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CIRCULAR 104 DE 2010

(abril 27)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Bogotá,

PARA:DIRECTORES REGIONALES Y COORDINADORES GRUPO ADMINISTRATIVO MIXTO
Asunto:Excedentes Servicio Médico Asistencial

Con el fin de garantizar el pago de los excedentes generados por concepto de la prestación del Servicio Médico Asistencial a beneficiarios del mismo, de manera atenta solicito tener en cuenta las siguientes Instrucciones:

1. Mensualmente deben enviar al Servicio Médico de la Dirección General, un informe con el nombre del funcionario, el valor de excedentes generados y el total recaudado.

2. Es responsabilidad de cada Regional ejercer los controles necesarios para que dentro del término indicado en el artículo 30 de la Resolución 312 de 1987 los servidores públicos del SENA, cancelen los excedentes por servicios médicos, caso contrario, se deberá iniciar el correspondiente proceso de cobro por jurisdicción coactiva, con fundamento en lo previsto en la Resolución 00210 del 15 de febrero de 2007, “Por medio de la cual se establece el reglamento de cartera del SENA''.

3. A 30 de mayo de 2010, tiene que estar al día el total de cartera de vigencias de añxos anteriores e informar sobre el estado de todos aquellos procesos que se encuentran en cobro coactivo.

Para cualquier duda e información, favor comunicarse con Víctor Manuel Rivera, del Servicio Médico, correo electrónico serviciomedicodqral@sena.edu.co, IP 12753.

Cordialmente,

JUAN BAYONA FERREIRA

Secretario General

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Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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