Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

CIRCULAR 0110 DE 2022

(junio 03)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Bogotá D.C.

PARA:DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y COORDINADORES GRUPOS DE TALENTO HUMANO REGIONALES
ASUNTO:Inspección ocular para autorización de cesantías por concepto de mejoras locativas y/o construcción.

A continuación, recordamos la obligatoriedad de realizar inspección ocular para la autorización de cesantías por concepto de mejoras locativas y/o construcción, así:

El Decreto 2755 de 1966, señala en su artículo 2 que: "...es procedente decretar la cesantía parcial cuando se satisfagan los siguientes requisitos literal c) Para reparaciones y ampliaciones de su casa de abitación, o de la de su cónyuge, el trabajador deberá presentar el certificado original del Registrador de Instrumentos Públicos y Privados sobre propiedad del inmueble; copia debidamente autenticada ante Notario, del contrato suscrito por el trabajador con un ingeniero o arquitecto legalmente matriculado, o con un constructor práctico matriculado legalmente, en donde no hubiere aquellos profesionales, circunstancia esta que se acreditará con certificado de la primera autoridad política del lugar, con la especificación de la obra a realizar, su necesidad o conveniencia y su costo. El trabajador interesado y el profesional o el práctico contratista, deberá declarar bajo juramento ante juez competente, que dicho contrato es cierto y verdadero en todas sus partes. En todos los casos, la entidad reconocedora y pagadora, antes de decretar la prestación, deberá practicar inspección ocular sobre el inmueble con el fin de comprobar la necesidad o conveniencia de las obras" (El resaltado es propio).

Al respecto el Departamento Administrativo de la Función Pública mediante concepto 036171 de 2022 se pronunció en el siguiente sentido: “Por tanto, la norma es clara en determinar que la Entidad deberá practicar la inspección ocular sobre el inmueble con el fin de verificar la necesidad de la obra solicitada por el empleado, con el fin de realizar el reconocimiento de la prestación, y el pago se realizará de conformidad con las obligaciones estipuladas en el contrato de obra que se aporte al momento de la solicitud" (El resaltado es nuestro).

Teniendo en cuenta lo anterior cada regional deberá gestionar inspección ocular, antes de autorizar el pago de las cesantías del Fondo Nacional del Ahorro (FNA) y afiliados Fondo de vivienda-Sena del con el fin de determinar la necesidad de la obra solicitada por el empleado.

Firmado digitalmente por

VERÓNICA PONCE VALLEJO

Secretaria General

Proyectó:

Rodolfo Largo Garcés,

Contratista Grupo Administración de Salarios, rlargo@sena.edu.co

Revisó:

Edna Mariana Linares Patiño,

Coordinadora Grupo Administración de Salarios, emlinares@sena.edu.co

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la
compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores
jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones
similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación,
reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por
la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la
competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de
los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono
617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas
de uso de la información aquí contenida.