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CIRCULAR 75 DE 2014
(marzo 31)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Bogotá, D.C.
Para: | Directores Regionales, Funcionarios de Contacto Defensa Judicial, supervisores de Contrato y Apoderados Externos. |
Asunto: | Asistencia audiencias procesales. |
En atención a la implementación de la oralidad dentro del procedimiento contencioso administrativo y la nueva dinámica que trae consigo la entrada en vigencia del Código General del Proceso, en concordancia con el proceso de gestión jurídica, para atender en debida forma la defensa judicial de la entidad, requerimos del concurso de todos los funcionarios públicos y apoderados externos encargados de representarla judicial y extrajudicialmente en las acciones que se adelanten en favor y en contra de ella.
Para los anteriores efectos y con el fin de asegurar el cumplimiento a cabalidad de la asistencia y presencia de un representante apoderado del SENA en las diligencias y audiencias que se programen en los diferentes despachos judiciales y procuradurías delegadas de su jurisdicción, únicamente, ante la eventualidad de concurrencia de varias audiencias fijadas para el mismo día y hora en procesos a cargo del mismo apoderado, se debe otorgar poder a cualquier funcionario abogado de la regional, con antelación no menor a cinco (5) días hábiles a la fecha de la celebración de la audiencia, para que, junto con la asesoría del abogado que lleva el proceso, estudie el expediente y asista en representación de la entidad.
Por último, para evitar sanciones disciplinarias y pecuniarias, es prioritario que las regionales a su cargo lleven el control de todas las actuaciones judiciales, ya que por ningún motivo, se admitirá excusa de la inasistencia a esta clase de diligencias.
Cordial saludo,
MARÍA SOFÍA ARANGO ARANGO
Directora Jurídica