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CIRCULAR 62 DE 2014
(marzo 11)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Bogotá, D.C.
Para: | Directores Regionales. |
Asunto: | Ejecución Reservas Servicio Médico Asistencial. |
Damos alcance a lo dispuesto en el numeral 2 de la circular 3-2013-000143 de 16/10/2013 en el cual se definieron lineamientos para la ejecución de reservas presupuestales del Servicio Médico Asistencial, indicando lo siguiente:
En virtud de lo dispuesto en el artículo 32 del decreto 359 de 1995, las Direcciones Regionales que cuenten con reservas 2013, cuyos contratos a la fecha del 31 de marzo de 2014 cuenten con recursos por ejecutar, podrán agotar dichos saldos sin exceder el 31 de diciembre de la presente vigencia.
Cada Dirección Regional de conformidad con las Resoluciones 18 y 19 de 2014 es competente para tramitar las prórrogas que estime conveniente para agotar el valor existente en cada reserva presupuestal, es importante aclarar que las modificaciones no pueden versar sobre adiciones presupuestales a la reserva ya existente.
Cordial saludo,
INGRID CAROLINA SILVA RODRIGUEZ
Secretaria General
WILLIAM MENDIETA MONTEALEGRE
Director Administrativo y Financiero (e)