquen la vinculación laboral, las funciones realizadas en el SENA, el cargo que desempeñó en la entidad, el horario de trabajo que cumplió o la intensidad horaria, solicitud que es improcedente.

f. No puede certificarse a los contratistas servicios prestados a través de terceros, por ejemplo, aquellas actividades que se ejecutaron bajo un contrato celebrado con una cooperativa de trabajo asociado. La certificación en esos casos la debe expedir la cooperativa y no el SENA, lo cual debe ser informado al solicitante de la certificación.

g. En el texto de las certificaciones no deben incorporarse copias escaneadas de documentos, como el contrato de prestación de servicios, o en el caso de los servidores públicos la resolución de nombramiento o el acta de posesión.

h. Toda vez que ia certificación puede contener información personal de carácter restringido, debe ser solicitada directamente por el servidor público o por el contratista, a través de los medios legales, o mediante poder debidamente otorgado, o por la autoridad judicial o administrativa competente. Por lo anterior, no se aceptan ni se tramitan solicitudes a través de terceros.

i. Las dependencias, los correos electrónicos y los funcionarios que atienden al público para las certificaciones de contratos de prestación de servicios y ias de vinculación laboral, deben estar plenamente diferenciadas e informadas ampliamente a los interesados.

j. Para facilitar la gestión y evitar confusiones en los textos de las certificaciones que se emitan, les envío anexo a esta circular el formato modelo de una certificación laboral y de una certificación de contrato de prestación de servicios personales.

Les agradezco implementar de manera inmediata estas medidas en las Regionales y Centros de Formación e informarlas ampliamente a los interesados y a las personas que participan en estos trámites.

Atentamente,

ADRIANA LUCIA RUIZ LERMA

Secretaría General

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/CIRCULAR_SENA_0042_2013.pdf>

EL SUSCRITO (SUBDIRECTOR DEL CENTRO O EL DIRECTOR REGIONAL)

CERTIFICA

Que el señor .................................................., identificado con la cédula de ciudadanía No de ..............................., suscribió con el Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA el siguiente contrato de prestación de servicios personales regulado por la Ley 80 de 1993 (Estatuto General de Contratación de la Administración Pública), modificada por la Ley 1150 de 2007, y sus normas reglamentarias:

No. del Contrato:00.......... del ...... de ....... de 2013.
Objeto:Prestación de servicios profesionales para realizar la auditoría médica del Servicio Médico Asistencial del SENA de la Dirección General y desarrollar el Plan General de Auditoría de los Procesos del Servicio Médico Asistencial del SENA a nivel nacional, asesorar, revisar e intervenir en los planes generales de auditoría y resultados de las auditorias Regionales, con el fin de contribuir con el mejoramiento del Servicio Médico Asistencial.
Fecha de Inicio:Cinco (5) de febrero de dos mil trece (2013).
Término de Ejecución:El término inicial pactado fue de “diez (10) meses y veinticinco (25) días, contados a partir de la fecha de inicio del contrato, sin exceder del 31 de diciembre de 2013”, Nota: en caso de suspensión del contrato anotar: con una suspensión del.... al .....; el término real de ejecución del contrato fue de nueve (9) meses y veinticinco (25) días
Cesión:Este contrato fue cedido a partir del seis (6) de mayo de 2013, o no fue cedido.
Valor:El valor del contrato para todos los efectos legales y fiscales, es (o fue) máximo de Setenta y Tres Millones Seiscientos Sesenta y Seis Mil Seiscientos Sesenta y Siete Pesos m/cte. ($73.666.667.oo); Nota: en caso de que se le haya pagado al contratista un valor inferior o superior, debe agregarse: en el Acta de Liquidación del contrato se estableció como valor realmente pagado al contratista por la ejecución de este contrato la suma de ($ ).

Que de conformidad con las certificaciones emitidas por el Supervisor, el objeto del contrato fue ejecutado y las partes cumplieron con sus obligaciones contractuales.

Se expide en la ciudad de ........., a solicitud del interesado, de acuerdo con la información registrada en el sistema On-base del SENA, el... de mayo de 2013.

_________________________________________________

(SUBDIRECTOR DEL CENTRO O EL DIRECTOR REGIONAL)

VoBo.: ..........................................

Revisó: ........................................

Elaboro: .......................................

EL COORDINADOR DEL GRUPO DE APOYO ADMINISTRATIVO MIXTO DE LA REGIONAL XXXX

CERTIFICA

Que el señor XXXXXXXXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía No. XXXXX de Bogotá D.C., presta sus servicios a esta Entidad desde el XXXXXXXXXX según información relacionada a continuación:

Que durante su vinculación ha desempeñado el siguiente cargo:

Cargo:XXXXXXXX Grado xx  
Nombramiento:(Tipo de Nombramiento)
Dependencia:xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.
Fecha de nombramiento:Inicio - Final

Funciones desempeñadas como xxxxxxx Grado xx, en la XXXXX de la xxxxxxxxx del (fecha) (Manual Respectivo) “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos Mínimos y Competencias Laborales para los empleos públicos de la Planta de Personal del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA;

Funciones descritas en el manual respectivo

  • xxxx
  • xxxx
  • xxxx
  • xxxx

Se expide en Bogotá, D.C., a los XXXXXX (XXX) días del mes de XXXXX de 201X, a solicitud del interesado.

Coordinador Grupo de Apoyo Administrativo Mixto
de la Regional xxxxxx

EL COORDINADOR DEL GRUPO DE APOYO ADMINISTRATIVO MIXTO DE LA REGIONAL XXXX

CERTIFICA

Que la señora XXXXXXXXXXX, identificada con cédula de ciudadanía No. xxxxxxx de xxxx, prestó (a) sus servicios a esta Entidad con Nombramiento Ordinario desde el xxxxxxxxxxx, desempeñando a la fecha de retiro el cargo de xxxxxxxxx Grado xx, en la Dirección xxxxxxxxxxxxx de la XXXXXXX, con una asignación básica mensual de $ xxxxxx.oo.

Se expide en Bogotá, D. C., a los xxxxx (x) días del mes de xxxxx de 2013, a solicitud de la interesada.

Coordinador Grupo de Apoyo Administrativo Mixto
de la Regional xxxxxx

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Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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