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CIRCULAR 128 DE 2020
(julio 22)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
PARA | DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTRO, COORDINADORES GRUPOS DE APOYO ADMINISTRATIVO Y COMITÉS CONVENCIONALES REGIONALES |
Asunto: | Vinculación de personal en cargos de trabajador oficial. Alcance Circular No.01-3-2020- 000077 del 28 de abril de 2020 |
Dando cumplimiento a las medidas de protección y promoción al empleo adoptadas por el Gobierno Nacional y en aras de garantizar los derechos al acceso y estabilidad en el empleo, así como los señalados en la Convención Colectiva de Trabajo SENA - SINTRASENA del año 2003, a continuación, se emiten los siguientes lineamientos:
Las Direcciones Regionales y Centros de Formación que tengan listas de elegibles vigentes para proveer la(s) vacante(s) ofertadas en las convocatorias internas y externas de Trabajadores Oficiales, deberán adelantar los trámites correspondientes para efectuar las respectivas vinculaciones del personal en el orden estricto de elegibilidad, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 64 de la Convención Colectiva de Trabajo y el Instructivo para la Provisión de Vacantes de Trabajadores Oficiales.
El procedimiento de vinculación deberá atender todas aquellas condiciones de salubridad y seguridad impartidas por el Gobierno Nacional, así como el cumplimiento estricto de los protocolos de Bioseguridad SENA del nivel nacional y/o regional según corresponda.
Finalmente, se indica frente la vigencia de la lista será de doce (12) meses para el personal vinculado y seis (6) meses para el personal no vinculado, y empezará a regir a partir del momento en que se provea la o las vacantes objeto del concurso, de conformidad con lo señalado en el Instructivo para la Provisión de Vacantes de Trabajadores Oficiales.
Los demás extremos de la Circular No.01-3-2020-000077 del 28 de abril de 2020 se mantienen incólumes.
Cordial saludo,
Verónica Ponce Vallejo
Secretaria General
<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/C_SENA_0128_2020.pdf>