Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

CIRCULAR 118 DE 2023

(junio 23)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA


BOGOTA DC

PARA:DIRECTORES DE AREA, JEFES DE OFICINA, DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTROS DE FORMACIÓN
ASUNTO: Trámite de Vigencias Futuras

Teniendo como base los principios de “Planificación” y “Anualidad” del presupuesto previsto en los artículos 13 y 14 del Decreto 111 de 1996, la adecuada ejecución presupuestal de la presente vigencia e igualmente minimizar la constitución de reservas presupuestales 2023, la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo (DPDC), en cumplimiento de sus funciones imparte las siguientes directrices para presentar la solicitud de trámite de Vigencias Futuras 2023 en proyectos de impacto nacional.

La Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo (DPDC), se encargará de realizar los trámites respectivos ante los entes externos como el Ministerio de Trabajo, el Departamento Nacional de Planeación (DNP) y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP).

Los tipos de trámites de Vigencias Futuras que se gestionen ante esta dependencia corresponden a Contrataciones Nuevas, para ello se ha dispuesto el documento DE-I-011 Instructivo de Vigencias Futurasque se encuentra en la plataforma CompromISO, en el que se especifican los requisitos que se deben tener en cuenta al momento de presentar el correspondiente trámite ante esta dependencia. Teniendo en cuenta lo anterior, se debe garantizar que como mínimo exista el 15% de apropiación presupuestal en la vigencia 2023 (no necesariamente el valor debe estar disponible) sin embargo se debe contar con certificado de disponibilidad presupuestal que garantice el apalancamiento 2023 de la vigencia futura.

La Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo (DPDC) no tramitará solicitudes de Vigencias Futuras que superen el mes de julio de 2026, a no ser que hayan sido declarados previamente de importancia estratégica por el Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES). Así mismo, se deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 10 de la Ley 819 de 2003 relacionado con vigencias futuras ordinarias.

Según el tema a contratar, el área de la Dirección General que sea responsable de acuerdo con sus competencias se encargará de validar y consolidar la información a nivel nacional para realizar un único trámite ante la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo (DPDC), no se dará trámite a solicitudes formuladas directamente por los Centros de Formación y Regionales.

Por otro lado, se recomienda que la planeación contractual este acorde a la normatividad vigente de Austeridad en el gasto, especialmente lo dispuesto en el Decreto 444 de 2023(1).

Las áreas de la Dirección General que lideran estos procesos, deberán contemplar dentro de sus cronogramas el trámite de Vigencias Futuras el cual puede tener una duración entre uno a dos meses dada la validación de los entes externos mencionados anteriormente, por tanto, se recomienda planear y remitir con suficiente anticipación su solicitud a la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo (DPDC), así como también prever los términos precontractuales y contractuales con el fin de evitar que los procesos sean declarados desiertos, esto con el fin de garantizar la ejecución de los recursos según lo planteado. Por lo anterior, solicitamos que los documentos se presenten a esta Dirección lo más pronto posible con el fin de evitar traumatismos al final de la vigencia.

Una vez el CONFIS por intermedio del Ministerio de Hacienda y Crédito Público informe el radicado de la aprobación de la vigencia futura, el plazo para la afectación y contratación es el mismo de la vigencia en la que se solicita y aprueba. Por lo tanto, el área de la Dirección General responsable de la ejecución deberá enviar mediante comunicación radicada la validación del uso de las Vigencias Futuras a su cargo en el formato DE-F-034, tan pronto como se haya efectuado el registro del compromiso de Vigencias Futuras en el aplicativo SIIF Nación.

Finalmente, para realizar el trámite de Vigencias Futuras ante Ministerio de Trabajo, el Departamento Nacional de Planeación (DNP) y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y cumplir con los plazos establecidos, se solicita que las Vigencias Futuras Nuevas se formalicen ante esta Dirección, antes del 31 de julio de 2023.

Cordial saludo,

MARIA NANCY AZUCENA PEREZ LIZARAZO

Directora de Planeación y Direccionamiento Corporativo

<NOTAS PIE DE PÁGINA>

1. Por el cual se establece el Plan de Austeridad del Gasto 2023 para los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la
compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores
jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones
similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación,
reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por
la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la
competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de
los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono
617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas
de uso de la información aquí contenida.