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CIRCULAR 67 DE 2016

(abril 5)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PARA: DIRECTORES REGIONALES Y SUBDIRECTORES DE CENTRO
ASUNTO: Lineamientos para financiar gastos de viaje a instructores SENA

Con el fin de orientar a los Despachos Regionales y Centros de Formación sobre el manejo presupuestal de los diferentes rubros de la Escuela Nacional de Instructores, les compartimos las siguientes observaciones:

Mediante resolución 0001 del 02 de enero de 2016, se asignó a cada Despacho Regional un monto en el rubro 2041102 VIATICOS Y GASTOS DE VIAJE AL INTERIOR PARA LA FORMACIÓN PROFESIONAL, el cual tiene como destinación específica, la financiación de viáticos gastos de viaje para los instructores que convocados por la ENI para realizar acciones diferentes a capacitación (diseño, desarrollo curricular) o apoyo a las acciones misionales de la ENI

Con el rubro 2042115 CAPACITACION NO FORMAL, se financiarán los gastos y desplazamientos de los instructores de planta (carrera administrativa) que se beneficiaran de las acciones de formación y capacitación programadas por la Escuela Nacional de Instructores – ENI, previa autorización mediante correo electrónico que emitirá el Coordinador de la ENI. Para la liquidación de los gastos de viaje se debe aplicar lo estipulado en la circular 3-2013-000008 del 20 de enero de 2016 y la resolución 0001 de enero 4 del 2016, para los gastos de viaje emitida por la Dirección Administrativa y Financiera. De conformidad con lo estipulado en el numeral 2 del artículo séptimo del acuerdo 00017 del 2000. Para la liquidación de los valores por gastos de viaje y transporte, se reconocerán el 70% de la tabla de gastos de viaje vigente. Para los instructores que participen en acciones de capacitación. Suscribir o adicionar contrato de expedición de tiquetes aéreos, utilizando un máximo del 30% del presupuesto asignado al Despacho en el rubro 2041102.

Rubro 2041104, VIATICOS Y GASTOS DE VIAJE AL INTERIOR ÁREA ADMINISTRATIVA para los profesionales que laboran en la ENI, o los administrativos que sean autorizados por el Coordinador de la ENI que se requieran para el cumplimiento de la misión de la ENI.

La ENI, considera que acciones como congresos, seminarios, ferias o eventos similares, no hacen parte de la ruta de formación de cada una de las Redes de Conocimiento por lo tanto se abstiene de autorizar o financiar la participación en los mismos, queda a criterio de los Directores regionales o Subdirectores la autorización de los instructores, siempre y cuando no afecten el presupuesto de la ENI.

A las regionales a las que se les traspaso recursos para arrendamiento de las nuevas sedes de la ENI con el rubro 2041001, (Antioquia, Huila, Santander y Atlántico) se deben regir por las pautas del grupo de construcciones, planeación y contratos del SENA.

Esperamos contar con su acostumbrado apoyo en la vigilancia de estas directrices que están dirigidas a optimizar el uso los recursos. Desd ENI, Ilevaremos un estricto control de la ejecución para adicionar o ajustar el presupuest a ada Regional.

Cordial saludo

MAURICIO ALVARADO HIDALGO

Director de Formación Profesional

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