Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

CIRCULAR 72 DE 2022

(abril 5)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

PARA:DIRECTORES DE AREA, JEFES DE OFICINA, DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTROS DE FORMACIÓN Y COORDINADORES DE GRUPOS DE APOYO ADMINISTRATIVO
ASUNTO: Trámite de Vigencias Futuras 2022

Para una ejecución presupuestal oportuna teniendo como base el principio de “planeación presupuestal” previsto en el Decreto 111 de 1996, mediante el presente documento se imparten directrices para presentar la solicitud de trámite de Vigencias Futuras para proyectos de impacto nacional.

La Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo (DPDC), se encargará de realizar los trámites respectivos ante los entes externos como el Ministerio de Trabajo, el Departamento Nacional de Planeación (DNP) y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP).

Los tipos de trámites de Vigencias Futuras que se gestionen ante esta dependencia corresponde a Contrataciones: Nuevas, de Sustitución, Prórroga y Reprogramación de Vigencias Futuras, para ello se ha dispuesto el documento DE-I-011 Instructivo de Vigencias Futuras que se encuentra publicado en la plataforma CompromISO en el cual se especifican los requisitos que se deben tener en cuenta para presentar el trámite ante esta dependencia.

Teniendo en cuenta que este es un año de cambio de gobierno, debemos atender lo establecido en el artículo 10 de la Ley 819 de 2003, el cual indica que:

“c) Cuando se trate de proyectos de inversión nacional deberá obtenerse el concepto previo y favorable del Departamento Nacional de Planeación y del Ministerio del ramo. La autorización por parte del CONFIS para comprometer presupuesto con cargo a vigencias futuras no podrá superar el respectivo período de gobierno. Se exceptúan los proyectos de gastos de inversión en aquellos casos en que el CONPES previamente los declare de importancia estratégica.”

Por lo anterior se tramitarán solicitudes de vigencia futura a partir de la segunda semana del mes de agosto de 2022.

No obstante, las áreas responsables de la consolidación de la información de vigencias futuras en la Dirección General podrán iniciar desde este momento la estructuración de los documentos necesarios para el trámite y la validación de la información a Nivel Nacional para garantizar la revisión oportuna por parte de nuestra Dirección.

Así mismo, y con el ánimo de optimizar los tiempos, se debe presentar un único trámite ante la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo por parte de las áreas de la Dirección General que contengan las necesidades de las regionales y centros de formación a nivel nacional, según sus competencias y las estrategias que hayan definido; por lo tanto, no se dará trámite a solicitudes formuladas directamente por los Centros de Formación y Regionales y se espera que las contrataciones a realizar atiendan la normatividad vigente sobre austeridad en el gasto, especialmente lo dispuesto en el Decreto 397 de 2022, las medidas de austeridad del gasto público del Decreto 1068 de 2015 y la Directiva Presidencial 09 de 2018.

Para realizar el trámite de Vigencias Futuras ante los Entes Externos mencionados y cumplir con los plazos que estos definan, se debe prever dentro de los cronogramas de las áreas que su trámite oscila entre uno y dos meses o que los procesos de contratación se declaren desiertos y que haya que iniciarlos nuevamente, por lo que se solicita que los diferentes tipos de solicitudes especialmente las vigencias futuras Nuevas, se formalicen ante esta Dirección, preferiblemente antes del 15 de julio 2022.

Además se resalta la importancia que los supervisores de contratos 2022, en conjunto con las áreas de la Dirección General evalúen la proyección de ejecución y si amerita técnicamente, formalicen la solicitud de trámite de sustitución o prorroga, antes del 31 de octubre de 2022, evitando la constitución de reservas presupuestales, lo que aportará a mejorar nuestra calificación de la política de gestión presupuestal y eficiencia del gasto público en esta vigencia, cerrando las brechas necesarias para nuestra evaluación en el FURAG.

Por otra parte, cabe resaltar que una vez aprobada la vigencia futura el plazo para utilizarse vence en la vigencia que se solicita y aprueba. Por lo tanto, las áreas responsables y solicitantes del trámite de vigencias futuras en la Dirección General deberán enviar a esta Dirección la validación del uso de las Vigencias Futuras a su cargo en el formato DE-F-034, tan pronto como el grupo de presupuesto de la Dirección General haya registrado la autorización de vigencias futuras en el aplicativo SIIF Nación e informado a las subunidades respectivas.

ELIZABETH BLANDON BERMUDEZ

Directora de Planeación y Direccionamiento Corporativo

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la
compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores
jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones
similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación,
reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por
la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la
competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de
los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono
617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas
de uso de la información aquí contenida.