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CIRCULAR 88 DE 2019

(mayo 23)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Bogotá,

PARA: DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTRO, COORDINADORES MISIONALES

Asunto: Lineamientos Guía para Evaluar y Certificar Competencias Laborales Versión 5

Reciban un cordial saludo,

En aras de precisar algunos aspectos planteados por los centros de formación en relación con la Guía para Evaluar y Certificar Competencias Laborales Versión 5, sobre el proceso de Gestión de Certificación de Competencias Laborales, la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo se permite hacer las siguientes precisiones:

- En relación con lo descrito en la tabla No 1 de los compromisos de las Organizaciones-SENA relacionada con ésta estrategia de atención de ECCL, se precisa que la organización podrá aportar evaluadores para el proceso Gestión de Certificación de Competencias laborales, cuando sea necesario.

- En cuanto a la divulgación del servicio de certificación de competencias laborales a que hace referencia el numeral 2.1.5, que es responsabilidad del subdirector de centro, es importante resaltar que el líder de ECCL apoya al subdirector para el cumplimiento de esta responsabilidad.

- Para la atención de la población diferencial en el proceso de gestión de certificación de competencias laborales, y para la adecuación de los instrumentos de evaluación a la medida de sus necesidades, es necesario caracterizar esta población desde la creación del proyecto.

- En relación con lo estipulado en. el numeral 2.2.3.3, sobre la conservación de la evidencia de producto hasta la realización de la verificación, se precisa que en caso de estar restringida la recolección de esta evidencia, se podrá registrar la justificación en el espacio de observaciones de la lista de chequeo.

- En el numeral 2.2.4, sobre el tiempo máximo de reconocimiento de las evidencias aprobadas en un proceso de ECCL, para participar en un nuevo proceso de ECCL sobre el mismo referente de evaluación contemplado, será de un (1) año calendario, siempre y cuando el referente de evaluación no haya cambiado.

- En relación con la Generación de los certificados de competencia laboral previstos en el numeral

2.4.2, se precisa que El SENA certificará teniendo en cuenta los referenciales de evaluación vigentes, dentro de los cuales se contemplan las Normas Sectoriales de Competencia Laboral con su respectivo ámbito en caso que haya lugar a ello, Titulaciones en estado activo, Perfil ocupacional u ocupación, Esquemas, Estructura Funcional de la Ocupación, Cargos, o cualquier referente que el SENA defina para tal fin.

- En cuanto a lo descrito en el numeral 3.1 Novedades del candidato, se precisa que la notificación del Retiro Voluntario o Cancelación, se hará automáticamente a través del sistema de información DSNFT, para los candidatos que tengan registrado en el aplicativo correo electrónico. En caso de que los candidatos no cuenten con correo electrónico registrado en el aplicativo, el centro de formación deberá dar respuesta acorde a los procedimientos de PQRS de la entidad.

 En relación con el glosario de esta Guía, se precisa lo siguiente:

Análisis funcional: técnica que se utiliza para identificar funciones relacionadas con el quehacer de un sector, subsector o empresa objeto de análisis. (Tomado textualmente de Guía para Normalización de Competencias Laborales versión 4)

Mapa funcional: diagrama que describe el conjunto de funciones productivas que se requieren para alcanzar el propósito clave de un sector o área objeto de análisis. (Tomado textualmente de Guía para Normalización de Competencias Laborales versión 4)

Estructura funcional de la ocupación (EFO): Conjunto de Normas Sectoriales de Competencia Laboral que permiten el logro del propósito de una ocupación. Está conformada por el resumen de EFO y las NSCL. En ella se describe lo que se hace en una ocupación, en qué tipo de organizaciones o sectores se desempeña el trabajador, el nivel de cualificación y las funciones laborales que se desarrollan en la misma. Corresponde a una ocupación e incluye las denominaciones o empleos y las funciones que se desempeñan en ellas. (Tomado textualmente de Guía para Normalización de Competencias Laborales versión 4)

Estas precisiones contribuirán a la ejecución del proceso de Gestión de Certificación de competencias laborales, en el marco de la calidad, la transparencia, la pertinencia y la gratuidad.

HENRY HERNANDO LUNA SALCEDO

Director Sistema Nacional de Formación para el Trabajo

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/CIRCULAR_SENA_0088_2019.pdf>

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