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CIRCULAR 57 DE 2019

(abril 5)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Bogotá D.C.

PARA: DIRECTORES R,EGIONALES Y SUBDIRECTORES DE CENTRO

Asunto: Participación integrantes Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo - COPASST

Teniendo en cuenta la legislación vigente en Seguridad y Salud en el Trabajo, en especial el Decreto 1072 de 2015, "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, Art. 2.2.4.6.8. el cual señala: "El empleador está obligado a la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, acorde con lo establecido en la normatividad vigente", resulta necesario que se adopten la medidas necesarias que permitan la participación de los trabajadores en los Comités Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo- COPASST, proporcionando mínimo cuatro (4) horas semanales dentro de la jornada de trabajo de cada uno de sus miembros, las cuales son destinadas al funcionamiento del comité. (Art. 63, literal b) del Decreto 1295 de 1994).

Por último, se recuerda a los Directores Regionales y Subdirectores de los Centros de Formación, que apliquen el procedimiento consignado en la "Guía de funcionamiento Comités Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo- Copasst" (código GTH-G-004), como responsabtes-xje la planeación, ejecución y control del programa de salud ocupacional o Subsistema de Gestión de Inseguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.

Cordialmente,

VERÓNICA PONCE VALLEJO

Secretaria General

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/CIRCULAR_SENA_0057_2019.pdf>

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